19 de abril de 2024
19 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
Entrevista a Romina Pzellinsky y Carolina Varsky
"El aparato represivo castigó doblemente a las mujeres"
Fiscales entrevistó a la titular del Programa de Políticas de Género del MPF y a la coordinadora de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad. Ambas dependencias coordinarán una jornada de trabajo sobre el abordaje de los delitos sexuales cometidos durante el terrorismo de Estado, trazando líneas conjuntas de acción y repensando la violencia desde una perspectiva de género.

“Puta, hija de puta”. Numerosos testimonios señalan que así llamaban a las mujeres secuestradas en los centros clandestinos. El terror se vuelve indeleble ahí donde marca. Parte, cruza, interpela y reconfigura. De distintas formas y con rasgos comunes. Pensar el terror particularizado y, a la vez, como parte de un todo se presenta como un desafío a transitar. ¿Fue igual la violencia? ¿Fue la misma? ¿Por lo mismo? Las palabras se vuelven también indelebles, porque hay allí una matriz de poder, un modelo de mujer que horroriza porque no se cumple, una moral que azota. El proceso de memoria, verdad y justicia vino a visibilizar el horror y a reparar con justicia el daño, después del silencio y la impunidad. Pero queda camino por recorrer y horrores que visibilizar, estrategias que repensar, experiencias que compartir.

La Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad y el Programa sobre Políticas de Género realizarán la semana próxima una jornada de trabajo conjunta para abordar el tratamiento de la violencia sexual en los centros clandestinos durante la última dictadura cívico-militar. Participarán los y las fiscales que llevan adelante los juicios por los crímenes cometidos durante el terrorismo de Estado en las distintas jurisdicciones del país. Carolina Varsky, coordinadora de la Procuraduría, y Romina Pzellinsky, a cargo del Programa sobre Políticas de Género del MPF, hablaron sobre las dificultades y las estrategias de abordaje. Pero además, sobre el rol de mujer que buscaban imponer los militares y sus cómplices y cómo toda violencia -incluso la perpetrada contra los hombres- tuvo un componente machista.

Armar un camino

Son varios los escollos que se presentan a la hora de juzgar la violencia sexual ocurrida durante el terrorismo de Estado. “La pelea que se dio en términos judiciales fue la de diferenciarlo de la tortura y decir que la violación como tal ya existía como delito en el año '76 y que debería ser juzgado de manera autónoma. Sin embargo, la jurisprudencia no es unánime y no en todas las jurisdicciones del país se acepta eso. Para las víctimas resultaba más reparador poder diferenciar esas situaciones de la tortura tanto física, como psicológica”, detalló Carolina Varsky.

- ¿Cuáles han sido las dificultades en términos jurídicos para encarar el juzgamiento?

C.V: Por un lado, considerarlo un delito autónomo y por otro lado, por el tipo de delito que se trata, identificar al autor. En ese sentido, la jurisprudencia del último tiempo avanzó en identificar como responsables a autores mediatos o indirectos, como aquellos que consintieron esa práctica y que no impidieron que eso ocurriera, descartando que se trate de delitos de mano propia. La discusión acerca de su condición de crímenes contra la humanidad, quedó saldada en el documento elaborado por la entonces Unidad de Derechos Humanos del Ministerio Público Fiscal (hoy Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad) en tanto se explicó que esa condición no depende de la frecuencia, sistematicidad o generalidad con que hayan ocurrido actos de este tipo sino que se requiere que haya formado parte del ataque que opera como contexto de acción en este tipo de crímenes. Otro de los principales problemas tiene que ver con la prueba: son hechos de hace 30 años y en muchos casos las víctimas se encuentran desaparecidas o fallecieron con posterioridad a los hechos. Por otro lado, también resulta un inconveniente que este tipo de delitos requieran que las víctimas insten la acción penal y busquen que se investigue. La pregunta entonces es si se requiere o no la instancia privada para poder impulsar la acción. En los casos en los que las víctimas se encuentran desaparecidas, los delitos sexuales en su calidad de crímenes de lesa humanidad generan al Ministerio Público la obligación de investigarlos. Distinto es el caso de los y las sobrevivientes, a quienes se les consulta sobre si desean instar la acción. Esto último varía en el accionar de los fiscales de las distintas jurisdicciones ya que en algunos casos se consulta a las víctimas y, en otros se interpreta que su relato en el debate oral implica querer instar la acción

Juicios

El proceso de juzgamiento tuvo distintas etapas. En un primer momento, la urgencia era visibilizar, contar, dejar registro de quienes ya no estaban y dónde habían sido vistos. La reapertura de los juicios, luego del silencio de la impunidad trajo nuevos desafíos y requiere, aun hoy, repensar las prácticas judiciales para abordar distintas problemáticas. En ese sentido, el rol de las víctimas sigue siendo fundamental. Varsky sostuvo que “son las mujeres las que están más dispuestas a contarlo y en algunos casos hasta por primera vez. Allí existe otro problema, que es que a veces, interpeladas por los operadores judiciales, deben explicar por qué lo vienen a contar ahora y no antes. Hay que generar un escenario para que esa persona no tenga que explicar que antes, en el año ‘84, cuando declaró ante la CONADEP, se preocupó por contar quiénes eran sus compañeros con los que compartió cautiverio o a qué represores recordaba dentro del centro clandestino o durante su secuestro o liberación, más que hablar de su propio padecimiento. Ahora, hablan en primera persona y como víctimas. No es sólo ‘yo me acuerdo de que tal persona estaba’ sino también ‘a mí me pasó’. Y eso es importante”.

Estructuras de género, relaciones de poder

Si en la cultura patriarcal el espacio privado le pertenece a las mujeres, aquellas que pretendieron ocupar el espacio público desde la participación política fueron cruel y específicamente castigadas. “Las mujeres eran vistas como doblemente transgresoras: por su militancia y pertenencia a una organización civil o política, pero además porque se alejaban y rompían con los  estereotipos y roles asignados como mujer madre, esposa, cuidadora. Esto desde el aparato represivo generaba un doble castigo, más allá de que también  hubo violencia sexual contra los varones. Si a esto último se lo analiza  desde una perspectiva de género, puede observarse que el objetivo era feminizar a esos cuerpos masculinos y romper con los códigos que caracterizan a los varones como seres iguales para colocarlos en el lugar de subordinación que recibían las mujeres”, puntualizó Romina Pzellinsky, quien agregó que “en el caso de parejas que se encontraban detenidas, la violación o los distintos tipos de abuso a las mujeres era una forma más de agredir a sus compañeros. Allí, ‘la mujer objeto’ de su marido pasaba a ser luego, 'objeto' del torturador/abusador.”

La importancia radica, entonces, en ver esa violencia como específica y diferenciada, porque vino a reproducir patrones culturales respecto del rol de la mujer.

¿Existe un correlato en las estructuras de género y la violencia contra las mujeres?

R.P: La violencia contra las mujeres está atravesada constantemente por las estructuras de género, que son construidas y jerarquizadas, en las que se crea una relación desigual y de dominación. La violencia sexual en los centros clandestinos de detención e incluso en otros lugares en los que se perpetraba es una manifestación más de esta relación de poder y dominación de los varones sobre las mujeres, consecuencia de un sistema patriarcal.

Pensar esa violencia sexualizada, destinada a constituir como objetos a personas y reproducir patrones es abordarlo de manera adecuada, pero también contribuir a desarmar la violencia actual que sufren las mujeres; a romper con esa idea de cuerpos que pertenecen a un otro que ejerce poder. La impunidad respecto de los delitos cometidos durante la dictadura puede llevar a tolerar la violencia del presente.

En ese sentido, la titular del Programa sobre Políticas de Género del MPF trazó un paralelo con lo mencionado por Varsky: “La interpelación que hacen los tribunales también se ve en los casos de violencia de género actual, donde muchas veces se observa una  culpabilización a  la mujer, ya sea por la violencia sufrida o  por el momento en el que decide o se anima a ponerlo en conocimiento de la justicia, fundamentalmente cuando transcurrió un tiempo considerable desde los hechos”.

Avances y desafíos

Esta instancia del juzgamiento de los delitos de lesa humanidad presenta resistencias como las que Varsky y Pzellinsky mencionaron, pero también avances.

- ¿Qué evaluación hacen respecto del estado actual en la justicia?

C.V: Creo que se mejoró la escucha. Los y las jueces se ven, sobre todo en el debate, en la obligación de escuchar relatos que contienen delitos sexuales. Las partes acusadoras, tanto las fiscalías como las querellas, generan el espacio para que la víctima tenga un rol preponderante y pueda desarrollar su relato de manera exhaustiva. La primera sentencia por delitos de violencia sexual es del año 2010 en relación con un imputado de Mar del Plata. La segunda, es recién en 2013. Y de ahí a esta parte tenemos seis sentencias nuevas, aunque ninguna firme. En estas resoluciones, se nota la ampliación del criterio de imputación. En Mendoza y Tucumán, las cámaras federales sentaron posiciones favorables a la autoría mediata. Si uno ve que en los últimos dos años ha habido seis sentencias nuevas, se ven avances.

RP: La imputación y posterior condena de la violencia sexual como delito autónomo y ya no subsumido en la tortura es un avance en sí mismo en términos de visibilización de la violencia machista que formó parte del terrorismo de estado.

- ¿Cuál es el objetivo de la jornada con los y las fiscales que llevan adelante los juicios?

C.V: La idea es que los distintos representantes del Ministerio Público puedan tener una jornada de trabajo e intercambiar experiencias sobre cómo abordan estos problemas. En las jurisdicciones, pasaron cosas distintas y es importante que puedan intercambiar ideas sobre cómo encararlo. La jornada tiene como objetivo final pensar en pautas de actuación para estos casos. De allí, la idea de hacerlo conjuntamente con el Programa de Género, para que sea una política del Ministerio Público Fiscal sobre cómo abordarlo: desde el tratamiento de las víctimas que deciden denunciarlo hasta el relato en el debate, si es que surge.

R.P: Poder debatir sobre las dificultades que se presentan en estos casos, el modo en que se fueron resolviendo en las distintas jurisdicciones, con el objetivo último de consensuar criterios de intervención que tengan en cuenta las características particulares que tiene este tipo de violencia. Por último, y no por ello menos importante, nos parece fundamental el modo en que se abordan los casos cuando las víctimas desean denunciarlo, así como el respeto al derecho a la intimidad de aquellas que no desean instar la acción penal por los abusos sufridos.