El Tribunal Oral Federal de Santa Rosa condenó a cinco años de prisión a dos hombres que transportaron tres kilos de cocaína y fueron interceptados en el Puesto Caminero de Catriló, provincia de La Pampa, en junio de 2019. El juicio se celebró de manera virtual y por el Ministerio Público Fiscal intervino el por entonces fiscal general subrogante ante ese órgano jurisdiccional, Leonel Gómez Barbella. En uno de los casos la pena fue unificada en ocho años de prisión porque uno de los imputados registraba una condena firme por el mismo delito, impuesta por el Tribunal Oral Federal de Rio Gallegos.
Los fundamentos del fallo dictado de manera unipersonal por el juez Pablo Ramiro Díaz Lacava fueron dados a conocer el 29 de diciembre. El magistrado encontró a los acusados como coautores del delito de transporte ilegal de estupefacientes y, además de las penas de prisión, dispuso para cada uno multas de cincuenta unidades fijas, inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena y costas. También determinó que corresponde la destrucción del remanente del estupefaciente y el decomiso de los elementos secuestrados durante el procedimiento en la Ruta Nacional N°5, tal como fuera solicitado por Gómez Barbella.
Los hechos probados
Al momento de alegar, el representante del MPF sostuvo que se hallaban probadas tanto la existencia de los hechos atribuidos como la intervención de los imputados. Así, quedó acreditado que transportaron 3,148 kilogramos de cocaína - fraccionada en tres trozos compactos tipo “ladrillos” que llevaban ocultos en un Fiat Palio-. Cerca de las 09:30 del 26 de junio de 2019 se detuvieron en el Puesto Caminero Catriló; tras ser identificados y consultados sobre el motivo del viaje, cuando el personal policial les solicitó que desciendan del automotor emprendieron la fuga. Ante esa situación se desplegó un “operativo cerrojo”, que además contó la asistencia del área de Toxicomanía para rastrillar la zona y dar con los paquetes que habían sido descartados a la vera del camino. Los acusados luego fueron aprehendidos.
Durante el proceso declararon los agentes que intervinieron en el hecho, entre otros comparecientes. También se valoraron las pericias químicas realizadas por el Departamento de Criminalística y Estudios Forenses del Comando de Región V, de la Gendarmería Nacional Argentina, que revelaron que la sustancia secuestrada era clorhidrato de cocaína y que a partir de su peso podían obtenerse 26.206,8 dosis umbrales.
Para el juez del TOF, los elementos reunidos en la causa y analizados en el debate oral “dan cuenta del accionar común de los imputados, sin lograr ninguno de ellos conmover la certeza que he adquirido sobre su participación con sus mendaces descargos”. La fiscalía, asimismo, había postulado el rechazo a planteos de nulidad e inconstitucionalidad de la pena de multa formulados por la defensa, que fueron resueltos en ese sentido por el juez interviniente.