27 de abril de 2024
27 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervino la Fiscalía General ante el Tribunal Oral Federal de Paraná
Paraná: condenan a tres médicos por sustracción de menores en el marco del terrorismo de Estado
El Tribunal Oral de dicha jurisdicción impuso penas de entre seis y diez años de prisión a los médicos civiles por haber recepcionado en el Instituto Privado de Pediatría a su cargo, a dos mellizos que nacieron en cautiverio en el Hospital Militar de Paraná.

El Tribunal Oral Federal de Paraná condenó a penas de entre seis y diez años de prisión a Miguel Alberto Torrealday, David Vainstub y Jorge Eduardo Rossi, tres médicos del Instituto Privado de Pediatría (IPP) de dicha localidad entrerriana, por la sustracción de los hijos mellizos de  Edgar Tulio Valenzuela y Raquel Carolina Ángela Negro, que nacieron en cautiverio en el Hospital Militar de Paraná, durante la última dictadura cívico-militar. En representación del Ministerio Público Fiscal intervinieron el titular de la Fiscalía General ante el TOF de Paraná, José Ignacio Candioti y el fiscal coadyuvante Carlos García Escalada, con colaboración de la Unidad Especializada para Casos de Apropiación de Niños durante el Terrorismo de Estado (UFICANTE), que actualmente encabeza Leonardo Filippini.

Miguel Alberto Torrealday fue condenado a la pena de nueve años de prisión como partícipe necesario del delito de alteración o supresión del estado civil de dos menores de 10 años (art. 139 inc. 2º del C.P., texto según ley 11.179), en concurso ideal con el delito de sustracción, retención y ocultamiento de dos niños menores de 10 años (art. 146 del C.P., texto según ley Nº 24.410), respecto de cada uno de los hijos mellizos de Raquel Negro y Edgar Valenzuela, en concurso real. Por su parte, Jorge Eduardo Rossi y David Vainstub fueron condenados a la pena de seis años de prisión por resultar partícipes secundarios.

En su alegato, los representantes del Ministerio Publico Fiscal habían pedido la pena de doce años para Torrealday y de nueve años para Vainstub y Rossi. En esa oportunidad destacaron que quedó probado el  conocimiento de los médicos del IPP de la situación irregular de los bebés y, por ende, que no hubo accionar culposo, que actuaron con total conocimiento e intención.

Los hechos fueron calificados en la sentencia como delitos de lesa humanidad y allí “quedó demostrado que los imputados participaron en la continuidad de la acción emprendida por el grupo de tareas comisionado por el Teniente Coronel Pascual Guerrieri, para traer al Hospital Militar de Paraná a Raquel Negro para que diera a luz mellizos que había engendrado con su compañero de militancia en la lucha revolucionaria, Tulio Valenzuela, para luego disponer de los mismos sustrayéndolos de sus familiares (…)”.

En la resolución asimismo se dispuso, conforme lo solicitara el fiscal general, que se remita a la Fiscalía Federal de Paraná, copia certificada del careo efectuado entre Sabrina Gullino y una de las enfermeras del IPP, a los fines de continuar con la búsqueda del paradero de su hermano mellizo.

Esta causa se originó a partir de un juicio desarrollado en 2011, conocido como “Hospital Militar de Paraná” en el que quedó acreditado que Raquel Carolina Ángela Negro fue ilegalmente detenida en Rosario mientras cursaba las últimas instancias de un embarazo de mellizos y fue trasladada al Hospital Militar de Paraná. Entre los últimos días de febrero y los primeros de marzo de 1978 tuvo un parto clandestino y dio a luz a mellizos, uno de cada sexo. Los bebés, a quienes el personal de enfermería llamó “Soledad” y “Facundo”, fueron llevados a la sala de terapia intensiva del Hospital Militar.

Médicos civiles que cumplían funciones en ese hospital advirtieron la presencia irregular de los bebés en la sala de terapia intensiva de adultos y por ello, con la intervención de la Dirección del Hospital Militar, se trasladó a los niños al IPP, propiedad de los tres médicos condenados y de otro profesional fallecido, quienes gestionaron las permanencias irregulares de los dos bebés en la sala de neonatología del dicho nosocomio.

El 27 de marzo de 1978, los condenados autorizaron el alta de ambos niños, y los entregaron –a sabiendas- a personas ajenas a sus padres, lo que posibilitó la sustracción de los bebés del poder de su madre y su posterior ocultamiento. Así, la niña fue abandonada en la puerta del Hogar del Huérfano de Rosario, donde fue ingresada bajo el nombre de “N.N. María Andrea” y, tras cumplimentarse los procedimientos formarles, dada en adopción a un matrimonio que la inscribió como Sabrina Gullino.

Finalmente, Sabrina recuperó su identidad en 2008 -es la nieta número 96- y desde esa fecha busca a su hermano mellizo quien, al día de hoy, permanece desaparecido junto a sus padres biológicos, Raquel Negro y Edgar Tulio Valenzuela.