El fiscal ad-hoc de la Procuraduría de Violencia Institucional (Procuvin), Fernando Vallone, junto a la coordinadora del Área de Encierro de esa misma dependencia, Bárbara Franco, denunciaron al Jefe del Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad de Buenos Aires (Devoto) y al Jefe de la División Control y Registro del establecimiento penal por incumplimiento de los deberes de funcionario público y desobediencia de órdenes emanadas por autoridades judiciales en acciones de habeas corpus, en relación al derecho a la educación de las personas detenidas.
Tras una inspección, la fiscalía especializada determinó que “los alumnos del Centro Universitario de Devoto aún padecen inconvenientes para acceder al derecho a la educación por incumplimientos de los funcionarios penitenciarios de ese establecimiento”.
La presentación de la Procuvin destacó las responsabilidades de los funcionarios acusados y cómo sus “conductas y omisiones” terminaron por afectar “el derecho a aprender y a educarse de todas las personas privadas de su libertad alojadas en el complejo carcelario”.
En relación a la responsabilidad de los agentes penitenciarios, la denuncia cuestionó que no se cumplen en tiempo y forma los traslados de los estudiantes desde los distintos pabellones en que se alojan al centro de estudios ubicado en el mismo complejo.
Antecedentes
En marzo de este año, la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional había resuelto en favor de un habeas corpus colectivo por la demora en el ingreso de los docentes y los materiales de estudio al Centro Universitario de Devoto (CUD), así como también respecto del incumplimiento en el traslado de las personas privadas de la libertad desde los lugares donde se encuentran alojadas dentro del Complejo carcelario.
Esta situación implicó la vulneración del derecho a la educación consagrado en los artículos 14 de la Constitución Nacional y 133 de la ley n° 26693, de aproximadamente doscientas personas detenidas en el establecimiento penal.
La fiscalía especializada ya había advertido previamente la necesidad de que se le imponga al Director del Complejo Penitenciario Federal de la CABA y al Jefe de Requisa que en el plazo de cinco días hábiles establezcan y cumplan los procedimientos adecuados para satisfacer lo encomendado por la justicia, en el marco de la resolución de una nueva acción de habeas corpus interpuesta por los estudiantes, en cuanto a la no realización de “movimientos de bajada” a “un gran número de talleres que se dictan” y la falta de implementación del “sistema de negativas” en caso de eventuales inasistencias.
Finalmente, en su resolución del 15 de junio de 2015 el juez actuante señaló que “de las probanzas agregadas al presente legajo, se puede advertir que no se ha dado cumplimiento a la confección de esas listas de bajadas en las que se asientan los motivos por los que los detenidos no concurren a los talleres”. El magistrado concluyó que las boletas mencionadas “en rigor de verdad no se confeccionan; o al menos no cumplen sus fines específicos”, ya que el Director del CUD no las aportó bajo la excusa de que las mismas se confeccionan y luego se descartan.
La Procuvin advirtió que a la fecha no se ha dado un cumplimiento cabal a las obligaciones impuestas a las autoridades del Servicio Penitenciario en el marco de lo dispuesto en las causas iniciadas en favor de los estudiantes del Centro Universitario de Devoto.