27 de julio de 2024
27 de julio de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En una causa por crímenes cometidos durante la dictadura
Casal dictaminó contra una recusación
En el marco del proceso que se sigue por los delitos cometidos en el circuito Atlético-Banco-Olimpo, la defensa de los imputados argumentó que la Sala IV de la Cámara había afectado la garantía constitucional de imparcialidad.

El Procurador Fiscal ante la Corte Suprema de Justicia, Ezequiel Casal, dictaminó que debe desestimarse el recurso en queja elevado por la defensa de 13 condenados contra la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, en el marco de una causa por los crímenes cometidos en el centro clandestino de detención que funcionara en “Club Atlético”, “El Banco” y “Olimpo”.

La defensa de Julio Héctor Simón, Oscar Augusto Isidro Rolón, Raúl González, Eduardo Emilio Kalinec, Juan Carlos Falcón, Luis Juan Donocik, Juan Carlos Avena, Raúl Antonio Guglielminetti, Ricardo Taddei, Guillermo Víctor Cardozo, Eugenio Pereyra Apestegui, Carlos Alberto Roque Tepedino (ya fallecido) y Mario Alberto Gómez Arenas había planteado como cuestión federal la afectación de la garantía constitucional de imparcialidad, aduciendo que “los integrantes de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, que deberían revisar la condena, habrían adelantado opinión durante la instrucción sobre el fondo del asunto”. Fundamentaron su reclamo en ciertas resoluciones de los jueces Diez Ojeda, González Palazzo y Gustavo Hornos en otras causas. Como los dos primeros ya no integran la Cámara, el planteo subsiste respecto a Hornos, aclaró Casal en su dictamen.

El Procurador Fiscal señaló que no cualquier actuación del juez en la etapa anterior al juicio da lugar a la sospecha de parcialidad que admita su apartamiento. Para ello es necesario verificar si la actuación del magistrado exhibió “signos objetivos y contundentes” de formación de juicio sobre los hechos, la participación del imputado en los mismos y una presunción de culpabilidad, “aunque sea en mínimo grado”.

Al revisar los fallos del juez Hornos cuestionados por la defensa, Casal concluyó en que esos requisitos no se cumplen; “tampoco esa parte [por la defensa] brindó argumentos suficientes para demostrar lo contrario”. De esta forma, opinó que la Corte debe declarar abstracta la cuestión planteada en favor del fallecido Carlos Alberto Roque Tepedino y desestimar la queja respecto de los demás imputados.

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Dictamen