26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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La medida la dictó el Juzgado Federal Nro. 1 de Tucumán a cargo de Raúl Bejas.
Dictan el sobreseimiento a una víctima de trata que había sido denunciada por sus propios captores
La víctima es una mujer que declaró en el juicio por el caso de Marita Verón, con una identidad falsa que le había sido dada por sus propios captores, quienes luego la denunciaron penalmente. El fiscal Ángel Brito y Marcelo Colombo, titular de la Procuraduría especializada en el tema, solicitaron su sobreseimiento amparados en la "no punibilidad" que expresa la nueva ley de trata.

En junio de 2002, una mujer que declaró en el juicio de Marita Verón como testigo de identidad reservada, se había presentado con un documento que no era de ella, mintiendo sobre su identidad. Dicho documento había sido proporcionado por sus captores y tratantes. Aludiendo a esta situación, diez años después, los abogados defensores de quienes fueron imputados en el caso Verón, la denunciaron penalmente como un modo de neutralizar su testimonio y, básicamente, de invertir la imputación.

En septiembre de 2012, la víctima se presentó espontáneamente ante la división Trata de la Policía de Córdoba, aportando su verdadero DNI y señalando que en el año 2002 había sido llevada desde la provincia de Córdoba hasta La Rioja para ingresarla en un prostíbulo de nombre “El Desafío”. La mujer, dio precisiones acerca de cómo fue obligada mediante amenazas de muerte, hacia ella y su hijo, de quién los explotadores tenían fotos, a ser prostituida en el prostíbulo encubierto. Dijo que durante su encierro en el lugar pudo entablar diálogo con María de los Ángeles Verón, que se encontraba en las mismas condiciones de explotación, y por tal razón, la radical importancia de su testimonio en la causa del secuestro de Marita Verón, que los imputados reconvertidos en denunciantes en esta causa, quisieron evitar.

En abril de este año, el fiscal Angel Brito, de Tucumán, y el fiscal Marcelo Colombo, titular de la  Procuraduría para el Combate de la Trata y Explotación de Personas, presentaron el pedido de sobreseimiento de la víctima, argumentando que resulta un "contrasentido" que una persona que, inmediatamente luego de su liberación, testimonió haber sido secuestrada y explotada sexualmente por sus captores, sea denunciada por ellos mismos diez años después, y colocada en situación de victimaria ante la justicia penal por haberlos denunciado bajo una identidad supuesta que incluso, le habría sido dada por sus propio captores.

Previsto normativamente por la ley 26.364, los fiscales solicitaron un rápido y definitivo cierre por la aplicación de la condición de no punibilidad establecida en el artículo 5to. de la ley, pensada justamente para aquellas personas que han sido víctimas del delito de trata.

Finalmente, el pasado 13 de mayo, el juez Raúl Bejas a cargo del Juzgado Federal Nro. 1 de Tucumán dictó el sobreseimiento definitivo de la imputada al dar cuenta de que era una persona obligada a ser prostituida bajo amenaza de muerte siendo su accionar cometido como resultado directo de haber sido víctima de trata.