27 de julio de 2024
27 de julio de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
Intervino el fiscal antes el Tribunal Oral Federal Nº2 de San Martin, Alberto Gentili
Condenaron a una mujer por reducción a la servidumbre
La víctima, oriunda del Estado Plurinacional de Bolivia, fue trasladada engañada y de manera ilegal a los 13 años. La responsable la obligaba a trabajar durante largas jornadas en un puesto callejero de verduras ubicado en el barrio porteño de Recoleta sin recibir remuneración. Además, era sometida a malos tratos, amenazas y agresiones físicas.

Una mujer fue condenada a tres años de prisión en suspenso por el delito de reducción a la servidumbre de una joven oriunda del Estado Plurinacinal de Bolivia que fue engañada y trasladada de manera ilegal hasta la localidad de Pacheco, Provincia de Buenos Aires, donde estuvo cautiva desde 2003, cuando tenía 13 años, hasta 2007.

Una vez allí, la adolescente debía cumplir largas jornadas en un puesto de callejero de venta de frutas y verduras ubicado, primero en la puerta de la vivienda donde residía y luego en la esquina de Melo y Agüero, en el barrio porteño de Recoleta. Simultáneamente, era obligada a realizar diversas tareas domésticas en el domicilio de la mujer condenada sin recibir remuneración por las horas trabajadas.

Según su declaración, la víctima iniciaba su trabajo a las 4:00 y finalizaba cerca de las 23:00 todos los días. Además, apenas recibía alimento y era sometida a golpes, malos tratos y amenazas por parte de la enjuiciada.

La joven, huérfana y en situación de vulnerabilidad, tenía una discapacidad física producto de una quemadura con querosene por la cual tenía el mentón unido al pecho. La acusada la había traído engañada para tratarle su afección en Argentina, pero eso nunca ocurrió.

La causa

La denuncia se realizó en 2007 pero recién en 2009 llegó a la Fiscalía Federal en lo Criminal y Correccional N°2 de San isidro, interinamente a cargo del fiscal Sebastián Basso. “Hubieron dos años que la causa se demoró por cuestiones formales de incidencias procesales”, detalló el representante del Ministerio Público ante el Tribunal Oral de San Martín Nº2, Alberto Gentili, en diálogo con Fiscales.

La víctima tomó la decisión de abandonar su situación de explotación a partir de la construcción de un vínculo que entabló con una señora, también de nacionalidad boliviana, que trabajaba como empleada doméstica y que era clienta del puesto de frutas. Esa mujer le ofreció un puente de salida sólido porque ella hablo con su empleadora que fue quien dio el aval para que fuera a su casa. “Hubo una construcción interesante de lo que fue su salida ya que se trata de una mujer en situación de vulnerabilidad, huérfana y sin familia en Argentina”, señaló el fiscal.

Basso continuó: “El proceso de instrucción fue muy prolijo ya que se pudieron reconstruir los hechos ocurridos entre 2003 y 2007, desde el momento en que la víctima ingresó ilegalmente al país a través el paso fronterizo de La Quiaca- Villazón, pasando por el trasladada por tierra hasta la localidad de Pacheco donde fue 'alojada' y las tareas que allí tuvo que realizar”.

Fue en ese momento que se le dio intervención a la ex OFAVI, quienes realizaron una serie de entrevistas e informes y establecieron un vínculo con la víctima. En mayo de 2012, la causa fue elevada a juicio y se produjo la apertura de pruebas que hizo que se demorara aún más el avance del proceso.

En 2013, la causa llegó a manos del fiscal Gentili y, cerca del comienzo del juicio oral, la Fiscalía se comunicó con las representantes de la Dirección de Orientación, Acompañamiento y Protección a Víctimas del Ministerio Público Fiscal (DOVIC) para que acompañe a la víctima.

“Lo que me preció interesante de DOVIC es que, además de darme insumos prácticos para saber cómo manejarme en la audiencia, me permitió, de laguna manera, transmitírselo al Tribunal”, aseguró el representante del Ministerio Público Fiscal.

La víctima arribó el día de la audiencia junto a Miriam Munne de la DOVIC. El Tribunal dispuso que la audiencia se llevara adelante sin la presencia de la persona enjuiciada y sin público vinculado con esa persona, tal como sugirió DOVIC. Por su parte, la enjuiciada controló la declaración mediante el sistema de audios en una sala contigua.

“Se logró que los jueces dieran un tratamiento especial y ese tratamiento surgió de dos órganos del Ministerio Público Fiscal de manera concurrente”, señaló Gentili.

Intervención de DOVIC

"Mi intervención fue a partir de que se pidió mi acompañamiento durante el juicio. Me contacté con la víctima y tuve una entrevista previa para prepararla", explicó Miriam Munne a Fiscales. "Ella vive en Merlo, en un lugar bastante alejado, junto a su pareja y su hija y no sabe leer ni escribir. Lo que pudimos hacer fue explicarle en qué consistía el acto de ir a declarar. Pedimos que retiraran de la imputada en el momento de la declaración y que yo pudiera estar presente. Luego nos contactarnos con el Tribunal y la Fiscalía”, agregó.

Por su parte, la responsable del programa de atención a víctimas de trata de la DOVIC, Malena Nisman, detalló que “el pedido que llegó fue por parte del Tribunal, cuatro días previos a la primer audiencia, pidiéndonos que notificáramos a la víctima. Lo que se viene trabajando desde DOVIC es que las notificaciones no la hagan las fuerzas de seguridad porque, en la mayoría de los casos, han tenido algún grado de connivencia en la situación de explotación, ya sea por acción o por omisión. Desde Dovic no notificamos sino que acompañamos y, en ese marco, tenemos entrevistas previas al momento de algún acto procesal puntual para explicarle a la víctima qué implica ese acto y cuál es la valoración del aporte de ella en ese momento para poder llegar en determinadas condiciones al momento de la declaración. Esa fue nuestra respuesta. Hicimos sugerencias sobre las condiciones que tenían que estar dadas en la sala y ese fue el camino”.

“Para una persona, el hecho de tener que prestar una declaración testimonial es reeditar los hechos traumáticos. La víctima pudo declarar y, pese a su angustia, pudo contar lo que le había pasado. El Tribunal fue muy respetuoso y estoy muy conforme con cómo se desarrolló la declaración de la víctima. Ese mismo día el fiscal se comunicó conmigo el día y la condena se la transmití yo a la víctima”, agregó Munne.

“Hay una particularidad en este tipo de delitos y es que el testigo es víctima y testigo. Esta dualidad hay que poder tenerla en cuenta y generar condiciones que puedan contemplar estos intereses. Además, hay otro, el Tribunal, que tiene posibilidad de decir si eso fue así o no y eso, inevitablemente, genera una situación de poder. Por lo tanto, hay que poder generar dispositivos que acompañan a esa víctima que implica poder empoderarla y achicar esa brecha”, añadió Nisman.

“Los tiempos de la justicia no son los tiempos de las víctimas. La joven vive en Merlo y tuvo que ir declarar a Olivos a las 8 de la mañana. Se trata de cómo mirar a ese otro y cómo contemplar a la persona que ha sido protagonista del hecho. No como un anexo sino como la centralidad de tu proceso y creo que eso es parte del aporte que tiene la DOVIC para hacer. No es sólo acompañar sino tener una responsabilidad durante todo ese proceso de contención y protección. Se trata de un cambio cultural, de una estructura y organismos que tienen incorporadas de esas prácticas. Creo que es interesante poder explicitarlo a los operadores judiciales. Lo que tenemos para brindar es una manera más de abordar el conflicto y un aporte a la solución, no un problema. Existe una gran cantidad de operadores que han aprendido a trabajar más con los papeles que con las personas, entonces, si hay un organismo especializado que puede amalgamar esas cuestiones, es importante poder transmitirlo”, concluyó Nisman.