24 de abril de 2024
24 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Se trata de 612 casos que se encuentran en una situación de irregularidad
Gils Carbó busca regularizar los nombramientos interinos efectuados durante la suplencia del Procurador General subrogante
La Procuradora General Gils Carbó revisará los nombramientos y promociones otorgados durante la subrogancia de González Warcalde, para que estos puedan adquirir estabilidad y sean ratificados en un marco de igualdad, transparencia, legalidad y concurrencia en los procesos de selección y promoción de los agentes de la PGN.

Mediante la resolución PGN 338/12, la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, decidió evaluar la situación jurídica de las 612 designaciones efectuadas en la estructura central de la Procuración General de la Nación, en ejercicio de su facultad de designar, promover y contratar a todos los funcionarios y empleados del Ministerio Público Fiscal (art. 65, inc. e, Ley nro. 24.946 y art. 38, Resolución PGN nro. 128/10).

Esto se debe al carácter transitorio y excepcional que tuvo la suplencia de González Warcalde, que, de acuerdo a lo dispuesto en el “Régimen de Funcionarios y Empleados del Ministerio Público Fiscal de la Nación” (Res. PGN 128/10), sólo puede efectuar nombramientos interinos de personal. Esta característica también existe para el nombramiento de personal del Poder Judicial de la Nación, mediante la Acordada 89/58, la cual dispone que los nombramientos sólo puedan ser realizados a propuesta de los magistrados titulares.

A su vez, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el fallo "Rosza" (Fallos 330:2361) había delimitado el fundamento que subyace en los regímenes de subrogancia. Allí, el tribunal señaló la necesidad de atenuar las consecuencias negativas que sobre el derecho de acceso a la justicia tiene la duración del proceso constitucional para la designación de magistrados. Por otro lado, el Alto Tribunal enfatizó que el cargo de un magistrado subrogante se trata de un régimen de contingencia, de carácter excepcional y transitorio, que sólo busca "eludir la paralización de la administración de justicia durante el proceso que insume la designación del titular".

Asimismo, la Asesoría Jurídica de este organismo, en un informe elevado a la Procuradora General, señaló que "atento al carácter transitorio y excepcional del mandato del Procurador General subrogante, cabe concluir que el principio de razonabilidad encuentra aplicación en el ejercicio de sus competencias administrativas -en general- y para designar personal -en especial- acotado al desenvolvimiento normal y habitual de la gestión administrativa".

Un ejercicio irrazonable "sería aquel que utilizando los recursos humanos y presupuestarios a su disposición condicionara el mandato definitivo. Tal sería el caso de una utilización presupuestaria en exceso que excluyera la posibilidad de ejercer las atribuciones presupuestarias con ulterioridad o, asimismo, de designaciones que alteraran criterios legales o históricos hasta allí aplicados, o que pretendieran consolidar situaciones particulares o individuales beneficiando a una categoría o grupo de empleados en perjuicio del resto y en desmedro del principio de igualdad, etcétera".

De esta manera, sin perjuicio de que la Procuradora General comparte las razones que persigue la efectivización de agentes contratados y/o interinos, además señaló que "cabe ponderar, al mismo tiempo, la necesidad de que esa efectivización se realice en un todo conforme a las normas que rigen las asignaciones y promociones del personal". En este aspecto, Gils Carbó consideró "imperioso que en ese proceso de efectivización se apliquen reglas transparentes, previsibles y razonables a los efectos de garantizar el derecho de igualdad de oportunidades en la carrera de los agentes". Asimismo, debido a la magnitud del relevo que se debe hacer y que contemplará la evaluación de cada caso en particular, se conformará "un equipo de trabajo a esos efectos", el cual revisará, en un plazo de treinta días, "la confirmación de las designaciones interinas, al solo efecto de constatar su legalidad". Sobre este aspecto, Gils Carbó destacó que "durante ese lapso no se alterarán las condiciones laborales ni remunerativas de los agentes involucrados".

Por otra parte, también se advirtió que en el Área de Derecho Penal, a cargo del Procurador Subrogante, todos sus integrantes, a excepción de dos, fueron promovidos a cargos superiores. Gils Carbó destacó que "la sola cantidad de ascensos en ese departamento es llamativa, máxime considerando que en otras áreas de dictámenes judiciales de esta Procuración General -a saber, el Área de Derecho Penal a cargo del doctor Eduardo Ezequiel Casal y el Área de Derecho Privado entonces a cargo de la doctora Marta Beiró de Goncalvez- ningún funcionario o empleado fue promovido de su cargo. A ello cabe agregar que diversos funcionarios del área del magistrado subrogante fueron asignados en cargos de máxima jerarquía y que gran parte de las promociones implicaron ascensos en más de una categoría de revista". Todas estas promociones que excedían el cargo inmediato superior "carecen, en los casos analizados, de la debida fundamentación (art. 48 de la Resolución nro. 128/10 y art. 7, inc. e, de la Ley nro. 19.549), así como contradice los criterios de ponderación para el ascenso previstos por el art. 56 de la Resolución PGN 128/10 y los criterios históricos y habituales de este organismo".

"Esos recaudos tienen como objetivo resguardar el derecho de igualdad de oportunidades en la carrera de los agentes de este Ministerio Público Fiscal", señaló la titular del Ministerio Público. En estos casos, Gils Carbó resolvió "dejar sin efecto las designaciones y/o promociones interinas efectuadas a través de las Resoluciones PER nros. 347/12, 348/12, 381/12, 383/12, 384/12, 386/12, 387/12, 389/12, 390/12 y 845/12", y también dispuso que "los sujetos" mencionados en esas resoluciones "retomen las funciones y los cargos que ostentaban con anterioridad al dictado de las mismas".