En el marco de un acuerdo pleno bajo los alcances del Código Procesal Penal Federal (CPPF), la Sede Fiscal Descentralizada de San Nicolás logró condenas de hasta 4 años y medio de prisión para cuatro hombres que comercializaban estupefacientes en las ciudades bonaerenses de Colón y Junín. Incluida la etapa inicial de investigación, la resolución del caso demandó solo 14 meses.
La organización abastecía puntos de venta al menudeo en ambas ciudades del norte bonaerense. En los allanamientos dispuestos en el marco de la investigación se le incautó 22,5 kilos de marihuana, elementos para su cultivo bajo techo, 250 gramos de cocaína, dos armas de fuego, municiones de distintos calibres, un automóvil, una motocicleta, un millón de pesos en efectivo y 100 dólares.
El primero de los condenados fue Patricio Antonio Molina Hernández -residente en Junín-, quien recibió la pena única a 4 años y 6 meses de prisión e inhabilitación absoluta por el término de la condena, como autor del delito de tráfico de estupefacientes en concurso real con tenencia ilegal de armas, ya que en su casa se hallaron -sin autorización legal-, dos revólveres calibre .38 y .32 aptos para el disparo.
En el acuerdo se dejó constancia que al imputado se le revocó la condicionalidad de otra condena, a la pena 1 año y 4 meses de prisión de ejecución condicional, dictada en abril de 2023 por el Juzgado Correccional N°2 de Junín, por lo que la pena única impuesta es comprensiva de los hechos atribuidos en el juicio de trámite abreviado.
A su vez, Francisco David Romero y Carlos Damián Rolón fueron condenados a 4 años y 3 meses de prisión, mientras que Juan Cruz Tolosa recibió 4 años de prisión, también como autores del delito de tráfico de estupefacientes e inhabilitación absoluta por el término de la condena. Rolón, además, fue declarado reincidente.
Las sentencias fueron dictadas el 30 de octubre pasado por el juez de Garantías de San Nicolás, Carlos Villafuerte Ruzo, en el marco de una audiencia desarrollada en los términos del artículo 324 del CPPF, oportunidad en la que el magistrado homologó el acuerdo pleno suscripto entre la Sede Fiscal Descentralizada San Nicolás -a cargo del fiscal Di Lello quien fue secundado por el auxiliar fiscal Wenceslao Insúa-, y las defensas de los imputados.
Según los elementos reunidos en el legajo y expuestos por la fiscalía al momento de formular la acusación, se acreditó la participación de los cuatro condenados en maniobras reiteradas de venta de estupefacientes al menudeo y en modalidad delivery en Colón y Junín, entre el 2 de agosto de 2024, fecha de inicio de la pesquisa, y el 23 de marzo de 2025, cuando se realizaron los allanamientos, requisas, incautaciones de drogas y detenciones.
Al momento de dictar sentencia, el juez Villafuerte Ruzo analizó las pruebas en las que se apoyó la acusación del MPF, y verificó el cumplimiento de los requisitos relativos al procedimiento abreviado, entre ellos, la acreditación de la conformidad genuina de los acusados con el acuerdo, su cabal comprensión de sus términos y sus consecuencias, el conocimiento del derecho a exigir un juicio oral si lo estimasen conveniente y, en definitiva, homologó el acuerdo y la dictó sentencia.
La organización abastecía puntos de venta al menudeo en ambas ciudades del norte bonaerense. En los allanamientos se le incautó 22,5 kilos de marihuana, elementos para su cultivo bajo techo, 250 gramos de cocaína, dos armas de fuego, municiones de distintos calibres, un automóvil, una motocicleta, un millón de pesos en efectivo y 100 dólares.
El caso
La investigación se inició en agosto de 2024, a partir de una denuncia anónima recibida por la Delegación Departamental de Investigaciones del Tráfico de Drogas Ilícitas de Pergamino de la policía bonaerense, que alertaba sobre el traslado de estupefacientes en “cantidades significativas” desde Junín hacia Colón. Según la información, Patricio Molina Hernández -conocido como “Patri”- utilizaba su vehículo Volkswagen Gol Trend para el transporte de la droga hacia el domicilio de “Juano” Tolosa.
Las tareas encomendadas por la Sede Fiscal Descentralizada San Nicolás permitieron individualizar las posibles identidades de los denunciados a través de consultas realizadas en diversas bases de datos y tareas de campo.
En ese contexto, se constató que Molina Hernández se desplazaba en su vehículo hacia Colón, siempre acompañado por Romero. En esa ciudad, ambos fueron registrados en movimientos compatibles con la entrega y el abastecimiento de estupefacientes a Rolón, a Tolosa, y a otras personas no identificadas, los días 6 y 11 de septiembre y 17 de noviembre de 2024.
Luego de recibir la droga, Rolón fue observado en reiteradas oportunidades realizando maniobras típicas de venta de estupefacientes al menudeo y bajo la modalidad delivery desde su domicilio. Esas conductas fueron documentadas los días 27 de noviembre de 2024, 29 de enero y 1° de marzo de 2025.
Por su parte, Tolosa también recibió droga de Molina Hernández y Romero en su domicilio de calle 40 y 18 de Colón, en septiembre y noviembre. Coincidentemente, a las pocas horas se lo observó vender estupefacientes al menudeo en la vía pública y frente a su casa. El 12 de diciembre de 2024 se registraron además maniobras compatibles con el abastecimiento de estupefacientes por parte de Tolosa a Rolón.
A su vez, el 9 de noviembre de 2024 se documentaron movimientos de traspaso y venta de droga en el domicilio de Molina Hernández en la ciudad de Junín. En esa oportunidad, Romero arribó en una motocicleta y ambos fueron observados manipulando un objeto que ocultaban entre sus prendas. Luego, al menos dos personas concurrieron caminando al lugar en movimientos compatibles con la compra de estupefacientes.
Las maniobras se repitieron de manera sistemática. El 9 de enero de 2025 se registró otra entrega de droga bajo la modalidad delivery desde el domicilio de Romero, así como otros movimientos similares en su vivienda y, posteriormente, el 28 de enero de 2025, en el inmueble de Molina Hernández.
Al momento de los allanamientos realizados en el curso del pasado mes de marzo, todos los imputados tenían en sus domicilios estupefacientes y elementos afines y, en el caso Molina, también los dos revólveres por los que fue condenado por el delito de tenencia ilegal de armas.