27 de julio de 2024
27 de julio de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El fiscal Jorge Bonvehí había solicitado cinco años de pena
Un hombre fue condenado a cuatro años de prisión por trata de personas
El Tribunal Oral Federal de Santa Rosa encontró culpable a Gustavo Langhoff de explotar a seis víctimas en un cabaret de Río Colorado, en la provincia de Río Negro. Los jueces señalaron que “el supuesto perfil altruista” del acusado “en verdad escondía la explotación sexual”.

El Tribunal Oral Federal de Santa Rosa condenó a un hombre a cuatro años de prisión por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual, en perjuicio de seis víctimas que trabajaban en un cabaret en Río Colorado, al noreste de la provincia de Río Negro. El fiscal general Jorge Bonvehí había considerado probado el delito imputado y solicitó que la pena sea de cinco años.

La calificación legal escogida por los magistrados Pablo Díaz Lacava, José Tripputi y Marcos Aguerrido para la conducta atribuida a Gustavo Daniel Langhoff, de 39 años, fue “acogimiento y recepción de mujeres mayores de dieciocho años de edad mediando abuso de una situación de vulnerabilidad con la finalidad de explotación sexual”, todo ello “agravado por ser las víctimas más de tres personas”. Para el representante del Ministerio Público, en el debate oral y público quedó acreditado que el hombre era el titular de la explotación comercial del local habilitado como cabaret “Night Club Caribe” o “Caribean Night Club”, que funcionaba en la Ruta Nacional 22, a la altura del kilómetro 860.

En la madrugada del 13 de octubre de 2012, a raíz de lo dispuesto por el fiscal federal que intervino en la etapa de instrucción de la causa, José Baric, una comisión de la Policía Federal Argentina (PFA) realizó allanamientos tanto en el local como en un domicilio de la vecina localidad de La Adela, ubicada del lado norte del Río Colorado, ya en territorio de la provincia de La Pampa. Según Bonvehí, se demostró que en el local nocturno trabajaban seis mujeres -cuatro de nacionalidad paraguaya y dos dominicanas-, y que el imputado era quien las llevaba desde el domicilio en La Adela hasta Río Colorado.

Los jueces recordaron en la sentencia que el fiscal general expuso que “las actividades desarrolladas en el local consistían en ‘hacer copas’ (beber con los clientes, ‘show’), o sea, bailar para los clientes y, aunque las víctimas no lo admitieron, excepto una de ellas, como es habitual en estos casos, también consistía en  hacer ‘pases’, en mantener relaciones sexuales con los clientes”, lo que quedó evidenciado por “la gran cantidad de preservativos incautados tanto en el local nocturno como en el domicilio que compartían las víctimas”. En la conclusión de su alegato, el fiscal peticionó que Langhoff sea condenado a cinco años de prisión y que se investigue la conducta de los funcionarios de la Municipalidad de Río Colorado. La defensa, por su parte, pidió la absolución.

Vulnerabilidad

Los jueces dedicaron un pasaje del fallo a hacer hincapié en la situación de vulnerabilidad que atravesaban las víctimas. Un informe dio cuenta que casi todas son analfabetas, huérfanas, con muchos hermanos y madres desde temprana edad. En ese sentido, en las entrevistas dijeron “hacer esto” para poder brindar un bienestar económico y educativo del que ellas carecieron; asimismo, vislumbraban la actividad como “una instancia pasajera”, para obtener “plata rápida, no fácil”.

Los especialistas indicaron que sufren de estrés, depresión, angustia,  tristeza, marginación, aislamiento, estigmatización y culpa, entre otros padecimientos. A ello se le añaden “los efectos anímicos de la inmigración: desarraigo, soledad, desamparo”.

“Puse la firma como un boludo”

En su declaración indagatoria, Langhoff había pretendido desligarse del delito que los jueces terminaron dando por acreditado. Al respecto, adujo que una mujer con la que tenía una relación “quería abrir un local nocturno”, contactó al dueño y como necesitaba una garantía “puse la firma como un boludo”. “No obstante los esfuerzos discursivos del acusado, todas las pruebas demuestran lo contrario”, indicaron los magistrados.

Por otra parte, el Tribunal consideró que “el supuesto perfil altruista de Langhoff señalado por las víctimas, en verdad escondía la explotación sexual”: “mantenerlas a todas viviendo en el mismo inmueble, -inclusive conviviendo con ellas-, el pago de la comida diaria, de los pasajes para venirse de sus países, taxis y trasladados para ida y regreso al cabaret que regenteaba, significó una vigilancia y control inmediato sobre la vida de las mismas”, aseveró.

Origen de la causa

La investigación se inició con la denuncia formulada por los funcionarios de la delegación local de la Dirección Nacional de Migraciones, ante la Fiscalía Federal de la ciudad de Santa Rosa, el 21 de setiembre de 2012. En los mencionados allanamientos se encontraron casi 200 preservativos, geles íntimos y cuadernos que contenían anotaciones de teléfonos y cuentas discriminadas de martes a domingo, es decir los días en que funcionaba el lugar. En uno de ellos se detallaban nombres como Andrea, Mariana, Carmen.