En el marco del Día Internacional del Orgullo LGBTIQ+, que reivindica el respeto a la diversidad sexual e identidad de género y en conmemoración a la revuelta de Stonewall (Nueva York, 1969), la Dirección General de Políticas de Género (DGPG) presenta los resultados de la investigación “Personas travestis y trans en conflicto con la ley penal: impacto de la ley de identidad de género. Estudio de casos del período 2013-2019”.
En esta fecha, el colectivo travesti trans se manifiesta para rememorar la lucha de sus principales activistas, avanzar con una agenda transfeminista y visibilizar la situación de vulnerabilidad estructural y violencia que padecen por prejuicios y discriminación, cuya máxima expresión se traduce en travesticidios, transfemicidios y transhomicidios.
La DGPG tiene entre sus competencias el desarrollo de estudios y/o investigaciones para contribuir con aportes y lineamientos que impacten en la lucha contra la discriminación y todas las formas de violencia contra la mujer y las personas con identidades y expresiones de género diversas para facilitar su acceso a la justicia. En ese marco, la DGPG investigó acerca de la situación de las personas travestis y trans en el sistema de administración de justicia penal luego de la sanción de la Ley de Identidad de Género (Ley Nº 26.743). La muestra consta de 109 personas travestis y trans procesadas y/o condenadas: 105 mujeres travestis y trans y 4 varones trans.
Los ejes centrales de la investigación giran en torno a la construcción del perfil sociodemográfico de las mujeres travestis y trans imputadas, las características distintivas de las causas penales y los resultados de 34 encuestas dirigidas a personas travestis y trans que analizan sus vínculos afectivos, el ejercicio de sus derechos y vivencias en relación con el sistema penal, entre otros aspectos.
A modo de ejemplo, se observó que, pese a la vigencia de la Ley de Identidad de Género, en el 84% de los casos relevados, las mujeres travestis y trans no contaban con un DNI de acuerdo a su género auto percibido; por el contrario, sólo el 16% lo poseían. Esta situación obedece a múltiples factores asociados a obstáculos institucionales y a su condición de grupo en situación de vulnerabilidad.
En relación a las condenas, en el 84% de los casos las mujeres travestis y trans fueron condenadas mediante el procedimiento de juicio abreviado, mientras que en el 16% se arribó a una condena luego de un juicio oral. En el 74% de los casos la modalidad fue de cumplimiento efectivo, mientras que en el 26% de los casos la pena fue dejada en suspenso.
El 81% de las mujeres travestis y trans condenadas fueron por delitos de drogas, tipificados en la Ley de Estupefacientes (Ley N° 23.737) o en el Código Aduanero (Ley N° 22.415).
Los resultados de las encuestas
De los resultados de las encuestas dirigidas surge, entre otras cosas, que el 58% de las mujeres travestis y trans consideró que su identidad de persona trans o travesti fue una barrera para acceder y permanecer en el sistema educativo formal. Situación similar ocurre en el ámbito laboral, en donde la mayoría de las encuestadas identificó barreras para acceder a un empleo formal. Además, el 90% manifestó haber estado en situación de prostitución en forma previa a su detención.
En síntesis, fue posible observar que, en el trámite de los casos, la particular situación de personas travestis y trans no siempre es debidamente atendida con un enfoque diferenciado y con perspectiva de género y diversidad, tal como establecen los organismos de seguimiento y control del sistema interamericano de derechos humanos y del sistema universal de protección de derechos humanos. Las razones son múltiples y se encuentran interrelacionadas, por lo que resulta necesario construir líneas de trabajo integrales e interdisciplinarias, que incorporen a una multiplicidad de actores institucionales para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos humanos del colectivo de personas travestis y trans.