Los fiscales federales Carlos Brito y Pablo Camuña, con el apoyo de la Oficina Tucumán de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad a cargo de éste último, presentaron conjuntamente el requerimiento de indagatorias más voluminoso en la jurisdicción desde la reapertura de los procesos.
El objeto del proceso comprende los hechos delictivos posteriores al quiebre institucional del 24 de marzo de 1976 y ubicados geográficamente en el sur de la provincia de Tucumán que en el “Operativo Independencia”fue denominado por los militares como “Zona de Operaciones” (desde la localidad de San Pablo como punto Norte a Concepción como punto Sur, y desde las altas cumbres al Oeste hasta la ruta n° 38 al Este). En términos históricos este conjunto de hechos implica la continuidad de las tareas de ocupación territorial, persecución y represión clandestina iniciadas en la zona azucarera de Tucumán a partir de 1975 con el “Operativo Independencia”.
El eje del fenómeno represivo aquí fue la instalación en la Zona de Operaciones de un “Puesto de Comando Táctico” avanzado, que se localizó en el ex Ingenio Nueva Baviera (Famaillá), donde funcionó el centro clandestino de detención principal y desde donde muchas víctimas fueron trasladadas a sus destinos finales. También el protagonismo se vuelca hacia el funcionamiento de la inteligencia militar como médula del sistema represivo, a cargo del Destacamento 142 de inteligencia con aportes del Batallón de Inteligencia 601.
El objeto procesal aborda también el funcionamiento de la inteligencia militar como médula del sistema represivo, a cargo del Destacamento 142 de inteligencia con aportes del Batallón de Inteligencia 601.
El despliegue en el sur de la provincia y en cada una de sus localidades a partir del despliegue de media docena de “Fuerzas de Tarea” fue equiparado por el MPF a la ocupación militar de un país extranjero. El Tribunal Oral de Tucumán en una de sus sentencias ya expresó que en esos poblados se desarrolló entre 1975 y 1983 una verdadera “experiencia totalitaria” ya que los militares ocupantes controlaron no sólo el espacio público, sino también todos los aspectos de la organización familiar y privada de sus pobladores e intervinieron en toda forma de sociabilidad de los y las habitantes de esos pueblos, caracterizados por su vulnerabilidad social. Este control territorial llegó a su máxima expresión con la construcción por parte de las autoridades de facto de cuatro pueblos, lo que implicó la relocalización de comunidades enteras o el traslado forzoso de poblaciones (en los términos del art. 2 del Estatuto de Roma) que perdieron sus nombres originarios para ser llamadas con nombres de militares fallecidos en esa zona.
En cuanto a las víctimas, en su gran mayoría eran campesinos y campesinas y pobladores de la zona que muchas veces habían quedado sin trabajos estables producto del cierre de ingenios azucareros en la provincia en la década de 1960. Muchos de ellos se dedicaban aún a la actividad azucarera. Todas las víctimas fueron secuestradas y torturadas, muchas mujeres y adolescentes sufrieron delitos contra la integridad sexual y más del 25% de las 462 víctimas se encuentran desaparecidas. De éstas 18 fueron identificadas en tres lugares de inhumaciones clandestinas: una en el Cementerio del Norte, cuatro en una fosa común en el Arsenal Miguel de Azcuénaga y trece en el llamado “Pozo de Vargas”.
En cuanto a las víctimas, en su gran mayoría eran campesinos y campesinas y pobladores de la zona que muchas veces habían quedado sin trabajos estables producto del cierre de ingenios azucareros.
Las acusaciones a los 81 imputados abarcan las figuras de violación de domicilio, privación ilegítima de la libertad agravada, imposición agravada de torturas, homicidio triplemente calificado, aborto, delitos sexuales (abuso deshonesto y violación), reducción a la servidumbre, extorsión, robo agravado, usurpación, lesiones, estrago doloso y asociación ilícita, todos ellos calificados como delitos de lesa humanidad según el derecho penal internacional.