28 de marzo de 2024
28 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Requerimiento de la Fiscalía Federal N°2 de Morón
Piden enjuiciar a una pareja por explotar laboralmente a una adolescente
La víctima, de entonces 15 años, llegó al país desde Bolivia engañada con la promesa de ser niñera.

El fiscal a cargo de la Fiscalía Federal N°2 de Morón, Carlos Hernán García, requirió la elevación a juicio de la investigación seguida contra Gerardo Alfredo Castañeda Dueñas y Guadalupe Fernández Chumacero, por haber captado, trasladado, recibido y acogido a una menor de 15 años, con fines de explotación laboral. Para ello, se valieron de una oferta de trabajo engañosa y la situación de vulnerabilidad de la joven y su familia.

La investigación se inició el 24 de junio de 2016, cuando la menor –de nacionalidad boliviana- denunció la situación ante el Consulado de la República Plurinacional de Bolivia y la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX) del Ministerio Público Fiscal, a cargo de los fiscales Marcelo Colombo y Alejandra Mángano.

En su presentación, la joven –de entonces quince años- declaró que el 13 de noviembre de 2015 paseaba por la ciudad boliviana de Sucre –donde vivía con sus padres y sus siete hermanos- cuando un hombre se le acercó y le ofreció trabajar de niñera en la Argentina. La propuesta consistía en una jornada laboral de 7 a 20 hs, donde sólo se ocuparía del cuidado del niño de una familia, cobraría cerca de $12.000 al mes, residiría junto a sus empleadores y tendría su propia habitación, la cual tendría una televisión y ropero.

La investigación se inició el 24 de junio de 2016, cuando la víctima denunció la situación ante el Consulado de la República Plurinacional de Bolivia y la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX) del Ministerio Público Fiscal.

Luego de insistir en reiteradas oportunidades, finalmente Fernández Chumacero y Castañeda Dueñas convencieron a la joven y a sus padres de aceptar el ofrecimiento, con la condición de que si la niña no se adaptaba al cabo de dos meses, podría regresar a Bolivia sin costo alguno. De este modo, los padres de la menor firmaron la pertinente autorización legal –trámite que fue abonado por Fernández Chumacero- y los empleadores retuvieron la documentación de la joven.

Con la documentación en orden, Castañeda Dueñas compró tres pasajes de ómnibus desde Sucre hacia Villazón e ingresaron a nuestro país a través del paso fronterizo Villazón - La Quiaca el 14 de noviembre de 2015, para continuar el periplo hacia la terminal de Liniers donde, el 16 de noviembre, abordaron un remise que los llevó hasta un domicilio en la localidad bonaerense de Villa Celina.

Una vez en la vivienda, se produjo el acogimiento: la víctima debía descansar en un cuarto que la pareja utilizaba como depósito, donde sólo había un colchón muy fino. Además, la casa estaba hedionda y desordenada, por lo que fue obligada a limpiarla y cuidar al hijo de la pareja. Así, la rutina de la víctima comenzaba a las 7 de la mañana, con la limpieza de la vivienda, luego a las 9 preparaba el desayuno para ella y el niño, luego lavaba los platos y la ropa. Cerca de las 11 de la mañana, cuando la pareja se levantaba, les preparaba el almuerzo, daba de comer al niño y continuaba con la limpieza hasta las 16 horas, momento en que Castañeda Dueñas la trasladaba al puesto callejero de venta de accesorios para telefonía celular de la feria de Villa Celina, donde la joven atendía al público hasta las 23 hs. Luego volvían al domicilio, donde hacía la cena y cuidaba al hijo de la pareja, que demandaba atención hasta entrada la madrugada.

La víctima también refirió que tenía prohibido hablar con otras personas en la feria, no podía comunicarse con su familia, tampoco podía salir sin supervisión de la vivienda y no tenía llaves del inmueble. Además, sostuvo que la pareja la golpeaba, ofendía, insultaba, humillaba y amenazaba de muerte a ella y a su familia –incluso le exhibieron armas- y hasta habría sufrido un intento de violación. También declaró que a veces no le permitían comer o le preparaban comida asquerosa que le obligaban a comer por la fuerza, lo que le provocaba sangrados en la boca y la nariz.

Por otra parte, la víctima refirió que jamás recibió dinero por su labor y que, si algún objeto se rompía o sufría algún robo, debía asumir las pérdidas económicas, como también pagaba por la ropa que utilizaba, todo lo cual aumentaba su deuda.

La víctima refirió que tenía prohibido hablar con otras personas, no podía comunicarse con su familia, tampoco podía salir sin supervisión de la vivienda y no tenía llaves del inmueble. Además, sostuvo que la pareja la golpeaba, humillaba y amenazaba de muerte.

El calvario de la víctima concluyó cuando, el 23 de junio de 2016, mientras trabajaba en el puesto de la feria de Villa Celina, le pidió a Castañeda Dueñas permiso para ir al baño, oportunidad que aprovechó para escapar y resguardarse en la casa de una conocida, quien al día siguiente la acompañó a efectuar la denuncia ante el consulado boliviano.

Los imputados fueron indagados y en sus declaraciones negaron “de forma parcial los dichos de la víctima ya que cuanto menos ha asentido que viajaron junto a C.N.F. desde Bolivia hasta este país, a quien recibieron en su hogar, donde la nombrada llevaba a cabo tareas domésticas tales como limpiar la casa, cocinar o el cuidado de los hijos menores de los imputados y que también prestaba tareas en el comercio de celulares de los imputados”. Sin embargo, para el fiscal García, “los dichos de los imputados son sólo un vano intento por mejorar su situación procesal, enmascarando en un contexto de contención y ayuda hacia la menor, la situación de trata sufrida por ésta, ya que surge claramente de los dichos de C.N.F. y del resto de las pruebas recabadas durante la instrucción, que el fin de los cautelados no fue otro que beneficiarse a partir de su explotación laboral”.

Por ello, el representante del Ministerio Público Fiscal tuvo por probado que Castañeda Dueñas y Fernández Chumacero captaron, trasladaron, recibieron y acogieron en la localidad de Villa Celina, días antes del 14 de noviembre de 2015 y hasta el 23 de junio de 2016, a una menor de edad, mediando para ello una oferta laboral engañosa y aprovechándose de la situación de vulnerabilidad de la víctima para someterla a explotación laboral, razón por la cual le requirió al titular del Juzgado Federal N°2 de Morón, Jorge Ernesto Rodríguez, que la pareja sea enjuiciada en orden al delito de trata de personas con fines de explotación laboral agravado por mediar engaño y abuso de una situación de vulnerabilidad y por resultar la víctima menor de edad.