El procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, dispuso -mediante Resolución PGN N°94/2023- la implementación del plan piloto de unificación de la representación del Ministerio Público Fiscal en las instancias de instrucción, juicio y eventuales etapas recursivas para los casos de flagrancia -conforme el artículo 353 bis del Código Procesal Penal de la Nación- que tramiten en el ámbito de la Fiscalía del Distrito de los Barrios de Saavedra y Núñez, en la ciudad de Buenos Aires.
La implementación del plan se da en base a una propuesta del fiscal José María Campagnoli, a cargo de la referida fiscalía, que fue acompañada por el titular de la Fiscalía General N°3 ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, Mauricio Viera.
Campagnoli fundamentó su presentación en el dispendio de trabajo ante la disparidad de criterios entre su dependencia y las de juicio respecto de la aplicación de medidas alternativas de resolución del conflicto, tales como la suspensión del proceso a prueba (probation), la conciliación o la celebración de juicios abreviados.
Para el representante del Ministerio Público Fiscal, la unificación de la representación “contribuiría al ejercicio de la acción penal pública de manera más orgánica y consistente” y que respete los principios funcionales de unidad de actuación, organización dinámica y eficiencia del proceso, previstos en el artículo 9 de la Ley 27.148 Orgánica del MPF. Señaló asimismo que ello impactaría positivamente en el respeto de los derechos de las víctimas -contemplados en la Ley 27.372-, quienes tendrían un único interlocutor a lo largo de todo el trámite de su caso.
Tras analizar la cuestión, el procurador general interino consideró que la propuesta resultaba acorde a los lineamientos del Ministerio Público Fiscal, que lleva adelante la implementación del sistema acusatorio en el ámbito nacional, y era consonante con los principios básicos del organismo.
En virtud de ello, Casal dispuso la implementación del plan piloto, con una duración inicial de seis meses, a partir de su efectiva implementación. La resolución también indicó que, transcurrido ese periodo, el fiscal Campagnoli deberá presentar “un informe detallado sobre los resultados obtenidos, en el que deberá asentar una valoración fundada acerca de la experiencia y necesidad de extender su plazo”.