En línea con lo solicitado por el fiscal general Carlos Schaefer, la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes designará a un tutor y a un defensor de víctimas para los tres hijos -de 10, 15 y 18 años- de una mujer que hace dos meses fue detenida y cumple prisión domiciliaria acusada de vender estupefacientes para una organización narcocriminal que operaba en la ciudad de Itatí.
En este marco, el tribunal revisor -integrado por el juez Ramón Luis González y la jueza Mirta Gladis Sotelo - dispuso que el defensor de víctimas evalúe, asista a los menores y presente informes periódicos para la continuidad de la prisión domiciliaria de la imputada y para que reporte eventuales perjuicios que puedan padecer los menores de edad.
La mujer ya había sido condenada a una pena de 4 años de prisión en 2022, en el marco de otra causa por transporte de estupefacientes.
El caso
La mujer fue detenida el 2 de septiembre pasado, durante un allanamiento que se llevó a cabo en el domicilio en el que vivía con sus hijos, ubicado en el Barrio de Ibiray, donde también funcionaba un “kiosco”. Como resultado de la medida, fueron decomisados 190 gramos de cocaína, 274 gramos de marihuana, 826.640 pesos, ocho teléfonos celulares y elementos de fraccionamiento del material estupefaciente, entre los que se encontraban tijeras y balanza de precisión.
Tras la detención, la defensa pidió la excarcelación o la prisión domiciliaria de la mujer. Sin embargo, el juez subrogante a cargo del Juzgado Federal N°1 de Corrientes, Gustavo Fresneda, rechazó este pedido y, como consecuencia, la defensa presentó un recurso ante la Cámara Federal de Apelaciones.
La postura del MPF
El fiscal general Schaefer adhirió parcialmente al recurso respecto al otorgamiento del arresto domiciliario y señaló que el pedido responde a una “cuestión humanitaria” y “en ponderación del interés superior del niño”, debido a que la imputada convive con sus tres hijos.
En su planteo, el representante del MPF también pidió la realización de controles psicológicos periódicos sobre los menores, a quienes a consideró las primeras víctimas del hecho delictivo.
Además, requirió la formación de un legajo de protección de víctimas, en el cual se presente un informe periódico cada 60 días a fin de mantener la medida, con la designación de un defensor que asista a los menores. Todo ello, sin que esto obstaculice la ejecución del arresto domiciliario y a efectos de la continuidad de la medida.
El fiscal Schaefer hizo alusión a la situación de los niños, niñas y adolescentes que integran el núcleo familiar de quien comete el delito. Asimismo, destacó la importancia de las políticas públicas de los Organismos del Estado para garantizar los derechos de las niñas, niños y adolescentes y enfatizó que la familia “es responsable en forma prioritaria de asegurar su disfrute pleno y el efectivo ejercicio de sus derechos y garantías”.
El fallo de la Cámara
Finalmente, el tribunal revisor consideró que el recurso “se encuentra debidamente fundamentado”, conforme lo establece el art. 123 del CPPN. No obstante, respecto al otorgamiento del arresto domiciliario de la imputada, consideraron “fundamental” su presencia en el hogar, “ello, previa designación de un tutor para el cumplimiento de la medida morigerada de coerción”.
Al no existir “contradicción” sobre el otorgamiento del arresto domiciliario, el tribunal revisor entendió que corresponde conceder dicho beneficio, previa designación de un tutor y bajo las medidas de seguridad que considere el juez que tiene a cargo la causa; como así también la posterior designación de un defensor de víctimas que asista a los menores y presente informes periódicos para la continuidad de la medida.
“Asimismo, deberá comunicarse a la Dirección de Protección de Niñez y Adolescencia(DIPNA) y al Juzgado de Familia competente, a efectos de la realización de medidas concretas de protección de los menores y confirmar en todo lo demás el auto recurrido que fuera materia de apelación”, concluyeron.