25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Fiscalía Nº 4 ante la Cámara Federal de Casación Penal
El fiscal De Luca rechazó la recusación planteada por la defensa de un ex agente de inteligencia condenado
El abogado de un condenado por su actuación en el centro clandestino “La Cacha” (La Plata) pidió que se aparte al fiscal Javier De Luca y se designe uno nuevo. Alegó “incapacidad física” del representante del MPF para actuar en su causa por su actividad paralela como docente y habitual conferencista. El fiscal contestó que aquello no encuadra en los supuestos de recusación y que sus actividades docentes o académicas no interfirieron nunca ni interfieren en absoluto con su trabajo de fiscal.

El Fiscal General ante la Cámara Federal de Casación Penal Javier De Luca, a cargo de la Fiscalía Nº 4, solicitó rechazar el planteo formulado por el abogado Juan José Losinno, defensor de Claudio Grande -civil de Inteligencia del Ejército-, quien solicitó su apartamiento y requirió que se designe a otro representante del MPF para intervenir en la causa. El abogado alegó en su escrito una “incapacidad física” confesa de parte del fiscal de casación.

​L​a defensa alega que “esa incapacidad sería consecuencia de una falta de disponibilidad física y psíquica para preparar las 'numerosas conferencias' que dice haber visto en el curr​i​culum académico, las que considera que son 'vox populi' en el fuero y que ilustra con una  fotografía en la UBA con la bandera del PC como fondo". Dice la defensa que "si ​el fiscal tiene la misma capacidad para llevar adelante la actividad de la cátedra ​de la que es​ profesor asociado, para subrogar y trabajar en otra fiscalía y si t​iene tiempo para militar en la asociación Justicia Legítima –o en el PC-​, también deb​e​ tener tiempo para concurrir a las audiencias de esta causa".

De Luca sostuvo en su dictamen que las razones esgrimidas por el defensor no encuadran en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 55 del Código Procesal Penal de la Nación, que regula los motivos de recusación de fiscales por aplicación del artículo 71 de ese cuerpo legal.  Asimismo, refirió que el abogado defensor “se equivoca al atribuirme la incompatibilidad prevista en el segundo párrafo del artículo 58 de la ley 27.148”.

“Desde que comencé mi actividad como docente en el año 1986 diagramo las clases para que no entren en conflicto con las funciones que tuve a mi cargo dentro del Poder Judicial y, desde 2001, en el Ministerio Público Fiscal. Lo mismo puedo decir respecto de las conferencias, congresos, coloquios o simposios a los que me ha tocado asistir en calidad de ponente o expositor”, adujo el fiscal.

Finalmente, el representante del MPF  argumentó ​que no entendía en qué consist​ía ​el agravio jurídico y la queja del defensor,​ ya que había asistido y expuesto oralmente en la audiencia a la que hacía​ referencia el abogado Losinno.

​El fiscal De Luca agregó que tomaba como un agravio personal la elección de la fotografía que se refería a una charla que había dado en el aula de Extensión Universitaria de la Facultad de derecho de la UBA​ organizada por una de las tantas agrupaciones que conforman el Centro de Estudiantes, debido a que detrás de los oradores se había colocado una bandera de esa agrupación del Partido Comunista, y por atribuirle "militancia" en la Asociación Civil Justicia Legítima y en el PC.

De Luca Hizo notar que esa elección no era inocente, pues en su lugar podría haber acompañado cientos de fotografías más que ilustran cientos de seminarios, coloquios, conferencias, etcétera, con profesores, estudiantes, investigadores, de diferentes ideologías, extracciones políticas y posiciones jurídicas. Que tomaba esa presentación como un simbolismo, un acto de macartismo del abogado, propia de la época en que el condenado era funcionario público, ya que por entonces mucha gente fue perseguida por el sólo hecho de tener ideas marxistas o por aparecer en una fotografía alusiva o por pertenecer a alguna agrupación o integrar una lista, y que, justamente, su defendido estaba condenado por formar parte de un plan sistemático de eliminación de gente que tenía esas ideas o que se sospechaba que las tenía.

Claudio Raúl Grande era civil de Inteligencia del Ejército y actuó como guardia en el centro clandestino de detención (CCD) “La  Cacha”. Grande revistaba como Personal Civil de Inteligencia (PCI) en el Destacamento 101 del Ejército, órgano de espionaje de la subzona militar 11, con cabeza en la capital bonaerense.

En marzo de 2015, los fiscales de la Unidad que intervienen en crímenes de terrorismo de Estado en La Plata Marcelo Molina y Juan Martín Nogueira recurrieron ante la Cámara Federal de Casación Penal el grado de participación y la pena de 13 años de prisión impuesta a Grande en la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº  1 de La Plata en 2014 en la causa por crímenes de lesa humanidad en La “Cacha”.