27 de abril de 2024
27 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
Decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar del Plata
Condenan a un militar en actividad por coacción contra una víctima de la dictadura
El capitán de la Armada Hugo Dionisio Kesler recibió tres años de prisión en suspenso, tras haberse comprobado que en julio de 2007 realizó llamados a una víctima de la dictadura y testigo de diferentes juicios. El fiscal marplatense Julio Darmandrail había solicitado tres años y medio de prisión.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar del Plata condenó ayer al capitán de la Armada Hugo Dionisio Kesler (55 años) a la pena de tres años de prisión en suspenso, al encontrarlo responsable del delito de coacción contra una víctima de crímenes de lesa humanidad y testigos de diferentes juicios.

Los jueces Roberto Falcone, Mario Portela y Néstor Parra tuvieron por acreditada la acusación del fiscal Julio Darmandrail, quien describió en su alegato las pruebas que vinculan al acusado con llamados telefóncios realizados en 2007 desde la Base Naval de esa ciudad con el objeto de presionar a la víctima.

El juicio comenzó anteayer y culminó ayer al mediodía, con el veredicto. Los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer el 17 de diciembre.

En su alegato, el fiscal Darmandrail había requerido para Kesler la pena de tres años y medio de prisión. El representante del Ministerio Público puntualizó en su exposición que el imputado ostenta actualmente el grado de capitán de la Armada Argentina y es jefe de Contrainteligencia de esa fuerza, y remarcó que entre el 13 y 17 de julio de 2007 "coaccionó a la víctima alarmando y amedrentando a la nombrada, habida cuenta que la misma resulta ser ex detenida del centro clandestino de detención conocido como "La Cueva", ubicado en el viejo radar de la Base Aérea Mar del Plata, y por ende, testigo en el juicio por la verdad y en diversos juicios donde se ventilan delitos de lesa humanidad acontecidos durante el último golpe de estado, pretendiendo de esta forma obstruir su testimonio en los juicios".

Esa actitud, explicó el fiscal, quedó evidenciada en cinco llamados telefónicos realizados a distintas horas durante aquellos días de julio de 2007. Darmandrail precisó que "en al menos una" oportunidad el condenado se dio a conocer como capitán de la Armada e invitó a la vítima "a apersonarse en la Base Naval a fin de discutir o conversar sobre un supuesto desperfecto que estarían registrando sus líneas telefónicas". En esa comunicación el militar también le dijo a la víctima que sabía donde vivía, indicándole piso y departamento, y luego le manifestó que ambos eran vecinos.

La víctima relató ante el tribunal que los diálogos fueron "surrealistas" y que en las primeras comunicaciones la misma voz que se identificó finalmente como el capitán Kesler le preguntaba si allí, en su casa, vivía el militar. Luego le dijo que eran vecinos, que había un problema con las líneas telefónicas y que por eso la invitaba conversar a la Base sobre el supuesto "desperfecto", que el victimario en su comunicación llamó "el problema que nos une".

"Aquí cobra relevancia, no solo el contexto en que las charlas se producen sino las especiales características de la víctima, ex detenida en un centro clandestino de detención durante la dictadura, circunstancia que entiendo conocida por el hoy imputado. Por otro lado, las características personales del imputado, capitán de la Armada y Jefe de Contrainteligencia de la Base Naval, como así también la particular carga emotiva que la invitación a concurrir al lugar donde funcionara un centro clandestino de detención con una finalidad tan inexplicable, puede ocasionar en la víctima", indicó Darmandrail en su alegato.

"No puede desconocerse la coetaneidad de las referidas comunicaciones telefónicas con la inspección ocular producida sobre el ex centro clandestino de detención que funcionó en la Seccional Cuarta de esta ciudad, ni las distintas y variadas maniobras intimidatorias desarrolladas (de público y notorio) respecto de otros testigos en causas en las que se ventilan delitos cometidos durante la última dictadura militar a lo largo del país", indicó el fiscal y, en ese sentido, remarcó que esa situación "coloca a la denunciante en una condición extrema de vulnerabilidad, en la cual el efecto intimidatorio puede lograrse por medios comisivos que en la generalidad de los casos podrían resultar o aparecer en principio como inidóneos". En otras palabras, la presión a la testigo en ese contexto pudo haber ocurrido -como pasó- con modalidades que podrían considerarse inútiles o inapropiadas.

El fiscal también valoró que "aquella actitud en apariencia burda (del militar) de dar a conocer su nombre, apellido, cargo y lugar de trabajo es la que serviría luego para pretender justificar que sus contactos con la víctima no pretendían amedrentarla".

En esa línea, Darmandrail apuntó que "poco análisis resiste este intento cuando se lo contrasta con las supuestas intenciones que perseguían dichas comunicaciones en palabras tanto de la víctima como del imputado, de 'dialogar sobre el problema que los une', para luego hacer alusión a las líneas telefónicas; y 'mucho menos que ese encuentro tuviera lugar en la Base Naval de Mar del Plata', pese a manifestar conocer que eran vecinos".

Si bien la identidad de la víctima se hizo pública en el juicio oral, la fiscalía solicitó que a pedido de sus familiares no se difundiera sus datos personales.