20 de abril de 2024
20 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Curso organizado por la Dirección General de Capacitación y Escuela del MPF
Delitos sexuales en el proceso acusatorio
Los docentes del ciclo destacaron la importancia de la especialización para abordar este tipo de investigaciones, garantizando los derechos de las víctimas y la vigencia de las garantías procesales. Expusieron, además, sobre los convenios internacionales y locales que sirven de guías prácticas para abordar estos delitos.

El fiscal Juan Manuel Fernandez Buzzi y la psicóloga del Centro de Asistencia a la Víctima del Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires María José Manzo concluyeron ayer el curso “La investigación y acusación por delitos sexuales en el proceso acusatorio” en el que buscaron establecer las características particulares de este tipo de delitos en el marco de la nueva reforma del Código Procesal Penal.

El objetivo del curso fue dimensionar la importancia de la especialización para abordar este tipo de investigaciones, garantizando los derechos de las víctimas y la vigencia de las garantías procesales, y brindar herramientas concretas sobre el manejo de la normativa aplicable y las medidas probatorias necesarias desde el rol del fiscal.

El ciclo se realizó en la Manzana de las Luces, Perú 272, CABA, fue dirigido a empleados y funcionarias del MPF, y formó parte del programa de capacitaciones de este segundo semestre que se acreditarán como válidas para quienes se presenten como futuros asistentes fiscales (Res. PGN. 2637/15).

“Los delitos sexuales requieren una especialización por distintas razones”, arrancó su exposición Fernandez Buzzi. Explicó que “tienen un marco probatorio particular, no hay testigos presenciales en general, no siempre hay rasgos físicos, la víctima no siempre tiene un relato convincente y se requieren medidas especiales y particulares para estos delitos”.

También, aclaró que “los imputados de delitos sexuales intrafamiliares no encajan en el estereotipo criminal. Por lo general, y cuesta creerlo, son buenos padres, buenos esposos, buenos compañeros de trabajo y buenos vecinos”.

El fiscal dijo que “existe un marco normativo para la actuación de los fiscales para estos casos” y mencionó que “Unicef y la Asociación de Derechos Civiles tienen una guía práctica muy concreta para el abordaje judicial de víctimas de estos delitos”, y que la Procuración General de la Nación “tiene un protocolo para casos de abuso sexual infantil muy similar al de UNICEF”. “Se trabajó en conjunto”, afirmó.

Como marco normativo a nivel internacional, Fernandez Buzzi mencionó la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), ratificada por Argentina mediante en 1990, la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer  (1985),  y la  Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, “Convención de Belem do Pará”, en 1996.

A su turno, la doctora Manzo comenzó recordando las escalofriantes cifras de este tipo de delitos en el mundo. Según el último censo realizado en 2011 por la Organización Mundial de la Salud (OMS)  “tienen registrado 150 millones de niñas abusadas en el mundo y 73 millones de niños. Los grupos más numerosos son la franja de edad de 13 a 18 años”, afirmó.

Respecto de su intervención concreta en las investigaciones, la docente señaló que “en el primer abordaje debemos generar un mínimo de confianza en las víctimas, que se sientan seguros, cómodos, brindarles toda la información posible. Nosotros necesitamos que nos ayuden”

“Existe una enorme dificultad de hablar en las víctimas de abuso familiar”, dijo Manzo, y agregó que “por lo general nuestro equipo interviene durante las Cámara Gesell, las entrevistas antes del juicio y en las  testimoniales”.