25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
Ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°5 de San Martín
Mansión Seré III: solicitaron 25 años de prisión para dos integrantes de la Fuerza Aérea por delitos de lesa humanidad
El MPF consideró acreditada la responsabilidad de Mario Domingo Rulli y de Julio Narciso Flores por privaciones ilegales de la libertad y tormentos perpetradas en ese centro clandestino de detención en perjuicio de 68 víctimas.

Esta semana concluyeron los alegatos de la Fiscalía en el tercer juicio por crímenes contra la humanidad perpetrados en el centro clandestino de detención Mansión Seré. Intervienen en la etapa de juicio los fiscales Ángeles Ramos y Leonardo Filippini y la auxiliar fiscal Nuria Piñol Sala. El juicio tramita ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°5 de San Martín, integrado por la jueza María Claudia Morgese Martín y los jueces Alfredo Justo Ruiz Paz y Marcelo Gonzalo Díaz Cabral.

El Ministerio Público Fiscal solicitó la pena de 25 años de prisión para Mario Domingo Rulli y Julio Narciso Flores, por múltiples privaciones ilegales de la libertad y tormentos cometidas durante la actuación de ambos como funcionarios militares de la Fuerza de Tareas 100. Los delitos materia del debate incluyeron un universo de 68 víctimas y fueron cometidos en la Subzona 16, que abarcaba el oeste del conurbano bonaerense y dependía, al momento de los crímenes, de la Fuerza Aérea Argentina.

En el mismo debate oral iba a ser juzgado también el ex comisario Omar Elisendo Hernández por 22 hechos de privación ilegal de la libertad y tormentos ocurridos entre 1976 y 1979 en la Comisaría 1ra de Moreno, que integraba el mismo circuito represivo a cargo de la Fuerza Aérea, tal como había sido requerido por la Fiscalía y las querellas. Finalmente, el 25 de junio del corriente año el Tribunal decidió apartarlo de este proceso y actualmente se espera nueva fecha de debate, junto con otro tramo de la misma causa que incluye hechos ocurridos en  el entonces destacamento de Paso del Rey y la subcomisaría de Francisco Alvarez, también bajo la jefatura de Hernández y donde también se juzgará al ex Oficial Inspector Roberto Ricardo Chiessi.

Calificación legal

El MPF acusó a Rulli por 68 privaciones ilegales de la libertad doblemente agravadas por haber sido cometidas por funcionario público y por mediar violencia o amenazas, en concurso ideal con el delito de imposición de tormentos, doblemente agravados por haber sido cometidos por un funcionario público y por la condición de perseguido político de la víctima. Muchas de esas privaciones de la libertad estuvieron agravadas también por haberse extendido durante más de un mes.

Por su parte, a Flores se lo acusó de 31 privaciones ilegales de la libertad, doblemente agravadas -por haber sido cometidas por funcionario público y por mediar violencia o amenazas-, en concurso ideal con tormentos doblemente agravados por haber sido cometidos por un funcionario público y por la condición de perseguido político. Varias de las privaciones ilegales de la libertad también estuvieron agravadas por su extensión superior a un mes.

Los secuestros, allanamientos ilegales y torturas ocurrieron en el marco del circuito represivo en la zona oeste del conurbano bonaerense en el cual operaba la Fuerza de Tareas 100, de la cual dependieron los Grupos de Tareas 10, 11 y 12. Dicho corredor represivo contaba con múltiples Centros Clandestinos de Detención (CCD) que funcionaban de forma conjunta. Entre ellos: Mansión Seré, la Iª Brigada Aérea de Palomar, la VIIª Brigada Aérea de Morón, la Comisaría de Castelar, la Comisaría de Haedo, la Comisaría 1ª de Morón y la Comisaría de Moreno.

Las imputaciones

Según detalló la acusación, ambos imputados fueron parte de la Fuerza de tareas 100.

Con relación a Rulli, el MPF consideró que surgía sobradamente del debate que el acusado había intervenido en el centro clandestino como miembro de la patota, en secuestros e interrogatorios bajo tortura en el período que se le imputaba. Esto fue acreditado en base a indicios, prueba documental, testimonial directa e indirecta, y reconocimientos fotográficos de sus propias víctimas, de un modo consistente.

Sobre la participación de Flores, la Fiscalía sostuvo que había sido acreditada su actuación en los grupos operativos que actuaron bajo órdenes de sus superiores Julio César Santuccione, José Ernesto Basilio y otros, dentro del sistema represivo.

En ambos casos, la Fiscalía dio por probado el uso de la Mansión Seré como CCD  y su conexión con las brigadas aéreas de la región, el papel de los acusados y la relación de ambos con de sus superiores y compañeros de tareas. Este accionar incluyó los secuestros, torturas y cautiverios en condiciones inhumanas de detención que configuran tormentos de todas las personas que pasaron por el centro clandestino.

Crímenes de lesa humanidad

En este mismo sentido, el alegato del MPF valoró la prueba que daba cuenta de las privaciones ilegítimas de la libertad, sistemáticamente violentas y producidas bajo amenazas en Mansión Seré. Además, recordó en su exposición que las violencias comenzaban incluso en la etapa anterior, ya en el abordaje a las víctimas. Ellas eran detenidas en sus domicilios u otros sitios de pasaje o residencia, por grupos que ingresaban por la fuerza; reducidas con armas de fuego y bajo violencia física y psicológica.

En este escenario, la acusación señaló que las víctimas fueron desnudadas, amenazadas en forma constante, recibieron palizas, las tabicaron, y padecieron condiciones de salud e higiene deplorables: inanición, aislamiento tanto del entorno como del exterior, prohibición del uso de la palabra, o de cualquier otra forma de comunicación, sujeción forzada con grillos o esposas y la aplicación de picana eléctrica, entre otros graves sufrimientos. Asimismo, la Fiscalía recordó que varias víctimas sufrieron múltiples agresiones sexuales por integrantes de los grupos de tareas, quienes también expresaban insultos antisemitas a quienes permanecían en cautiverio.

Tras la audiencia del alegato del MPF, restan las exposiciones de las querellas, de las defensas y se espera el veredicto para la segunda parte del año.

Antecedentes

En abril de 2011, la Sala IV de la Cámara Nacional de Casación Penal ratificó la pena de 25 años de prisión a los dos ex brigadieres Hipólito Rafael Mariani y César Miguel Comes por delitos de lesa humanidad, condena que había sido impuesta por el Tribunal Oral Federal Nº 5 en 2008, en lo que fue el primer juicio oral por crímenes cometidos en dicho centro clandestino de detención.

Además, en julio de 2015 el Tribunal Oral Federal N° 5 de San Martín condenó a los cinco militares y tres policías acusados por crímenes de lesa humanidad -entre ellos, delitos sexuales- en la denominada Subzona militar 16, que comprendió a los distritos bonaerenses de Morón, Merlo y Moreno, bajo comando de la Fuerza Aérea en el marco de la represión ilegal desatada durante la última dictadura cívico militar.