El Juzgado Correccional N°13 se encuentra en el desarrollo de la investigación del hecho cometido el 30 de octubre pasado en Recoleta, CABA, por un hombre que apuñaló reiteradas veces a su ex novia. Una de las heridas fue cercana al corazón, lo que motivó que la víctima deba ser intervenida quirúrgicamente por un neumotórax, ya que se encontraba afectado su pulmón. Según el relato de la propia víctima, antes de apuñalarla el agresor le dijo: “si no sos mía, no sos de nadie” y tras causarle las heridas intentó retenerla en el departamento, luego de golpearla y apuñalarla, lo cual agravó el riesgo de vida de la joven. La UFEM presentó ayer un pedido a la Fiscalía Correccional N°3 a cargo del fiscal Guillermo Cichetti a fin de que evalúe la posibilidad de plantear la incompetencia del fuero correccional y la remisión al fuero criminal, por entender que el hecho no debe continuar siendo investigado como un delito de lesiones leves, sino bajo la hipótesis de tentativa de homicidio agravado por el vínculo y por ser cometida con violencia de género.
La Unidad Fiscal especializada explicó en tal sentido que “la entidad de los hechos y el modo en que fue concretado el ataque de José Slapak contra su ex pareja permiten, por sí solos, abordar la investigación bajo la hipótesis de tentativa de homicidio, agravada por el vínculo y por ser cometida con violencia de género. Ello, más allá del daño que efectivamente hayan causado en la salud de la víctima las puñaladas asestadas por el imputado. Lo cierto es que, prima facie, el objeto procesal de la presente investigación es determinar si Slapak apuñaló reiteradamente a Verónica Notagay en zonas vitales de su cuerpo y tal conducta no puede sino investigarse bajo la hipótesis de tentativa de homicidio agravada, ya que trajo aparejada un riesgo de muerte para la víctima”.
Según la UFEM, la decisión sugerida es conducente a los fines de cumplir con los mandatos legales y convencionales que rigen en materia de investigación de hechos que encuadran en el fenómeno de violencia de género. Entre ellos los establecidos por la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém Do Para); Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, de rango constitucional; ley N° 26.485 de Protección Integral a las Mujeres y su decreto reglamentario N °1011/10, entre otros instrumentos.
Además, destacó que el Modelo de Protocolo Latinoamericano para la investigación de muertes violentas de mujeres por razones de género de ONU establece expresamente la necesidad de abordar la investigación de estos hechos desde su inicio bajo la hipótesis de homicidios por razones de género. La UFEM viene desarrollando una adaptación local del protocolo.