21 de diciembre de 2025
21 de diciembre de 2025 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Fueron investigados por una comisión del MPF
Dictaminan contra la prescripción de una causa por procedimientos fraguados
El fiscal de Casación Javier De Luca pidió que se impida la prescripción de una causa contra policías federales que fraguaban procedimientos y detenían inocentes en busca de mejorar estadísticas y obtener ascensos.

En su dictamen, De Luca hizo lugar al recurso presentado por su colega Azzolin, a cargo de la Fiscalía General ante Tribunal Oral Criminal Nº 21, y solicitó que se aparte al TOC N° 23 por no estar “dispuesto a llevar a cabo el juicio oral” ordenado.

De Luca consideró arbitrarias las razones por las cuales el tribunal declaró prescriptas las acciones penales que se imputaban a personal de la Policía Federal por fraguar procedimientos para obtener ascensos o aumentar estadísticas, en perjuicio de personas de pocos recursos, muchas veces en situación de calle.

El fiscal de Cámara fundamentó su decisión en que la causa, en la que se investigan los procedimientos fraguados entre 1997 y 1998, sufrió varias interrupciones, lo que produjo demoras en el proceso. Además, sostuvo que el hecho que se investiga corresponde a una “violación al derecho a la libertad personal de las víctimas” por parte de funcionarios públicos -miembros de la Policía Federal-, y que, conforme a la doctrina de la Corte Interamericana y de la Corte Suprema, los hechos investigados no prescriben por resultar violaciones a los derechos humanos.

Según De Luca, “la declaración de la prescripción de la acción penal en estos actuados podría representar una violación a los derechos garantizados por la Convención Americana sobre Derechos Humanos toda vez que dejaría de investigarse la violación a la libertad personal de las víctimas, con la consiguiente responsabilidad internacional del Estado Argentino no sólo por la violación al derecho a la libertad personal sino además, por su negligente investigación”.

La causa llegó a Casación en dos oportunidades. La primera no tuvo éxito y se hizo una presentación directa a la Corte Suprema, que decidió remitir las actuaciones para un nuevo juicio –ya que el TOC 16 había absuelto a los imputados- y por sorteo recayó en el TOC N° 23.

Fue ese tribunal el que consideró que la causa había prescripto, excepto la parte de la actuación en la que se imputa a dos policías el delito de falso testimonio agravado. Para los jueces, los únicos elementos que se entienden como actos de interrupción serían la citación a juicio y la sentencia. En virtud de ello, concluyó que “toda vez que la citación a juicio había sido el 18 de noviembre de 2002, hasta el momento de esta resolución, había transcurrido el máximo de duración de la pena señalada para el delito, y toda vez, que los imputados no habían cometido nuevos delitos, correspondía declarar extinguida por prescripción la acción penal de los hechos indicados”.

Ya en la segunda oportunidad, Azzolin interpuso un recurso de Casación en el que declaró arbitraria la sentencia del TOC N° 23, a la que De Luca hizo lugar argumentando que la causa no estaba prescripta.

Origen de la causa
La causa se inició a partir de informes elaborados por la “Comisión Investigadora de Procedimientos Fraguados” de la Procuración General de la Nación. Allí se demostró que un común denominador en el accionar policial consistía en generar causas penales a personas inocentes, en situación de vulnerabilidad, con la finalidad de obtener ascensos o aumentar el número de estadísticas de actividad policial, entre otras.

Los hechos investigados son tres. En el primero de ellos, la víctima fue llevada engañada en un taxi y abandonada allí unos minutos al cuidado de un bolso. Poco después, los policías lo detuvieron y simularon encontrar en el bolso uniformes de la Federal, granadas, billetes apócrifos, dos revólveres y cartuchos de bala. Los efectivos ratificaron en sus declaraciones judiciales la validez del procedimiento.

El segundo caso es muy similar: un policía -en colaboración con otros agentes-, le ofreció un supuesto trabajo a la víctima, quien se encontraba en la fila para la bolsa laboral de la iglesia San Cayetano, en el barrio porteño de Liniers. La trasladan desde allí a la estación de Haedo y le piden que cuide un bolso mientras compran los boletos para el viaje. Al instante, se presentas los policías imputados, revisan el bolso, que contenía drogas en su interior, y lo detienen. Allí también, una vez labrada el acta, los policías brindan testimonios falsos en el expediente y en la audiencia de debate.

Por último, los mismos policías imputados buscaron a las víctimas en Plaza Constitución y, nuevamente con el pretexto de ofrecerles empleo, los llevan a la estación de tren y repiten la maniobra. Al igual que en los casos anteriores, los uniformados mintieron en sus testimonios.