20 de abril de 2024
20 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Fue presentado en el Tercer Encuentro por una Seguridad Democrática y Popular
Nuevo material de comunicación sobre allanamientos
El material fue elaborado por el Programa de Acceso Comunitario a la Justicia y la Dirección de Comunicación Institucional de la Procuración General de la Nación y contó con el aporte de Procuvin y la Secretaría de Coordinación Institucional de la PGN. Una versión especial de la cartilla fue distribuida entre organizaciones sociales en el Tercer Encuentro por una Seguridad Democrática y Popular, realizado el 8 de mayo en el Congreso de la Nación.

El Programa de Acceso Comunitario a la Justicia y la Dirección de Comunicación Institucional de la Procuración General de la Nación trabajaron conjuntamente en la elaboración de una cartilla de acceso a la información y de derechos ante un eventual allanamiento. En el proceso de desarrollo de contenidos, también participaron la Procuraduría de Violencia Institucional (Procuvin) y la Secretaría de Coordinación Institucional de la PGN. El material se presentó por primera vez en el Tercer Encuentro por una Seguridad Democrática y Popular, realizado el viernes 8 de mayo, “Día Nacional de la Lucha Contra la Violencia Institucional”, en el Congreso de la Nación.

En la pieza de comunicación, se resalta que los allanamientos son procedimientos ordenados por un juez en los que se autoriza a las fuerzas de seguridad a ingresar a un domicilio porque existen motivos para creer que allí podría haber personas o cosas relacionadas con un delito. En esta línea, destaca que “sólo es válido si existe una orden judicial escrita para realizarlo”, que debe contar con la firma del magistrado, identificar exactamente el lugar a allanar, como también la fecha y hora en la que se realizará, qué fuerza de seguridad intervendrá, la finalidad y los datos del juez como del expediente judicial.

También, destaca las situaciones excepcionales en las cuales la policía u otra fuerza de seguridad puede realizar este tipo de procedimiento sin orden judicial, como en los casos en que peligre la vida de una persona, o si se sospecha que dentro de una vivienda hay una víctima privada de su libertad. Se destaca que este tipo de actuaciones sólo pueden notificarse a personas mayores de 18 años y que los allanamientos masivos (conocidos como razzias) en barrios son ilegales.

El material incluye especificaciones sobre los derechos de las personas ante estas situaciones, en las que deben recibir una copia de la orden de allanamiento y contar con testigos imparciales que participen durante todo el procedimiento desde su inicio. No se debe dañar la vivienda ni los objetos personales que allí se encuentran, por lo que es recomendable tomar fotografías o documentar cómo quedó el lugar una vez retiradas las fuerzas de seguridad que intervinieron.

Las personas que se encuentran en el domicilio no pueden ser restringidas de la libertad de movimiento mediante precintos o encierros. La fuerza de seguridad que intervino sólo puede detener a quien figura en la orden y llevarse objetos detallados. Además, debe quedar constancia en un acta de todo lo confiscado, siempre ante la presencia de testigos.

En caso de necesitar asesoramiento, se recomienda acudir a las oficinas de ATAJO, ubicadas en la Villa 21/24 – NHT Zavaleta (Barracas), Villa 31 (Retiro), Villa 1-11-14 (Bajo Flores), Villa 20 (Lugano) y Barrio Mitre (Saavedra).