25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Resolución de la Cámara Federal de Mar del Plata
Confirmaron el procesamiento de una ex funcionaria judicial por participar en secuestros y torturas
Ana María Teodori actuó como defensora oficial y jueza subrogante en una causa judicial abierta en 1976 contra seis perseguidos políticos que fueron secuestrados y torturados. El tribunal tuvo por probado que interrogó detenidos en un centro clandestino de detención y destacó que rindió "cierta pleitesía" a los represores y que ejerció "la tímida defensa de quienes eran perseguidos".

La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó el procesamiento sin prisión preventiva de la ex defensora oficial y ex jueza federal subrogante de esa ciudad, Ana María Teodori, como partícipe secundaria de los delitos de privación ilegal de la libertad doblemente agravada por mediar violencia y amenazas y de imposición de tormentos agravada por haber sido cometida en perjuicio de perseguidos políticos contra seis víctimas.

"La función para la cual había sido designada era la de Defensora Oficial, encargada por ley de velar por la protección de los derechos de sus representados y el respeto al debido proceso, sin que la sujeción física de los mismos a la autoridad militar, autorizare una degradación de sus garantías individuales y mucho menos que esto último fuera tolerado por quien se suponía debía desde lo jurídico, evitar el avance ilegal y desmedido del ius punendi [poder sancionador] estatal ejercido por la fuerza de un gobierno ilegítimo", señaló el tribunal en uno de los párrafos más duros dedicados a la actuación de la ex funcionaria en la resolución de más de 140 carillas.

El fallo, dictado el 21 de agosto pasado por los camaristas Eduardo Jiménez, Antonio Pacilio y Bernardo Bibel, ratifica la decisión adoptada por el juez de primera instancia, Santiago Inchausti, con el impulso del fiscal Pablo Larriera. En el caso de las seis víctimas, se determinó que el expediente judicial en el que actuó Teodori "tuvo como fin último la regularización de las situaciones ilegales de detención" de las víctimas. La resolución de la alzada rechaza el recurso de la Fiscalía, sostenido en esa instancia por el fiscal general Daniel Adler, quien había cuestionado la participación secundaria evaluada por Inchausti al momento de procesarla, dado que para el representante del MPF la imputada tuvo una participación necesaria.

La entonces funcionaria convalidó en sede judicial declaraciones prestadas por las víctimas ante las fuerzas armadas y de seguridad, en el marco de interrogatorios con la aplicación de tormentos y otros tipos de vejámenes. Esa validación de las declaraciones se dio en un proceso judicial por violación a la ley 20840, denominada antisubversiva, que sirvió de basamento legal para la persecusión política.

Al evaluar la actuación de Teodori, la Cámara Federal señaló que "así sea en períodos dictatoriales, donde sin exigir actitudes 'heróicas' por parte de sus operadores, el sistema pretende igualmente la actuación de funcionarios públicos que en tan duros momentos, asuman en forma efectiva los roles que asumieron".

Una causa con origen militar

La causa en la que intervino Teodoris, conocida por su número, 610, fue en efecto iniciada el 4 de agosto de 1976 por comunicación del jefe de la Agrupación de Artillería de Defensa Aérea (ADA) 610, en la que daba cuenta de la detención de cuatro de las seis víctimas "durante el desarrollo de operativos militares y de seguridad" y comunicaba que los detenidos se encontraban "a disposición de Su Señoría en la Base Naval de Mar del Plata", que era un centro clandestino de detención. El parte llevaba adjuntas las actas de detención, fechadas casi un mes antes, el 5, 6 y 7 de julio. El motivo de la causa: propaganda de ideas políticas contrarias al régimen.

El mismo 4 de agosto, el entonces titular del juzgado federal, Adolfo González Echeverri, dispuso constituirse en la Base Naval para recibir declaración indagatoria a los detenidos, actividad que llevó a cabo el 11 de agosto junto a su secretario, Leónidas Fiore. Salvo uno de los detenidos que se negó a declarar, los demás lo hicieron sin la presencia de un defensor, aunque en las actas se dejó asentado que oportunamente se daría intervención a ese funcionario. En sus declaraciones, los tres detenidos confesaron su intervención en conductas que violaban la ley 20840 y la "pertenencia a agrupaciones declaradas delictivas".

El 11 de agosto, el juez dispuso el traslado de los detenidos a la comisaría 2ª, lo cual recién ocurrió el 16 de ese mes porque los militares alegaron "inconvenientes operacionales". En tanto, el 13 de agosto el detenido que inicialmente se había negado a declarar, pidió hacerlo y -ante la presencia del juez y su secretario, con ausencia de Teodori- declaró su pertenencia a "una agrupación política proscripta".

El 16 de agosto, el magistrado les amplió la indagatoria a los tres que habían declarado en primer lugar y les dictó la prisión preventiva. Esa fue la primera intervención de Teodori en el caso, al notificarse de la resolución, que apeló pero sin cuestionar las circunstancias que rodearon la detención ni las condiciones de su privación de la libertad, ni que el reconocimiento del material incautado también se había realizado bajo coacciones.

Un mes después, la Cámara Federal de La Plata -que intervenía entonces como tribunal de alzada del juzgado marplatense- ratificó las prisiones preventivas de los tres detenidos y revocó la del restante, que igualmente quedó privado de su libertad por un decreto del Poder Ejecutivo Nacional. Su defensora, Teodori, no realizó ninguna presentación al respecto. "Resulta prima facie reprochable como parte de una conducta delictiva, no haberse opuesto a una decisión del PEN de disponer la detención" de aquella víctima, señaló la Cámara en coincidencia con lo fallado en primera instancia.

En tanto, el 8 de septiembre, los militares pusieron en conocimiento del juzgado federal que habían detenido a dos personas más el 26 de agosto -aunque se sospecha que la verdadera fecha fue el 26 de julio-, que estaban alojadas en la Base Naval y supuestamente vinculadas a las cuatro detenidas previamente.

Aquél 8 de septiembre, Teodori subrogaba el juzgado federal -tal como lo disponía la ley entonces vigente- y, al enterarse de las nuevas detenciones, reclamó a la Cámara Federal de La Plata que le devolviera la causa -que estaba allí para el examen de las apelaciones- para poder tomarles declaración indagatoria. La causa llegó recién el 29 de septiembre, cuando había regresado el juez titular. El magistrado fijó la indagatoria de los dos nuevos detenidos para el día siguiente, pero no se llevó a cabo.

El 14 de octubre, Teodori -nuevamente a cargo del juzgado- ordenó la realización de las dos indagatorias pendientes. Las fijó para ese mismo día en la Escuela de Suboficiales de Infantería de Marina (ESIM), sin que constara en la causa una comunicación sobre el nuevo lugar de detención de las dos personas, lo cual fue valorado por Inchausti y por la Cámara como un indicio de la relación informal entre los marinos y la funcionaria. Durante su declaración, los interrogados aceptaron su participación en los hechos imputados y continuaron detenidos en la misma dependencia naval.

Su reubicación en un penal fue dispuesta por otro juez, de apellido Meza, el 18 de octubre, cuando se les recibió la ampliación de la declaración indagatoria y luego se les notificó la prisión preventiva. Días después, anuló la declaración que les había tomado Teodori en la ESIM, tras verificar la incompatibilidad de la actuación de la defensora de los acusados como jueza de la misma causa.

"Conocía la violencia y el descontrol"

Al año siguiente, los detenidos declararon ante un nuevo juez que, tanto en las indagatorias en las que Teodori actuó como jueza subrogante -donde estuvo presente- como en las que lo hizo como defensora, habían dicho que sufrieron condiciones de detención inhumanas y estuvieron atados y encapuchados, y aclararon que el contenido de su declaración estuvo condicionado por esa situación. La misma versión dieron las víctimas años después, recuperado el Estado de Derecho, cuando se abrieron las causas judiciales por el terrorismo de Estado, y señalaron que ellos mismos informaron a Teodori sobre las torturas que habían padecido.

En la resolución, los camaristas citaron el testimonio de una de las víctimas que refirió que Teodori le aconsejó que no declarara que había sufrido torturas "para evitar algún tipo de represalia por parte de sus captores". Para los jueces, esa situación constituye "un indicio contundente de que la funcionaria conocía la violencia y descontrol con el que se conducía gran parte de las fuerzas represivas y las consecuencias que una denuncia podía acarrear, lo cual debió aumentar su compromiso en la protección de los derechos fundamentales de quienes se encontraban en total desamparo".

El Tribunal señaló que "resulta realmente llamativo que un funcionario que toma conocimiento de que los dichos volcados en actas que suscribió como cabeza de un órgano jurisdiccional -aunque esa declaración luego resultare anulada-, fueron provocados por crueldad física y psicológica, no ordene la formación de la correspondiente causa para investigar -al menos- la veracidad de esa denuncia y, en su caso, determinar los responsables de las conductas inhumanas señaladas".

En el final de la causa abierta a las víctimas, Teodori no consintió la pena máxima requerida por el fiscal para dos de sus defendidos, pero solicitó la pena mínima. Esa situación fue evaluada por la Cámara y por el juez de instrucción como demostrativa de "poco compromiso con sus obligaciones funcionales, lo que analizado en relación con los demás elementos colectados en la causa, demostraban la animosidad de la funcionaria con los imputados por este tipo de delitos".

En ese sentido, la Cámara valoró las pruebas en forma global y conjunta, recordó que la funcionaria se había desempeñado desde gobiernos constitucionales y señaló que el "sometimiento al nuevo orden que exigía el gobierno autoritario, no sólo no era cuestionado por la Dra. Teodori, sino aceptado y acompañado, rindiendo cierta pleitesía que se reflejó en la tímida defensa de quienes eran perseguidos por quienes empezaron a dominar la estructura estatal a partir de marzo de 1976, lo que se tradujo en la ausencia de custionamiento a detenciones irregulares y violaciones a garantías mínimas que sufrieron sus representados, facilitando que ambas situaciones se prolongaran en el tiempo".