29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El fiscal Pablo Camuña y la auxiliar fiscal Valentina García Salemi representaron al MPF
Tucumán: penas de hasta catorce años de prisión para cuatro integrantes de una banda dedicada a secuestros extorsivos
Es por dos hechos distintos ocurridos en 2017, en los que se privó de su libertad a dos personas a cambio del cobro de un rescate en dinero en efectivo. Fue la primera condena por este tipo de delitos en esta jurisdicción.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán condenó a penas de once y catorce años de prisión a los integrantes de una banda dedicada a secuestros extorsivos. En lo que fue la primera condena por este tipo de delito en la jurisdicción Tucumán, los jueces hicieron lugar al pedido de penas realizado por el fiscal Pablo Camuña y la auxiliar fiscal Valentina García Salemi, quienes habían solicitado se condenase como coautores a los cuatro acusados por haber privado de su libertad a cambio del cobro de un rescate en dinero en efectivo a dos personas en dos hechos distintos ocurridos en 2017. En la etapa de instrucción intervino el fiscal Carlos Brito. 

Los jueces Enrique Lilljedahl, Federico Bothamley y Abelardo Basbus  sentenciaron a Ariel Arturo Fernández Fara a catorce años de prisión por haber llevado a cabo dos secuestros extorsivos en un lapso de tres meses. Vicente Enrique Seguer, Rafael Alberto Marteau y Manuel de Jesús Barraza participaron solo del segundo hecho y recibieron la pena de once años de prisión. En las audiencias de debate se contó con las declaraciones de testigos y las víctimas de ambos secuestros, y se analizó el material registrado por cámaras de seguridad y mensajes de texto de líneas intervenidas, entre otros elementos de prueba. 

De acuerdo con la acusación, en el primer hecho, Fernández Fara, secundado por otras dos personas, retuvo de manera ilegítima a la víctima Luis Rodríguez Campos, de profesión martillero público, en un galpón de su propiedad el 6 de septiembre de 2017, en la localidad de Bella Vista. Para los representantes del MPF, el acusado amenazó a su víctima y la forzó a efectuar un pago de cien mil pesos para recuperar su libertad. 

Según declaró en el juicio, Rodríguez Campos se dirigió a Bella Vista para encontrarse con Fernández Fara, que arribó al lugar en un auto acompañado por dos hombres. Luego de que lo hicieran estacionar su camioneta dentro de la propiedad, todos ingresaron a un galpón cerrado. Una vez adentro, Fernández Fara intentó golpearlo y forcejeó con la víctima, mientras las otras dos personas le pedían que se quedara quieto y empuñaban un arma de fuego y un arma blanca. 

Los cuatro condenados actuaron de forma desembozada utilizando sus nombres propios, sus teléfonos, teniendo conocimiento de las víctimas tiempo antes del secuestro a partir de circunstancias de la vida pública y dándose a conocer a terceros.

Tras reprocharle la veracidad de unos documentos y de amenazar con sendas armas, lo obligaron a firmar una serie de papeles en blanco, utilizaron su sello, su domicilio y su número de documento en remitos y pagarés. Rodríguez Campos entregó cinco mil pesos para ser liberado, pero sus captores pretendían que también firmase el formulario de transferencia 08 de su camioneta y, al ver que no era posible, lo obligaron a conseguir cien mil pesos, que la víctima pidió a su hermano menor a través de un mensaje de audio.  

Los agresores le exigieron a la víctima que indicase a su hermano que asistiese solo y sin dar a aviso a la policía hasta la entrada a la localidad de Campo Herrera. Una vez allí, Rodríguez Campos recibió el dinero e inmediatamente se subió a su camioneta para retirarse del lugar junto con sus captores, que lo liberaron en un camino alternativo. 

En el segundo hecho, Fernández Fara, Seguer y Marteau utilizaron un taxi conducido por Barraza para secuestrar a Néstor Ramallo, un empleado del Ingenio San Juan, a quien retuvieron en el automóvil mientras lo golpeaban y amenazaban. Desde el vehículo, le exigieron que llamase por teléfono a su jefe y amigo personal, José Terán, para que abonase dos millones de pesos a cambio de su liberación. Como Terán no tenía esa cantidad de dinero a disposición, lo obligaron a ir por distintos cajeros automáticos, hasta que logró extraer siete mil quinientos pesos. 

Los captores liberaron a su víctima cerca de la madrugada, pero antes la intimidaron para que al día siguiente los presentase como los nuevos dueños y administradores del Ingenio San Juan. Esto se debía a que, antes del secuestro, Marteau había oficiado de intermediario para acercar a Seguer y Fernández Fara a Ramallo, a quien conocía previamente.  Tanto la víctima como su jefe estaban buscando inversores para ayudar en la situación económica del ingenio y acordaron cerrar una cesión de venta de acciones de la empresa administradora del ingenio, donde Terán supuestamente recibiría de Seguer y Fara 27 millones de pesos en dos cuotas. Para ello, firmaron el contrato de cesión en una escribanía la mañana previa al secuestro y nunca abonaron nada.

Para la fiscalía, en el secuestro de Rodríguez Campos, Fernandez Fara actuó liderando tanto la concepción del secuestro como su ejecución, privando de libertad a la víctima en su propia casa, a la que la había convocado por razones laborales, con el apoyo de las otras dos personas que estaban con él. Fue también quien organizó las llamadas para recibir el rescate y ordenó a los demás a ocupar distintos roles: Fernández Fara delineó el plan y se presentó en el proceso de supuesta compra de acciones como el hombre detrás de Seguer y Marteau. En este mismo esquema, Seguer era el encargado de firmar y Marteau aludió ser un experto en materia azucarera. Luego, los tres participaron del secuestro junto con Barraza, al volante del automóvil. 

En su alegato, Camuña y García Salemi demostraron que quedó probado que los acusados se conocían entre sí, se frecuentaban y actuaban conjuntamente en este tipo de actividades. A eso, sumaron que los cuatro hombres actuaron de forma desembozada utilizando sus nombres propios, sus teléfonos, teniendo conocimiento de las víctimas tiempo antes del secuestro a partir de circunstancias de la vida pública y dándose a conocer a terceros.