29 de abril de 2024
29 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervino la Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán
Catamarca: confirmaron el procesamiento sin prisión preventiva de un abogado y exjuez involucrado en actividades de narcotráfico
La Cámara Federal de Tucumán rechazó los recursos de apelación interpuestos por su defensa y el Ministerio Público Fiscal, que pretendía que se dictara su prisión preventiva. El imputado está procesado como coautor del delito de comercialización de estupefacientes agravado por el número de intervinientes.

La Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán confirmó el procesamiento sin prisión preventiva y el embargo de $70.000 dispuesto por el juez federal de Catamarca, Miguel Ángel Contreras, respecto del abogado y exjuez provincial Juan Pablo Morales, imputado como coautor del delito de comercio de estupefacientes agravado por el número de intervinientes.

De este modo, las y los camaristas Marina Cossio, Mario Rodolfo Leal, Patricia Marcela Moltini y Ricardo Sanjuan rechazaron los recursos interpuestos por la defensa y por la Fiscalía Federal N°1 de Catamarca, que había solicitado su prisión preventiva. Esta última presentación fue mantenida en la instancia por el titular de la Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, Antonio Gustavo Gómez.

El caso

La investigación comenzó en 2021, a raíz de datos obtenidos en una serie de escuchas telefónicas desarrolladas por la Unidad de Investigaciones de Delitos Complejos y Procedimientos Judiciales “Catamarca” de la Gendarmería Nacional sobre dos hombres vinculados a actividades de narcotráfico.

De esas medidas surgieron nuevos teléfonos y comunicaciones con otras personas, incluido el abogado procesado. Así se pudo determinar la existencia de una organización criminal dedicada, entre otras actividades, al tráfico y comercialización de drogas, que operaría en las provincias de Catamarca, Tucumán, Salta, La Rioja, San Juan y la ciudad de Buenos Aires.

El 7 de diciembre de 2021 el juez federal Contreras procesó a varios de los imputados, pero dictó la falta de mérito en favor del abogado. La medida fue recurrida por el fiscal federal Santos Reynoso y, el 10 de junio de 2022, la Cámara Tucumana revocó la decisión y remitió la causa al juzgado de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento. Así, el 2 de febrero pasado el juez dispuso el procesamiento sin prisión preventiva del abogado, como coautor del delito de comercialización de estupefacientes agravado por el número de intervinientes y trabó embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de $70.000.

La defensa y la fiscalía recurrieron la resolución. En su presentación, el letrado que asiste al abogado imputado señaló que “la resolución no resulta una derivación razonada del derecho conforme a la evidencia recabada en la causa, por lo que luce arbitraria y debe ser revocada”. Respecto a las pruebas sostuvo que el MPF efectuó “un análisis parcializado, tendencioso y subjetivo” y que “se confundió la actividad como profesional del derecho, específicamente en el ámbito penal, con la participación en los hechos ilícitos investigados en connivencia con el resto de las personas investigadas”.

Por su parte, el Ministerio Público Fiscal se agravió de que el procesamiento fuera dictado sin prisión preventiva y consideró al decisorio como carente de motivación. En ese orden de ideas, la fiscalía puntualizó que el juez no tuvo en cuenta la gravedad de la imputación, la pena en expectativa, las características de la organización investigada, la actitud del procesado al entrevistar a los coimputados, su vínculo de amistad con funcionarios judiciales y la falta de profundización de la investigación.

La resolución de la Cámara Federal

Al resolver la cuestión, la Cámara Federal de Apelaciones tucumana rechazó los planteos y confirmó la resolución del juez de grado.

Los y las camaristas desestimaron el planteo de la defensa por considerar que existían “elementos suficientes como para considerar factible la participación del encartado en las maniobras relacionadas con el tráfico de estupefacientes”, pues había un “trato fluido” entre el abogado y los demás procesados, “quienes asiduamente asistían a su estudio e intercambiaban llamadas”.

Igual postura adoptaron respecto a la presentación del Ministerio Público Fiscal, por cuanto consideraron que el juez “analizó las circunstancias de la causa y resolvió las medidas de coerción (en relación al imputado), conforme los parámetros establecidos por el Código Procesal Penal Federal”.