23 de abril de 2024
23 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En el juicio participó la Fiscalía General N°2 ante los TOF de Mendoza
Trece años de prisión para una persona por tenencia de 18 armas y más de treinta kilos de explosivos
Martín Espiasse Pugh se encontraba prófugo en esa provincia, tras fugarse del penal de Ezeiza, en donde cumplía condena por el asesinato de dos policías. A pedido del MPF se absolvió su pareja por haber mediado violencia de género.

El Tribunal Oral Federal N° 1 de Mendoza sentenció a trece años de prisión a una persona por tenencia de materiales explosivos, acopio de armas de fuego y municiones, cultivo de estupefacientes, tenencia ilegítima de documentos de identidad, falsificación y uso de documento falso o adulterado. El juez Alejandro Waldo Piña hizo lugar a lo requerido por la fiscal general Gloria André, quien también solicitó que se dictase el sobreseimiento de la pareja del acusado al haber mediado violencia de género.

Martín Alejandro Espiasse Pugh había sido condenado en 2009 por el asesinato de dos policías, y se fugó del penal de Ezeiza en 2013. Según detalló el comisario de la Policía de Mendoza durante el juicio, la fuerza provincial recibió información en 2017 de que Espiasse se encontraba en Mendoza con una identidad falsa. Por este motivo, se establecieron tareas de campo para corroborar la información y un agente pudo observar que de un callejón salía una camioneta,  la que decidió seguir. Una vez que el vehículo se detuvo en un comercio, se dio voz de alto al conductor, que se encontraba armado, por lo que se lo trasladó a la Central Policial a establecer su identidad. Allí se comprobó que se trataba de Espiesse, y que pesaba sobre él una recompensa del Ministerio de Seguridad.

Acto seguido, se realizó un registro en la camioneta Amarok en la que se trasladaba, y también un allanamiento  a la vivienda que compartía con su pareja, que se encontraba presente al momento de la revisión. Tanto en el vehículo como en el interior de la casa se encontraron 18 armas de fuego de distinto calibre, calificadas según el caso como “de guerra de uso civil condicional”, “de uso civil”, “de uso civil condicional”, “de uso para la fuerza pública” y “de uso exclusivo de las instituciones armadas”. Además, se encontraron dieciocho cargadores y dos mil municiones.

También se hallaron varios chalecos antibalas (uno con inscripciones de la Policía de Mendoza), una picana, varios teléfonos celulares, cuatro computadoras portátiles, placas de dominio de distintos vehículos, relojes pulsera de diversas marcas y joyas. Además, enterrado en el patio de la casa, se encontró un cargamento de 39 kilogramos de explosivos en 21 paquetes, dos detonadores, dos cajas de detonadores pirotécnicos de 100 unidades cada uno y 148 pasafuegos. La pesquisa también dio como resultado la presencia de 27 plantas de marihuana y siete DNI, pasaportes y registros, varios de ellos falsificados para que Espiasse pudiera disimular su verdadera identidad.

Ámbito de determinación anulado

En una primera instancia, el Ministerio Público Fiscal calificó las conductas tanto de Espiasse Pugh como de su pareja como modalidad de tenencia de materiales explosivos, acopio de piezas, armas de fuego y municiones, cultivo de estupefacientes y tenencia ilegítima de documentos nacionales. A su vez, se le atribuyó exclusivamente al hombre ser autor de hacer en todo en parte un documento falso o alterar uno verdadera y hacer uso de un documento falso o adulterado.

Sin embargo, al momento de ser indagado, Espiasse refirió que él era responsable de las armas encontradas y que nadie más que él sabía dónde se hallaban ni que existían. También aclaró que la mujer detenida, si bien era su pareja, no sabía nada porque él tenía todo oculto, y que los explosivos estaban enterrados bajo un canil de perros que obedecían sólo a él. Por último, detalló en diversas ocasiones había sacado provecho de su pareja, muchas veces intimidándola.

Por su parte, la mujer señaló que conoció a Espiasse a sus 20 años, en un momento de vulnerabilidad, y que aquél usaba un nombre falso. Agregó que mantuvieron una relación durante dos años y medio y que, si bien ella no poseía bienes de ningún tipo, él había puesto a nombre de ella la casa, una camioneta y tres hectáreas. También indicó que no le era fácil irse de la vivienda que compartían, ya que cada vez que ella quería hacerlo, él la amenazaba.

La mujer fue entrevistada por una psicóloga de la Dirección de la Mujer del Poder Judicial de Mendoza, que le diagnosticó angustia y nerviosismo, y que se notaba que tenía un vínculo amoroso muy vulnerable con Espiasse, dado que padecía de estrés postraumático y evidencias de violencia física, psíquica y sexual. De igual manera se manifestó la secretaria de la Dirección de la Mujer, Género y Diversidad del Poder Judicial provincial.

La resolución

Ante este escenario, la fiscal André explicó que las pruebas producidas indicaban que correspondía un cambio de calificación legal, propiciando absolver a la mujer, en tenor de lo previsto. El Tribunal coincidió con el planteo al ratificar que “si bien en un primer momento las constancias de la causa daban cuenta de la colaboración indispensable de la joven en las operaciones ilícitas de Espiasse, se pudo advertir que su ámbito de determinación había sido anulado por la violencia que ejercía sobre ella su pareja”.

Por estos motivos, el TOF condenó a Espiasse a trece años de prisión por tenencia de materiales explosivos, acopio de armas de fuego y municiones, cultivo de estupefacientes, tenencia ilegítima de documentos nacionales de identidad, falsificación de documento y uso de documento falso o adulterado. Dado que el imputado ya registraba una condena a ocho años y seis meses de prisión y se fugó antes de su cumplimiento, se declaró su reincidencia. Además se ordenó el decomiso y destrucción de todo el material incautado.