23 de abril de 2024
23 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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8 de marzo – Día Internacional de las Mujeres
El acompañamiento de la DOVIC a las mujeres víctimas de violencias en el ámbito de las fuerzas armadas y de seguridad
La oficina especializada detalla que a partir de 2021 registró un incremento de casos de violencia en el ámbito del trabajo y refiere que ha sido convocada por las fiscalías federales para el acompañamiento de mujeres víctimas en casos que ocurrieron en las fuerzas armadas y de seguridad. Las particularidades y el modelo de intervención.

El relevamiento de la base de datos de la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas (DOVIC) de la Procuración General de la Nación indica que desde 2017 ingresaron 152 solicitudes de intervención en las cuales la violencia denunciada por la víctima ocurrió en el ámbito laboral. En 90 de esos casos el agresor fue un compañero de trabajo y en 62 un jefe/superior jerárquico. En el 90% de los casos las víctimas fueron mujeres (134) y el delito denunciado fue principalmente abuso sexual.

Si bien la mayoría de los casos que acompaña la DOVIC se vinculan con la violencia en el ámbito doméstico, a partir de 2021 la oficina registró un incremento de los casos en los cuales la violencia denunciada ocurrió en el marco del ámbito de trabajo. En este sentido, se registran 14 casos con estas características en 2020; 55, en 2021; y 60, en 2022.

Del total de las 152 solicitudes vinculadas a violencia en el ámbito laboral, cerca del 40% fueron derivadas por las fiscalías federales.

En este marco, desde los programas especiales de intervención, en especial desde el equipo de Violencia de Género, la DOVIC acompaña a mujeres que sufren violencias y pertenecen a las fuerzas armadas y de seguridad.

En la mayor parte de los casos en los que ha intervenido la DOVIC los imputados son varones superiores jerárquicos, quienes suelen contar con mayor trayectoria y arraigo en la institución.

Esos casos fueron originados en denuncias realizadas por mujeres víctimas en un amplio rango etario, que oscila entre los 18 y 45 años de edad. Algunas de ellas fueron victimizadas durante el proceso de incorporación a la institución, es decir en calidad de ingresantes (como cadetes o soldadas voluntarias), mientras que otras mujeres damnificadas contaban con un mayor recorrido profesional dentro de estas estructuras.

En la mayor parte de los casos los imputados son varones superiores jerárquicos, quienes suelen contar con mayor trayectoria y arraigo en la institución.

De acuerdo con la experiencia de intervención, estas características resultan habilitantes para el agresor y condicionantes para las víctimas, puesto que estas últimas quedan atrapadas en encrucijadas caracterizadas por una doble opresión estructural, a saber: el género y la jerarquía. Esa dinámica en muchos casos desalienta la posibilidad de denunciar.

El relato de los hechos contenidos en las declaraciones y entrevistas da cuenta de diferentes tipos y modalidades de violencias padecidas por las víctimas, acordes a la ley 26.485, de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.

En la mayoría de los casos se fueron configurando situaciones de acoso laboral y sexual: los relatos coinciden en identificar las conductas desplegadas por los agresores bastante tiempo antes de su denuncia y las víctimas refieren que las violencias fueron incrementándose en cantidad y nivel de gravedad durante largos períodos de tiempo, sin cesar incluso una vez efectuada la denuncia.

De acuerdo con los casos relevados, la instancia administrativa por lo general precede al inicio de la acción penal. Con esta última se busca el cese de las agresiones, la obtención de medidas de protección y la no repetición de estos delitos en otras posibles víctimas. En la investigación judicial interviene una fiscalía federal, que suele impulsar el caso por los delitos de “abuso de autoridad”, “incumplimiento de los deberes funcionario público” y/o “abuso sexual”, principalmente.

Los casos se caracterizan por:

  • El padecimiento particular que el acoso laboral y sexual produce en las víctimas, quienes en muchos casos suelen esforzarse por naturalizar, minimizar o intentar controlar las violencias percibidas como tales.

  • Los procesos conllevan una etapa de visibilización del problema, seguida de la implementación de estrategias defensivas, evitativas y/o confrontativas.

  • En los períodos en que se agudiza la tensión, las víctimas suelen presentar síntomas físicos y psicológicos, que afectan su salud durante largos períodos de tiempo.

  • La decisión de denunciar suele ir de la mano de una sugerencia de una persona allegada (por lo general ajena a la institución) que pueda advertir estos efectos nocivos sobre su persona o bien como respuesta ante un nuevo hecho, como por ejemplo de acoso, abuso o amenaza.

En este contexto, la DOVIC colabora a lo largo de todo el proceso penal en la implementación de lo dispuesto en ley 27.372, de derechos y garantías de las personas víctimas de delitos, buscando que encuentren un canal de reparación y que sean escuchadas y acompañadas en las distintas instancias, en articulación constante con las fiscalías a cargo de la investigación.