25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Recibieron prisión perpetua por crímenes de lesa humanidad
Cuestionan la domiciliaria y piden que se analice el peligro de fuga de dos condenados
En su dictamen, el Procurador Fiscal ante la Corte, Eduardo Casal, señaló que el tribunal de juicio y la cámara de casación no evaluaron el peligro de fuga del ex jefe militar Luciano Benjamín Menéndez y del ex jefe policial Roberto Albornoz, que se incrementó -aseguró- con el dictado de la condena.

El Procurador Fiscal ante la Corte Suprema, Eduardo Casal, se pronunció en favor de la concesión de un recurso extraordinario presentado por fiscal de casación, Raúl Pleé, quien se opuso al mantenimiento de la detención domiciliaria del ex jefe del III Cuerpo del Ejército, Luciano Benjamín Menéndez y el ex jefe de la Policía de Tucumán, Roberto Heriberto Albornoz, condenados por cinco homicidios llevados a cabo en 1976 en aquella provincia.

La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal había declarado mal concedido el recurso de casación interpuesto por el fiscal, y rechazado el defensivo, por lo que ambas partes articularon recurso extraordinario federal.

Casal considero que el recurso federal interpuesto por el fiscal Plee es formalmente procedente; y en cuanto al fondo del asunto expresó que entiende que asiste razón al recurrente ya que “cabe observar que criticó la decisión del tribunal oral de mantener la detención domiciliaria de los condenados, en la medida en que no se ocupó de analizar el incremento del peligro de fuga que, en su opinión, surge del dictado de 'la condena a prisión perpetua; análisis que aquel tribunal debía llevar a cabo, según se sostiene en el recurso federal, de conformidad con el estándar fijado por la Corte para este tipo de procesos, cuyo objeto son delitos calificados de lesa humanidad, consistente en el especial deber de cuidado que pesa sobre los magistrados para neutralizar tal peligro, al tener en cuenta el compromiso internacional del Estado argentino de prevenir, investigar y sancionar esos delitos".

Por otra parte, Casal postuló el rechazo del recurso presentado por la defensa de los condenados que señalaba “que la sentencia es arbitraria por carecer de motivación suficiente y que no se pudo comprobar la cadena de mando en que se basó la imputación; y tampoco la intencionalidad”; y que por esos motivos debería declararse nula la causa.

Casal sostuvo que “en el procesamiento, en el requerimiento a elevación a juicio y en los alegatos de los acusadores, se observa la misma hipótesis: Menéndez y Albornoz dispusieron la ejecución de los hechos, en el marco del plan de eliminación de los opositores al último gobierno militar, y tal ejecución se llevó a cabo según los objetivos de ese plan, de lo cual ambos tuvieron siempre la seguridad, derivada del dominio de tales hechos que les otorgaban las jerarquías que revestían dentro de las fuerzas de seguridad militar y civil, respectivamente, por lo que deben ser considerados coautores mediatos”.