26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Un proceso singular de violencia de género
En un caso con padre e hija imputados, otorgan la probation sólo para la mujer
Así lo resolvió un juez correccional, en base al dictamen de la representante del Programa de Políticas de Género, quien diferenció la conducta de la joven imputada de la de su padre porque "no se encuentra basada en el ejercicio abusivo de poder" que caracteriza a los casos de varones que ejercen violencia sobre las mujeres.

El juez correccional Walter José Candela resolvió conceder la probation a una mujer acusada de ejercer violencia de género contra la pareja de su padre. En tanto, al hombre -quien también habría participado de las agresiones- se le negó la posibilidad de la suspensión del juicio a prueba y deberá comparecer en un debate oral y público. De esta forma, el magistrado acordó con el dictamen de la fiscal ad hoc del Programa de Políticas de Género del Ministerio Público Fiscal, María Paloma Ochoa.

Para la resolución del caso, hubo una importante tarea del Programa de Políticas de Género cuya representante expuso ante el juez las diferencias en el reproche de las conductas a padre e hija para adoptar resoluciones diferentes respecto de ellos. "Se trató de dos hechos bien diferenciados y con características completamente diferentes y eso fue lo que implicó el consentimiento de la suspensión del juicio a prueba con relación a la joven y la oposición con respecto al imputado", indicaron a Fiscales desde el Programa.

El caso, que llegó a la audiencia de probation el 28 de febrero pasado, tuvo su origen en episodios que incluyeron golpes y violencia verbal contra una mujer que había sido pareja del imputado, pero que no era madre de la agresora. Padre e hija están acusados, incluso, de haber proferido amenazas de muerte.

Desde el Programa de Género se informó que la víctima formuló la denuncia de los hechos cuando ya no convivía con el acusado y su relación de pareja había finalizado. No obstante, ya iniciada la causa penal, el imputado volvió a agredir a la víctima, "razón por la cual, al momento de la audiencia de suspensión de juicio a prueba, el imputado tenía otra causa en un estadio del proceso menos avanzado", indicó el Programa.

La intervención de la fiscal Ochoa, quien representó al Ministerio Público en el proceso, fue a pedido de la Fiscalía Nacional en lo Correccional N°5, a cargo de María del Carmen Dellarole. Durante la audiencia, Ochoa escuchó los pedidos de la defensa y luego fundó la diferencia de criterios para evaluar que estaba de acuerdo con el pedido de probation para la joven mujer agresora pero no para su padre. La fiscal entendió que las acciones de la imputada "no podían ser de ningún modo inscriptas en el supuesto de violencia de género".

"No sólo se trataba en el caso de la joven de un solo hecho de violencia, del que además la denunciante pudo defenderse en pie de igualdad, sino que a diferencia de lo que ocurre con la violencia ejercida por el imputado, aquélla no se encuentra basada en el ejercicio abusivo de poder de una sobre la otra, como ocurre en los casos de varones que ejercen violencia sobre las mujeres. Esta característica diferencial de las violencias sexuadas está basada en la desigualdad estructural entre varones y mujeres y funda lo que habitualmente llamamos violencia de género", explicó el Programa de Género.

No obstante, la fiscal Ochoa sugirió al juez que aplicara a la imputada en las reglas de conducta (acciones alternativas a la pena que se ordenan en un proceso de probation) "la posibilidad de que la joven realizara un taller de sensibilización" sobre género y aportó los lugares donde podía realizarlos.

"La asunción de lugares de subordinación social y la normalización de ciertos comportamientos machistas, se debe en muchos casos a la naturalización de los estereotipos de género; por tanto, trabajar en su deconstrucción, puede significar una más acabada respuesta para el caso", fundó la fiscal al momento de sugerir la medida.

Al momento de decidir, el juez Candela resolvió que la joven debía realizar tareas comunitarias en la organización Cáritas. Luego de la audiencia la imputada se acercó a la fiscalía y solicitó información sobre los cursos que había sugerido la fiscal. "Durante ese breve diálogo, la joven tomó estricta nota del tipo de actividades, lugares y horarios de encuentro y se mostró interesada en realizarlos", informaron desde el Programa de Políticas de Género.

La víctima decidió no participar de la audiencia en la que se trataron los pedidos de probation. En forma previa, la fiscal Ochoa requirió a la Oficina de Asistencia a la Víctima que se reuniera con ella y que le explicara el proceso -incluido su derecho a no participar del cónclave- y la propuesta de los imputados de someterse a la suspensión del juicio a prueba.