25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervino el procurador Fiscal ante la Corte Suprema, Eduardo Casal
Narcotráfico: dictaminaron confirmar la extradición de un hombre reclamado por la justicia ucraniana
En su momento, la justicia argentina lo investigó por cuestiones vinculadas a la causa en Ucrania, aunque luego declaró la falta de mérito. Por esto, su defensa entendía, entre otras cosas, que de extraditarlo se vulneraría la garantía de non bis in idem. Sin embargo, Casal señaló que la investigación en el país europeo abarcaba aún más hechos.

El procurador Fiscal ante la Corte Suprema, Eduardo Casal, señaló que correspondía confirmar la extradición concedida por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°4 respecto del ciudadano ucraniano Volodymyr Svhechuk, acusado por su país de ser el organizador de una banda dedicada al narcotráfico a escala internacional. El hombre había sido detenido en la Argentina también por actividades vinculadas al tráfico de estupefacientes. Sin embargo, en esa causa había sido beneficiado con la falta de mérito. Para solicitar la convalidación del fallo del juzgado Federal, Casal analizó cada uno de los puntos que la defensa de Volodymyr había interpuesto para que la extradición no procediese.

De esta manera, en primer lugar el procurador fiscal indicó que no había riesgo de vulnerar la garantía de non bis idem, que prohíbe que un mismo hecho sea juzgado dos veces. Sobre este punto, recordó que el delito atribuido al hombre y por el cual se le declaró la falta de mérito ante la justicia local, “consiste en la participación que habría tenido en la tentativa de contrabando de estupefacientes -a través del Aeropuerto Internacional de Ezeiza- con destino a San Petersburgo, vía Roma, distribuidos en cápsulas ocultas en el interior del cuerpo de [otra persona], mediante la modalidad de ingesta, las que por su cantidad estarían inequívocamente destinadas a la comercialización, lo que habría ocurrido el 10 de noviembre de 2011”.

Por su parte, en la causa que sustenta el pedido internacional, se le reprocha el contrabando de estupefacientes a la República de Ucrania, en función del cual Volodymyr Svhechuk, en calidad de organizador de una asociación criminal, habría adquirido una importante cantidad de cocaína, la que habría dado a otras dos personas “para que ingieran en setenta y cuatro, y sesenta y cinco cápsulas respectivamente, para poder introducirla en las fronteras de ese país, sucesos que habrían transcurrido entre el 22 y 25 de mayo de 2011”.

A partir de esto, Casal explicó que tanto el proceso nacional como el extranjero “se refieren a conductas del requerido (eadem personae) que prima facie infringirían las respectivas leyes de drogas (eadem causae petendi), mas no se refieren al mismo acontecimiento histórico (eadem res), circunstancia que impide considerar que sea doblemente perseguido”. Incluso, especificó que el suceso por el que se requiere la entrega “fue cometido seis meses antes del hecho investigado en suelo nacional”.

Luego, el procurador Fiscal también señaló que no era razonable el planteo de la defensa que sostenía que no debía proceder la extradición porque los hechos que se le atribuyen al requerido fueron cometidos en Argentina y, por el principio de territorialidad, son de su exclusiva competencia. Casal advirtió que mientras en Ucrania “se investiga la actividad de una organización internacional dedicada al tráfico y comercio de estupefacientes, ante los tribunales nacionales únicamente se reprocha la violación de […] artículos […] del Código Aduanero, […] delitos por los cuales, como refiriera anteriormente, se ha dictado la falta de mérito respecto del extraditable”.

Además, agregó que “es en la República de Ucrania donde tienen la mayoría de los integrantes de la organización criminal su lugar de residencia -algunos de los cuales se encuentran actualmente a disposición del juzgado requirente- y donde, además, fue decomisada la droga correspondiente a las tentativas de contrabando y venta referidas en la acusación de Shevchuk Volodymyr”. Por eso, concluyó que era “el país solicitante el que tiene facilidades notoriamente mayores que el nuestro para conseguir pruebas de la existencia de una asociación criminal internacional dedicada al tráfico ilícito de estupefacientes”.

Finalmente, el procurador Fiscal también descartó que el argumento de la defensa que señalaba que Volodymyr podría ser sometido a tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en Ucrania. Luego de analizar distintos informes de organismos internacionales, como la ONU, sobre la situación en el país europeo, Casal entendió que no podía afirmarse que “exista en el Estado solicitante del auxilio transnacional, un cuadro de manifiestas y masivas violaciones a los derechos fundamentales, que impliquen un riesgo probable de que el requerido -quien enfrenta una investigación por la comisión de delitos comunes- será sometido a tratos incompatibles con los estándares consagrados en los específicos instrumentos internacionales”. De esta manera, señaló que no encontraba “motivos para denegar la entrega de la persona requerida sobre esa base”.