28 de marzo de 2024
28 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Decisión de la Sala III de la Cámara Nacional de Casación
Una ex directora del IVC cerca del juicio oral por negociaciones incompatibles con la función pública
El máximo tribunal penal ordinario rechazó el recurso interpuesto por la defensa contra el procesamiento de la funcionaria.

La Sala III de la Cámara Nacional de Casación Criminal y Correccional rechazó el recurso interpuesto por la defensa de Silvia Eva María Gottero y su hijo Juan Pablo Pagiola y mantuvieron la decisión de la Sala VII  de la Cámara Nacional de Apelaciones, que había rechazado el recurso de casación y confirmaba el procesamiento dispuesto por el responsable del Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N°4, en orden al delito de negociaciones incompatibles con la función pública.

Gottero es investigada por haber desplegado una maniobra ante el Instituto de la Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires, a través del otorgamiento irregular de un crédito del Programa “Mejor Vivir”, gestionado a favor de su hijo Juan Pablo Pagiola –el cual fue aprobado por el presidente del organismo Ernesto Selzer- para refaccionar una vivienda escriturada a nombre de Pagiola, pero cuyo usufructo le fue concedido a Gottero.

En la audiencia celebrada ante los jueces Pablo Jantus, Mario Magariños y Carlos Mahíques, el defensor Alejandro Argibay Molina se agravió de que, al rechazar su recurso de apelación, la Sala VII omitió la falta de operatividad del primer llamado a prestar declaración indagatoria como acto interruptivo de la prescripción. Asimismo, cuestionó la modificación del objeto formal de la investigación.

En su exposición, el fiscal que intervino ante la Casación, Leonardo Filippini, mantuvo el criterio de su colega de instrucción y resaltó que no se configuraba el agravio expuesto por la defensa, dado que siempre se investigó y cuestionó el irregular otorgamiento de un crédito para vivienda destinado a personas necesitadas.

Tras las réplicas, los jueces de la Sala III deliberaron y rechazaron el recurso de la defensa. Si bien en su voto Mahiques propuso hacer lugar parcialmente al recurso, anular la decisión recurrida y remitirla para el dictado de un nuevo pronunciamiento, por considerar que la Cámara de Apelaciones no se había expedido sobre algunos argumentos dirimentes de la defensa, sus colegas se expresaron en pos de rechazar el recurso.

Por su parte, el juez Jantus consideró que la resolución de sus colegas de la Sala VII estaba suficientemente fundada y no era arbitraria, y que sólo se había configurado un cambio de calificación legal sobre un mismo suceso histórico.

En tanto, Magariños coincidió con su colega, en relación a la no arbitrariedad del decisorio y sostuvo el que recurso interpuesto por Argibay Molina era inadmisible ya que no se trataba de una sentencia definitiva o acto equiparable que permitiera su revisión ante dicha instancia.