En línea con el dictamen del fiscal general Daniel Adler

Tandil: confirmaron el procesamiento de un hombre acusado de captar personas vulnerables para producir material de abuso sexual infantil

Así lo resolvió la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata. El imputado contactaba a sus víctimas a través de cuentas ficticias con ofertas laborales, pero luego les ofrecía dinero para obtener videos e imágenes de contenido sexual. Tenía en su poder más de 26 mil imágenes.

La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata confirmó el procesamiento con prisión preventiva de un hombre imputado por tentativa de trata de personas con fines de explotación sexual, y producción y financiamiento de material de abuso sexual infantil. La decisión se dio en línea con el dictamen del fiscal general Daniel Eduardo Adler.

La investigación estuvo a cargo de la entonces Fiscalía Federal de Tandil —actual Sede Fiscal Descentralizada de esa ciudad, a cargo de Marcos Silvagni—, con intervención del juez federal de Azul, Gabriel Di Giulio. En ella se determinó que, desde diciembre de 2015 y hasta diciembre de 2021, el imputado habría captado a personas en situación de vulnerabilidad —algunas menores de edad, o a sus familiares— para producir, financiar y distribuir material de abuso sexual infantil.

También se le endilga la comisión de, al menos, tres estafas junto a una mujer, cuyo procesamiento sin prisión preventiva fue confirmado por la Cámara marplatense.

El caso

En su dictamen, el fiscal general Adler sostuvo que el imputado empleaba una identidad ficticia y se hacía pasar por mujer para contactar a sus víctimas. Así, creó múltiples perfiles falsos en redes sociales con distintos abonados telefónicos, en los cuales publicó avisos publicitarios de ofertas laborales engañosas en grupos de "busco y ofrezco trabajo".

Una vez que contactaba a las personas —en su mayoría mujeres— el imputado les solicitaba que hicieran fotografías y/o videos con representaciones sexuales explícitas que contaran con la participación de personas menores de 18 años de edad.

Así se lograron acreditar tres denuncias con un mismo patrón: contacto por redes sociales, el engaño de ofrecer trabajo, y el pedido —a cambio de dinero— de imágenes sexualizadas de menores, niñas y niños.

Incluso, en una ocasión, el imputado le ofreció dinero a una mujer para que le entregara a su hijo de 4 años, lo que motivó que la víctima denunciara lo ocurrido en la línea nacional 145, donde se reciben denuncias las 24 horas del día, y pueden realizarse de manera anónima.

Por otro lado, el MPF tuvo por acreditado que, en 2021, el imputado produjo y financió material de abuso sexual infantil, para distribuirlo y comercializarlo. Ello surgió de las imágenes y videos hallados en el celular que le secuestraron durante los allanamientos realizados en diciembre de ese año.

“La producción del material se habría concretado previa comunicación por WhatsApp, entre otras plataformas, disimulando su identidad bajo múltiples perfiles y abonados telefónicos. Se detectó material de niñas menores de 16 años, que se obtuvieron mediante la (misma) mecánica de captación”, sostuvo el fiscal general en su dictamen.

Más de 26 mil archivos

Al analizar la prueba reunida en la causa, los jueces Alejandro Tazza y Eduardo Jiménez, señalaron que la intervención del imputado “se encuentra probada a partir, no solo de las denuncias glosadas al caso y las tareas de campo realizadas por la Policía Federal Argentina que permitieron determinar que él era el emisor de las ofertas laborales engañosas que tenían como fin la producción de esas fotos y videos, sino también con el hallazgo del material ilícito y las conversaciones con las niñas en sus dispositivos electrónicos secuestrados en el allanamiento”, que se realizó en su vivienda de la ciudad de bonaerense de Tandil. También se realizó otro procedimiento en un segundo inmueble vinculado al hombre.

En el análisis de uno de los teléfonos del imputado, personal de la División Delitos Cibernéticos contra la Niñez y la Adolescencia de la PFA encontró 26.150 archivos, algunos de los cuales eran  imágenes compatibles con material de abuso y/o explotación sexual infantil.

En esta línea, el fallo de la Cámara marplatense reparó en que “aparecen en la causa también otras fuentes de información que son las denuncias y declaraciones de las víctimas donde dirigió esas propuestas, la información de contacto y la geolocalización aportados por la telefonía y empresas de servicios de email”. Además, se verificó el uso de la aplicación MultiParallel, con la que se puede clonar y ejecutar múltiples cuentas de WhatsApp, Facebook, Instagram o juegos, de manera simultánea en un único teléfono.

Los magistrados concluyeron que el hombre no solo poseía material de abuso sexual infantil —conducta penada en el segundo párrafo del artículo 128 del Código Penal— sino que “buscaba captar mujeres y niñas/os vulnerables (a partir de publicaciones en foros de personas que necesitaban un trabajo), con la utilización de mensajes con perfiles falsos y desde líneas telefónicas que registraba con identidades falsas”. Así, “tras un texto de oferta laboral engañosa, explícitamente solicitaba el envío, a cambio de dinero, de fotos de niñas y niños menores de edad de contenido sexual con mensajes textuales como ‘esto es sin límites de edad’ o ‘cuanto más pibita, más pago’”.

Estafa y tenencia de DNI ajenos

El imputado también se valió de internet para cometer otros delitos: junto a otra mujer, cuyo procesamiento sin prisión preventiva también fue confirmado por la Cámara, ofrecían online la venta de fardos. Así, en tres oportunidades, simularon hacer la operación comercial y obtuvieron el pago, sin entregar la mercadería.

El hombre también está imputado por tener en su poder, de manera ilegítima, documentos de identidad (DNI) auténticos o apócrifos, y haberlos utilizado para distintas operaciones. Esa conducta es sancionada por los apartados c y d del artículo 33 de la Ley N°17.671 de Identificación, Registro y Clasificación del Potencial Humano Nacional.

Si bien, en los procedimientos solo se encontraron fotografías de los documentos –y no sus ejemplares físicos-- para la Cámara Federal “es claro por lo investigado que mediaría la utilización de documentos de terceros (inciso d), con el objeto de crear perfiles falsos en redes (por ejemplo)”. Si bien los camaristas consideraron que podía configurarse el eventual uso del documento anulado o reemplazado (inciso d), señalaron que sería en una instancia más avanzada del proceso donde pueda definirse la calificación legal definitiva.

Finalmente, los camaristas confirmaron el embargo de 50 millones de pesos oportunamente dispuesto. Además, coincidieron con el representante del MPFN en cuanto a la necesidad de impulsar nuevas medidas de prueba para robustecer la investigación, no sólo en los movimientos patrimoniales del acusado, sino también “poder conectar sus conductas con las de los otros posibles destinatarios del material, que pudiere haberse producido o financiado”.