La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata confirmó el procesamiento de una mujer, en orden al delito de trata de personas con fines de explotación sexual, bajo la modalidad de captación y acogimiento, agravado por el engaño y abuso de la situación de vulnerabilidad de tres mujeres, a quienes explotaba sexualmente en un prostíbulo que regenteaba en la intersección de las calles Guido y Bolívar, en el macrocentro marplatense. En la audiencia ante el Tribunal de Alzada intervino el fiscal general Daniel Adler.
La investigación se inició en el año 2013, a raíz de una denuncia anónima recibida en la línea 145 de Asistencia y Denuncia por Trata de Personas. Dos años después, se individualizó el inmueble donde las mujeres eran sometidas sexualmente y se procedió a su allanamiento. Pero la investigación dio un giro con la declaración de un testigo de identidad reservada y el aporte de documentación que hiciera otro de los declarantes, que establecieron que la imputada regenteaba el establecimiento donde las mujeres eran explotadas sexualmente.
En base a las pruebas colectadas por la fiscalía federal interviniente, el juez federal Santiago Inchausti, dispuso el procesamiento de la imputada. En su resolución, el titular del Juzgado Federal N°3 de Mar del Plata señaló que la mujer era quien regenteaba el lugar; administraba los ingresos, gastos y aplicaba “sanciones” a las víctimas sí faltaban sin aviso previo; y se encargaba de conseguir viviendas para alquilar, aunque no figuraba en ningún contrato. Asimismo, también aleccionaba a las víctimas respecto a cómo actuar y qué decir en caso de un allanamiento: no debían nombrarla y sí les preguntaban, eran amigas o alquilaban juntas el lugar. Además, contarían con un abogado para que las representase sí se unían a la Asociación de Mujeres Meretrices de la Argentina (AMMAR), de la que formaba parte la imputada y que le permitía ganar la voluntad y captar a personas en situación de vulnerabilidad, para “ofrecerles ‘trabajar’ con la prostitución de su cuerpo, bajo el formato liberal de pseudo cooperativa”.
El procesamiento fue apelado por la defensa de la imputada. A su turno, el titular de la Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, Daniel Adler, solicitó que se confirme la resolución del juez de grado, al entender que las pruebas reunidas en el expediente daban por acreditado que la imputada era la regente del lugar y quien explotaba sexualmente a las mujeres, quienes tenían que entregarle el 50% de los “pases” que debían hacer con los clientes, además de otros gastos tales como el pago de los volantes de publicidad callejera.
En su dictamen, el representante del Ministerio Público Fiscal analizó el bien jurídico protegido por las leyes vigentes, la libertad y autodeterminación de las personas, y advirtió que si bien no se ejercía una privación de la libertad física, existía “un control constante y permanente” sobre mujeres evidentemente vulnerables en razón de su situación socio-económica y familiar, lo que las llevaba tanto a aceptar las condiciones desventajosas y control que les imponían, como a sostener un discurso impuesto en cuanto debían decir que alquilaban el local entre amigas.
Al resolver la cuestión, los jueces de la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata confirmaron el procesamiento. En tal sentido, reeditaron los lineamientos y criterios adoptados por la Cámara Federal de Casación en recientes precedentes y concluyeron que “efectivamente era la encausada quien se encargaba de organizar y promocionar ese prostíbulo, que era ella quien principalmente se ocupaba de convocar a tal efecto mujeres que estaban o habían estado en el circuito prostibulario y recibirlas en el lugar, configurándose de esa manera su acogimiento”.