El Tribunal Federal N° 1, en línea con lo solicitado por el fiscal Maximiliano Hairabedian, condenó a tres años y medio de prisión efectiva al productor agropecuario Elvio Hugo Bono, luego de encontrarlo culpable del delito de trata de personas con fines de explotación laboral. El ahora condenado explotó laboralmente a una víctima en situación de vulnerabilidad en un campo ubicado en la localidad de James Craik, al sur de la provincia de Córdoba.
La víctima fue engañada por el imputado, quien le ofreció un trabajo en uno de sus campos. Una vez que se trasladó hasta allí, fue alojado en un gallinero en condiciones infrahumanas junto a toda su familia, con la promesa de que la situación iba a mejorar. Sin embargo, esto no ocurrió y el hombre debió trabajar de manera ininterrumpida y sin francos por un salario de entre $800 y $1000 por 30 o 40 días de trabajo.
Los hechos ocurrieron entre septiembre de 2010 y junio de 2011. La investigación se inició luego de que la víctima realizara la denuncia, en julio de 2011, tras la muerte de una de sus hijas, de apenas unos pocos meses. En un primer momento, la familia supuso que podía tener algo que ver con las pésimas condiciones en que vivían. Por ese hecho se inició una investigación en el ámbito de la justicia provincial y finalmente se pudo determinar que se trató de un hecho de muerte súbita.
En octubre de 2015 el fiscal interinamente a cargo de la fiscalía Federal de primera instancia de Villa María, Gonzalo Olmedo, solicitó la elevación a juicio y las audiencias del debate oral se llevaron a cabo el 22 y 25 de septiembre pasados. En el debate oral intervino el fiscal Maximiliano Hairabedian.
El caso
La investigación se inició luego de que la víctima realizara la denuncia el 6 de julio de 2011 ante la sede de la Policía Federal Argentina – Delegación Villa María-, a fin de poner en conocimiento de las autoridades sobre los hechos ocurridos durante el tiempo que trabajó bajo las órdenes del productor agropecuario Elvio Hugo Bono. Una vez iniciadas las actuaciones pertinentes, el Tribunal remitió la causa a la fiscalía Federal de primera instancia donde se llevó adelante la pesquisa.
A través de las pruebas y elementos recolectados, se pudo establecer que el productor agropecuario engañó a la víctima, que se encontraba en una clara situación de vulnerabilidad, con la promesa de un trabajo en su campo dedicado al cuidado de animales. Se ocupó de su traslado y, una vez allí, el imputado le mostró una casilla que había funcionado como gallinero y/o palomar, que sería el lugar donde el hombre debía alojarse junto a su mujer y sus hijos con la promesa de que la iba a refaccionar. Sin embargo, esto nunca ocurrió y, debido a las necesidades económicas que tenía, comenzó a trabajar bajo sus órdenes. De esta manera, fue sometido a condiciones infrahumanas ya que habitó en un antiguo palomar de 3 metros por 4 metros junto a su familia. El lugar no contaba con servicios esenciales tales como electricidad, gas y baños.
Además, debía trabajar todos los días de la semana sin descanso entre jornada y jornada, sin francos y por un sueldo de entre 800 y 100 pesos que percibía cada treinta o cuarenta días. Los hijos de la víctima debían bañarse en un tarro de 20 litros de plástico y hacer sus necesidades en un tarro que después tiraban al campo.