El Juzgado de Instrucción Nº35 procesó el 23 de agosto a Iturre Verastegui por los delitos de lesiones leves, amenazas coactivas reiteradas, abuso sexual con acceso carnal y desobediencia a la prohibición de acercamiento hacia su ex pareja y madre de sus hijos, de los que fue destinataria la víctima de manera sistemática hace más de cinco años.
En agosto de 2013, mientras la víctima caminaba por el barrio de Floresta, el imputado le arrojó una piedra en la nuca, provocando su caída. Ya en el suelo, la golpeó con una botella, la pateó, la tomó del cabello y la arrastró gritándole que la iba a matar. La damnificada ya había denunciado a su ex pareja en otras oportunidades por hechos de violencia similares. En 2014, el agresor se presentó en el domicilio de ella para hablarle, y ante su negativa, incendió un automóvil que se encontraba estacionado. Continuó con las amenazas telefónicas teléfono y personalmente, y le reiteró que si acudía a la policía o lo denunciaba, la mataría.
Luego de estos hechos, el Juzgado Civil Nº84, que intervenía en el expediente de violencia familiar, dictó medidas de protección para la mujer y sus hijos (prohibición de acercamiento y botón antipánico), que el agresor incumplió en forma reiterada y continuó hostigándola. Desde octubre de 2015, la víctima se vio obligada a vivir con una consigna policial en su domicilio, mientras que el imputado era citado infructuosamente a prestar declaración indagatoria, en razón de los distintos requerimientos formulados por los representantes del Ministerio Público Fiscal.
A raíz de la información acercada por la UFEM, se pudo dar con el paradero de Iturre, quien fue finalmente procesado, aunque sin prisión preventiva, considerando el magistrado para así resolver que el nombrado nunca había sido debidamente notificado de que debía comparecer al Juzgado y que, tras conocer la existencia de la causa, había constituido domicilio y se había mantenido a las órdenes de la justicia.
La libertad provisional dispuesta por el Juzgado fue apelada por los fiscales Di Lello y Labozzetta, quienes solicitaron que fuera revocada en tanto los reiterados incumplimientos de Iturre a las órdenes del juzgado civil de no acercarse a la víctima debían merituarse negativamente a la hora de definir su libertad durante el proceso. A la vez, las sucesivas amenazas proferidas por aquél, mediante las que expresamente le decía que iba a matarla si lo denunciaba, constituía un riesgo procesal de entorpecimiento de la investigación.