18 de abril de 2024
18 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Por los secuestros, cautiverios y tormentos contra tres víctimas
Bahía Blanca: procesaron con prisión preventiva a 20 represores
Para el juez Alejo Ramos Padilla, los acusados conformaron una asociación ilícita con distintos roles y funciones a la hora de desempeñar y coordinar el plan represivo.

El juez Alejo Ramos Padilla, a cargo del Juzgado Federal N°1 de Bahía Blanca, dictó el procesamiento con prisión preventiva de 20 represores por su responsabilidad en delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar. En línea con lo planteado por el Ministerio Público Fiscal, el magistrado consideró a los imputados “prima facie” responsables penales por el secuestro, cautiverio y tormentos aplicados a Ana María Germani, su esposo Rodolfo Oscar Maisonave y Carlos Raúl Príncipi. En la resolución, Ramos Padilla señaló que los acusados –entre quienes se encuentran ex integrantes del V Cuerpo del Ejército y del Servicio Penitenciario Bonaerense- conformaron una asociación ilícita “para la comisión de hechos ilícitos indeterminados constitutivos de lesa humanidad”. La causa recobró impulso meses atrás, tras el apartamiento por parte del Consejo de la Magistratura de dos jueces subrogantes acusados de obstaculizar el avance de las actuaciones.

Modus operandi

A la hora de resolver la situación procesal de los imputados, el juez dio por acreditadas las circunstancias fácticas expuestas por el MPF en relación al secuestro, cautiverio y torturas de los tres casos mencionados. Carlos Príncipi fue privado de la libertad por una patota del Ejército el 26 de febrero de 1977 y trasladado al centro clandestino de detención conocido como “La Escuelita” de Bahía Blanca, donde permaneció hasta el 8 de mayo de 1978. Durante su estadía fue sistemáticamente sometido a tormentos (tanto físicos como psicológicos) con el objetivo de extraerle información sobre sus compañeros de militancia en la JUP Monteros. Ese mismo día, asesinaron a la pareja de Príncipi, Patricia Acevedo.

Tras su paso por “La Escuelita”, Príncipi fue “blanqueado” mediante una parodia de juicio llevada adelante por el Consejo de Guerra Estable del Comando V del Cuerpo del Ejército. “El juicio comenzó con mi defensor diciendo que para él era muy difícil defender a alguien como yo, que era un subversivo. El defensor, previamente, me había dicho que no tuviera expectativa del juicio porque el juicio ya estaba decidido”, señaló la víctima durante su testimonio. Permaneció luego un mes en el centro clandestino que funcionó en la Unidad Carcelaria N°4 de Villa Floresta (Bahía Blanca), hasta que fue trasladado a la Unidad Carcelaria N°21 de Ezeiza, donde recuperó la libertad el 24 de diciembre de 1982.

En tanto, Ana Germani y Rodolfo Maisonave fueron secuestrados el 6 de julio de 1977, y trasladados a “La Escuelita”, donde permanecieron hasta el 10 de julio, período en el que padecieron vejámenes y torturas. Luego, fueron llevados al Comando del Batallón de Comunicaciones 181 hasta el 14 de julio de 1977, en cuyo paso se les realizó un proceso simulado ante el Consejo de Guerra del Comando V del Cuerpo de Ejército. Recién, recuperaron la libertad en 1984.

“Se ha podido comprobar que los sucesos objeto de análisis en esta oportunidad no resultaron casos aislados, sino que formaron parte del plan represivo sistemático instaurado durante la última dictadura cívico-militar”, consignó Ramos Padilla en su resolución. Para el magistrado, el violento secuestro de las víctimas, el cautiverio en CCD bajo condiciones infrahumanas y la aplicación de tormentos –corriente eléctrica en distintas partes del cuerpo, “submarinos”, escarmientos psicológicos, entre otros- formó parte del “modus operandi” que el Ejército, “fuerza militar que tuvo preponderancia en el accionar represivo en la zona”, llevó adelante en el resto del país.

Asociación ilícita

Para el magistrado, los hechos bajo análisis permiten asegurar que los imputados “tomaron parte de esta asociación criminal, realizando aportes efectivos a la misma exteriorizados en la función, cargo y rol que desempeñaron en la actividad que desplegaron”. A la hora de fundamentar el encuadre del delito de la asociación ilícita, sostuvo que están dados los elementos “típicos” exigidos por la norma, esto es, la existencia de más de tres partícipes, el propósito colectivo de cometer delitos indeterminados y la permanencia en el tiempo.

“Surge nítidamente (de lo relatado por las tres víctimas) la participación de varias personas cumpliendo roles diferenciados unos secuestran, otros custodian o torturan, mientras un médico supervisa el estado de salud de los torturados para la consecución de un fin común: la obtención por la fuerza de información para el secuestro y torturas de nuevas personas, lo que da la pauta de la sistematicidad del ciclo represivo llevado adelante por las fuerzas militares de acuerdo con un plan previamente fijado características que se desprenden también de los casos ya juzgados por el TOF local 22”, indicó.

Además de dictar el procesamiento con prisión preventiva, el Ramos Padilla trabó embargos de hasta dos millones de pesos sobre los imputados.

Avance

La medida representa un nuevo impulso a las causas que investigan violaciones a los derechos humanos en Bahía Blanca. En este sentido, el juez llegó al Juzgado Federal N°1 de esa jurisdicción en junio pasado, cuando el Consejo de la Magistratura lo designó en reemplazo de Santiago Martínez (secretario) y Claudio Pontet, a quienes no les renovó las subrogancias. Ese apartamiento, respondió a denuncias de organismos de derechos humanos y de los fiscales Miguel Palazzani y José Nebbia.