15 de diciembre de 2025
15 de diciembre de 2025 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervino la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°6
Concedieron la extradición de un ciudadano chileno condenado en su país a 6 años de prisión por lavado de activos provenientes del narcotráfico
Así lo dispuso el Juzgado Federal N°10 de la Capital Federal, en línea con la postura del Ministerio Público Fiscal. En 2015, Mauricio Alfonso Mazza Alaluf fue condenado por resultar socio representante, gerente y gestor del negocio de una empresa de turismo que transportó divisas provenientes de Colombia hacia Estados Unidos. En ese fallo se comprobó la relación del condenado con personas vinculadas con el tráfico ilícito de estupefacientes y que fue él quien ordenaba aquellos viajes. Las diferentes conductas atribuidas ascenderían a varios cientos de millones de dólares.

El titular del Juzgado Federal N°10 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Julián Ercolini, concedió la extradición a la República de Chile de un ciudadano de ese país que fue sentenciado a 6 años de prisión, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos y profesiones titulares mientras dure el tiempo de la condena, así como al pago de una multa, por ser considerado autor responsable del delito de lavado de activos provenientes del narcotráfico, por hechos ocurridos entre 2003 y 2007. Se trata de Mauricio Alfonso Mazza Alaluf, quien fue detenido en enero pasado en Capital Federal y había huido de su país a fines de noviembre de 2023.

En el proceso intervino el fiscal interinamente a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°6, Carlos Rívolo. De acuerdo a las constancias expuestas en el juicio de extradición, la persona requerida formó parte de la Sociedad Turismo Costa Brava SA, cuya principal área de negocio es el cambio de divisas.

Mazza Alaluf fue socio, representante legal y gerente general de la empresa, siendo el gestor de los negocios en la misma. Tenía poder de firma en todas las cuentas corrientes que poseía la empresa tanto en la República de Chile como en el extranjero, por donde pasaban grandes flujos de dinero que, para las autoridades chilenas, era blanqueado por la organización teniendo este pleno conocimiento del movimiento de esas cuentas. Además, conforme sus propios dichos y lo corroborado por los informes policiales y los testigos que declararon en el proceso, transportó divisas provenientes del narcotráfico de Colombia hacia los Estados Unidos. Así, se comprobó que él era quien ordenaba los viajes y se relacionó directamente con personas que, a su vez, han sido vinculadas con el tráfico ilícito de estupefacientes. Las maniobras ilícitas habrían implicado varios cientos de millones de dólares.

El modus operandi

La maniobra consistía en transportar las divisas por "correos humanos", quienes las ingresaban desde Colombia y Perú a Chile, donde las entregaban de diversas formas, ya fuera en las oficinas de la sociedad o en el aeropuerto de Santiago de Chile a una empresa de transporte que las trasladaba hasta la oficina central de la misma, ambas situaciones con el objeto que desde allí fueran llevadas por otro correo humano a Estados Unidos, o en tercera modalidad, mediante la entrega directa y en el mismo aeropuerto a otro sujeto encargado de transportarla, en forma inmediata a los Estados Unidos, eventos todos en los cuales, cuando se declaraban, lo hacían como euros de origen chileno, ocultando su procedencia real.

A raíz de estos hechos, Mazza Alaluf fue condenado el 31 de diciembre de 2015 por el 34° Juzgado del Crimen de Santiago, por su participación en el delito de lavado de activos, a la pena de "seis años de presidio mayor en su grado mínimo", al pago de una multa de 200 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), más las accesorias legales y el pago de las costas de la causa. La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia el 31 de mayo de 2018.

Asimismo, el 14 de diciembre de 2023 el titular del 34° Juzgado dispuso el “cúmplase sentencia” y ordenó su inmediata detención, a fin de dar cumplimiento a la pena corporal impuesta al imputado. Conforme surge de las constancias migratorias, el requerido abandonó el país vecino días antes de la instauración de su detención, en noviembre de 2023, cuando viajó a Argentina.

En virtud de ello, el 28 de enero pasado, la Corte Suprema de Chile declaró procedente la solicitud de extradición de Mazza Alaluf. Por vía diplomática, el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto argentino recibió el pertinente pedido formal de extradición.

El ciudadano chileno fue apresado el 4 de abril último en el barrio porteño de Palermo por la División Investigación Federal de Fugitivos y Extradiciones de la Policía Federal y quedó a disposición del Juzgado Federal N°10 y la Fiscalía Federal N°6 de la Capital Federal.

El alegato del fiscal

Durante los alegatos vertidos en el proceso de extradición, el fiscal Rívolo sostuvo que correspondía conceder la extradición conforme las previsiones de la Convención Interamericana de Extradición -en vigencia en nuestro país a través del Decreto Ley 1638/56- y de la Ley N°24.767 de Cooperación Internacional en Materia Penal, normativas internacionales que regulan los procesos de extradición con la República de Chile.

En tal sentido, el fiscal concluyó, entre otras cuestiones procedimentales, que los hechos que dieron lugar al pedido de extradición son delitos -de acuerdo a las leyes de ambos países- y que son punibles con una pena privativa de la libertad, cuya duración mínima es superior a un año de prisión.

Finalmente, se estableció el cumplimiento de los requisitos formales y legales del pedido de asistencia internacional que realizó la República de Chile, y se descartó la existencia de causales que permitieran denegar la solicitud.

En virtud de todo ello, el juez Ercolini dictó ayer sentencia, donde rechazó planteos de la defensa y declaró procedente la extradición de Mazza Alaluf. Los fundamentos se conocerán el próximo 5 de mayo.