25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El atentado en el barrio Nueva Alberdi, de Rosario
Casación resolvió que el ataque a militantes del Movimiento Evita es conexo a casos de narcotráfico
La Sala III del máximo tribunal penal hizo lugar a la inhibitoria solicitada por los fiscales rosarinos para que la justicia provincial se inhiba de intervenir en la causa de la balacera contra cuatro militantes, el juez federal deberá requerir el expediente a su par del fuero ordinario.

La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso de la fiscalía y resolvió dar curso al pedido de inhibitoria de la causa que tramita en el fuero ordinario por la balacera de la que fueron víctimas cuatro integrantes del Movimiento Evita en el barrio Nueva Alberdi de Rosario el 10 de enero pasado, tres de ellos testigos protegidos en el marco de las causas en las que se investiga a organizaciones narcocriminales con influencia territorial en la zona. Con esta resolución, fechada el 27 de junio pasado, el titular del Juzgado Federal N°4 de Rosario, Marcelo Bailaque, deberá requerir al juez provincial que se inhiba de seguir interviniendo en el expediente en el que se investigan las lesiones, tentativa de homicidio y amenazas coactivas contra los cuatro militantes. Una vez que esto suceda, si el juez provincial rechaza el pedido, podrá trabarse la cuestión de competencia.

Con el voto unánime de los camaristas Eduardo Riggi, Liliana Catucci y Ana María Figueroa, el máximo tribunal penal dio cauce al recurso de la fiscal Coordinadora de Distrito, Adriana Saccone, quien siguió el criterio Juan Patricio Murray y Federico Reynares Solari, que contó en esta instancia con el acompañamiento de la fiscal de Casación, Adriana García Netto. El Ministerio Público Fiscal había requerido Bailaque que solicitara la inhibición para entender en la causa a su par del Juzgado de Distrito de Instrucción de la 15º Nominación.

Pero Bailaque y luego la Sala A de la Cámara Federal de Rosario habían rechazado el pedido inicial de Murray y Reynares Solari. El juez federal de instrucción y el tribunal de alzada habían indicado que seguir el criterio de los fiscales "generaría una especie de fuero de atracción de la
justicia federal y la llevaría a intervenir en todos aquellos hechos de derecho común que pudieran tener algún tipo de vinculación con el tráfico de estupefacientes".

La Sala III de la Cámara de Casación fustigó en su resolución los criterios seguidos por sus tribunales inferiores que rechazaron la petición de los fiscales federales. En especial, criticó duramente a la Sala A de la Cámara Federal rosarina. "La insensatez del pronunciamiento deriva de una desinteligencia normativa y jurisprudencial del Superior aplicables al caso aunada a la falta de percepción en la realización del proceso penal, que no es otro que lograr la correcta aplicación de las normas penales", indicó Catucci en su voto, al que adhirieron Righi y Figueroa.

"Difícil resulta entender lo decidido cuando no se discutieron los hechos investigados por los Sres. Magistrados de las distintas competencias materiales de la Ciudad de Rosario, ni su íntima vinculación, lo que acarrea sin dificultades advertir de entrada la arbitrariedad de lo resuelto", continuó el fallo de Casación.

En la misma línea, los camaristas del máximo tribunal penal destacaron que los militantes atacados "eran columnas vitales para la pesquisa del gran comercio de drogas, de donde separarlos del asunto que generaba su colaboración importa un claro menosprecio de su real valía a título personal y para el proceso penal precisamente".

"Se imponía decidir en un sentido justamente inverso", apuntó la resolución, que destacó "la identidad de la justicia federal para conocer en total envergadura de las conductas calificadas de ilicitud".

Los jueces de Casación precisaron que debió hacerse lugar al pedido de inhibitoria "sólo con el fin de no aniquilar una relevante pesquisa en la que involucran aparentemente poderosas bandas de narcotráfico, presupuesto que surte ineludiblemente la competencia del fuero de excepción, ni más ni menos porque comprometen la seguridad del Estado y obstruyen o corrompen el buen servicio de sus empleados y el orden público en general. Sentido hacia el cual se dirigen los Sres. Fiscales en sus locuciones" (sic).

Los jueces de Casación también fundaron la competencia federal en este tipo de procesos en los compromisos internacionales del Estado Argentino "tendientes a la erradicación de la droga": La jueza Figueroa citó especialmente en su voto la suscripción por parte de nuestro país de la Convención de las Naciones Unidas contra el "Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas".