09 de noviembre de 2024
09 de noviembre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
Lo dictaminó Gils Carbó
La justicia federal es la encargada de investigar la posible comisión del delito de trata de personas
Es en el marco de una causa en la que se investigaba la actividad que se desarrollaba en una “whiskería” de la ciudad de Posadas. Allí, se prostituían mujeres, aparentemente mayores de edad. Además, la Procuradora General señaló que las cuestiones de competencia deben tramitar de manera subsidiaria al proceso principal, para no paralizar la investigación.

En la ciudad de Posadas, debido a que se había comprobado que funcionaba una whiskería en la que eran prostituidas mujeres, en principio mayores de edad, el fiscal de la jurisdicción ordenó medidas de investigación encubiertas y, posteriormente, el allanamiento del local. En el marco de ese procedimiento se secuestraron, entre otras cosas, planillas con anotaciones referidas a las víctimas y a los "pases" y "copas" que realizaron, certificado de inscripción y registro del local nocturno en la municipalidad de Posadas bajo el rubro "whiskería/cabaret", un arma con municiones y estupefacientes.

Frente a esos hechos, el juez federal entendió que no debía intervenir él, sino la justicia provincial. Sin embargo, el magistrado local, en acuerdo con lo que había dictaminado el fiscal federal, rechazó la competencia atribuida por considerar que ante la posible comisión del delito de trata de personas debía ser el juzgado federal, que previno, el que continuara con la investigación.

Por su parte, la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, compartió la postura del fiscal y del juez local, y opinó que la investigación debía seguir en la justicia federal. En este sentido, dictaminó que la experiencia recogida sobre el delito de trata de personas revela que no es posible descartar, sin elementos consistentes, que en el caso no haya existido un proceso de captación o reclutamiento previos e, incluso, un traslado rotativo (es decir, de un lugar de explotación a otro con la finalidad de renovar la oferta de mujeres).

De esta manera, para Gils Carbó la resolución del juez federal fue, cuanto menos, prematura. Lo anterior se debió a que, en función a las pruebas que se habían obtenido por la labor del fiscal, la Procuradora entendió que el magistrado federal debió haber orientado la investigación para establecer, por ejemplo, la nacionalidad o provincia de origen de las mujeres que se encontraban en el local, de qué modo esas mujeres había llegado hasta ahí, cómo fueron contactadas, quién las recibió y en qué circunstancias permanecen en esos lugares, entre otras resoluciones que no tomó.

Por otra parte, la titular del MPF también consideró importante señalar que “las cuestiones de competencia deben tramitarse por vía incidental, a fin de evitar la paralización de la investigación principal”, que, en definitiva, perjudica aún más a las mujeres víctimas del posible delito de trata de personas.