El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca condenó a penas de entre 4 y 8 años de prisión a dos hermanos y un abogado por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual en perjuicio de tres mujeres -dos de ellas transgénero y entre ellas, una menor de edad- en situación de extrema vulnerabilidad, por hechos ocurridos durante 2022 y 2023 en esa ciudad del sur bonaerense. El caso tuvo una cuarta imputada -propietaria de unas de las viviendas donde eran explotadas las víctimas- condenada a una pena de ejecución condicional por explotación de la prostitución ajena.
El fallo -dado a conocer el 2 de diciembre pasado- fue en línea con lo solicitado por el Ministerio Público Fiscal, representado en este debate por el fiscal federal Agustín Carestia y el auxiliar fiscal Justo Sebastián, del Área de Transición de la Unidad Fiscal Bahía Blanca.
Además, el tribunal -integrado por los jueces Ernesto Sebastián, José Fabián Asis y Marcos Javier Aguerrido- dispuso el decomiso de dos inmuebles de la ciudad de Bahía Blanca, donde las víctimas eran explotadas -uno en la calle Tucumán al 1200 y el otro en Catamarca al 500-, y ordenó la reparación económica para las tres: dos de ellas con un monto de 20 millones de pesos para cada una, y de 13 millones para la tercera.
La pena más alta fue para Karina Carrasco (51), a quien se le impusieron 8 años de prisión efectiva por considerarla autora del delito de trata de personas, en las modalidades de captación y acogimiento, con respecto a las tres víctimas, y traslado, en relación a una de ellas, con la finalidad de explotarlas sexualmente. La calificación fue agravada por haber sido cometido el hecho contra tres víctimas, abusando de su situación de vulnerabilidad, haber participado tres o más personas en la comisión del delito y por haberse logrado la consumación de la explotación.
En tanto, su hermano, Santiago Carrasco (55), fue condenado a 4 años de prisión como partícipe secundario del mismo delito por el que fue condenada la mujer, ya que, de acuerdo a lo acreditado en el debate, era el cuidador de uno de los sitios de explotación y colaboraba en la captación. En su caso, la pena quedó unificada en 5 años de prisión por una condena previa en una causa que tramitó en la justicia ordinaria, ante el Tribunal Oral en lo Criminal N°3 del Departamento Judicial de Bahía Blanca.
El tercer condenado fue el abogado José Andreatta (52), quien recibió una pena de 4 años de prisión como partícipe secundario del delito de trata de personas agravada y como autor del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y de tenencia ilegítima de DNI ajeno. Según lo probado en el juicio, el letrado era el asesor legal de la principal imputada y quien la aconsejaba a que haga firmar a las víctimas recibos de alquiler con el fin, ante un inconveniente judicial, de demostrar el desconocimiento que ella tenía de la actividad que desarrollaban las víctimas, lo que fue descartado en el debate. El profesional también tenía relaciones sexuales con las víctimas.
La última imputada condenada fue Marta Sanso (79), la propietaria de uno de los inmuebles de la ciudad de Bahía Blanca donde eran explotadas las víctimas. La mujer recibió una pena de 2 años de prisión de ejecución condicional, al encuadrar su conducta como partícipe secundaria del delito de explotación de la prostitución ajena. En el debate se demostró que ella alquilaba el departamento -uno de los decomisados por el tribunal- con pleno conocimiento de la actividad que allí desplegaban los hermanos Carrasco.
De acuerdo a lo probado por el MPF, la maniobra de Karina Carrasco consistía en captar a través de ofrecimientos atractivos a víctimas que, entre otros indicadores de extrema vulnerabilidad, se encontraban en situación de calle, sin estudios, alejadas de su núcleo familiar, con serias necesidades económicas y/o que habían sufrido abusos sexuales, consumo y suministro de drogas.
La denuncia a la línea telefónica 145
La causa se inició el 12 de mayo del 2023 a raíz de una denuncia realizada a través de la línea telefónica 145 del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata, por una empleada del Hospital Municipal de Agudos Dr. Leónidas Lucero, con el objeto de revelar una posible situación de explotación sexual ocurrida en Bahía Blanca.
En concreto, relató que aquel día, en horas del mediodía, una joven de 19 años había ingresado al hospital en una ambulancia, con signos de abuso físico. La denunciante agregó que, al momento de arribar, la mujer se encontraba bajo los efectos de alguna sustancia y manifestó consumir estupefacientes, haber intentado suicidarse en reiteradas ocasiones y que sospechaba que podía estar embarazada, lo que luego confirmaron los análisis.
También informó que la víctima contó que era explotada sexualmente por la ahora condenada Karina Carrasco en un domicilio en el que convivía junto con otras dos mujeres -una menor de edad-, que también serían víctimas de la misma modalidad delictiva.
A partir de allí, la fiscalía encomendó a la Gendarmería Nacional (GNA) las averiguaciones y tareas de campo encubiertas en el domicilio denunciado por la víctima en donde se pudo verificar los hechos denunciados e identificar a los responsables, que luego serían detenidos.
También se sumó a la pesquisa la Policía Federal a través de su Departamento de Trata de Personas y de la División Unidad Operativa Federal (DUOF) de Bahía Blanca.
Las víctimas fueron localizadas y luego entrevistadas por personal del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata. Sus testimonios antes estos profesionales fueron la prueba clave para describir los hechos y formular las imputaciones.
La explotación sexual
De acuerdo a lo probado por el MPF, la maniobra de Karina Carrasco consistía en captar a través de ofrecimientos atractivos a víctimas que, entre otros indicadores de extrema vulnerabilidad, se encontraban en situación de calle, sin estudios, alejadas de su núcleo familiar, con serias necesidades económicas y/o que habían sufrido abusos sexuales, consumo y suministro de drogas.
Ante ese cuadro, la imputada les prometía casa y les solicitaba que se prostituyeran por un porcentaje del valor recaudado. Sin embargo, invocaba supuestas deudas por alojamiento, comida o vestimenta para no pagarles y mantenerlas cautivas.
Las damnificadas relataron que, más allá de retenerles la mitad de lo que cobraban por los servicios sexuales, la principal condenada también les cobraba por la comida, el papel higiénico, los gramos de cocaína que les obligaba consumir y hasta por cada preservativo utilizado, que en realidad eran los de entrega gratuita en centros de salud pública
Según la fiscalía, ese abuso de poder generaba una asimetría absoluta, que colocaba a las víctimas como sujetos pasivos de distintos tipos de violencias, ejercidas a través de varios métodos coercitivos.
Entre ellos, las sometía a maltratos, les controlaba el uso de sus teléfonos celulares y les impedía que se desplacen libremente, y que se comunicaran entre ellas, manteniendo así el control total de las víctimas.
Karina Carrasco las obligaba a tener encuentros sexuales con entre seis o siete hombres por día, aún contra su voluntad, y se quedaba con el 50% de lo que les pagaban. La mujer era quien, sin su consentimiento, publicaba fotografías íntimas de las jóvenes en una página web de acompañantes y brindaba su propio número telefónico para concertar las citas, fijar las tarifas y pautar las condiciones.
Según contaron las víctimas, también las forzó a consumir pastillas y cocaína con el fin de poder “aguantar más” y atender a más clientes prostituyentes, para así tener mayor rédito económico. Incluso, la mujer ofrecía como un servicio con tarifa diferencial, la posibilidad de que los hombres pagaran por verlas consumir estupefacientes y luego tener relaciones sexuales con ellas en ese estado. El precio también se incrementaba por actos sexuales sin protección.
Las damnificadas relataron que, más allá de retenerles la mitad de lo que cobraban por los servicios sexuales, la principal condenada también les cobraba por la comida, el papel higiénico, los gramos de cocaína que les obligaba consumir y hasta por cada preservativo utilizado, que en realidad eran los de entrega gratuita en centros de salud pública. Ante cualquier incumplimiento, la mujer retenía el 100% del dinero recaudado.
Asimismo, quedó probado que, en una oportunidad y junto a otras dos mujeres que no pudieron ser identificadas, los hermanos Carrasco trasladaron a una de las víctimas transgénero, desde la ciudad de Bahía Blanca hasta el hospedaje ubicado en Monte Hermoso, donde fueron alojadas con el fin de explotarlas sexualmente.
Entre los padecimientos denunciados, otra de las víctimas narró que, siendo menor de edad al momento de los hechos, fue sometida sexualmente durante 15 horas por un hombre y que, en otra ocasión, se desmayó y cuando recuperó la consciencia pudo ver vejaciones en su cuerpo con marcas e indicios de abuso sin haber recibido ningún tipo de contención y atención médica por parte de Karina, quien se encontraba en el lugar del hecho.