Azul: procesaron al presidente de un frigorífico de faena de aves por volcar efluentes contaminantes al Río Salado

Tras una pesquisa a cargo de la Sede Fiscal Descentralizada de esa jurisdicción, que incluyó inspecciones y tomas de muestras, se constató que como parte del proceso industrial y al menos entre enero de 2023 y febrero de 2025, se vertieron líquidos contaminantes, que afectaron la salud y el medio ambiente. Además del procesamiento por infracción a la ley de residuos peligrosos, el juez le fijó al directivo un embargo de 20 millones de pesos.

En el marco de una investigación desarrollada por la Sede Fiscal Descentralizada Azul, el juez federal Gabriel Di Giulio procesó —sin prisión preventiva— al presidente del directorio del frigorífico Absolon S.A. por el vertido de efluentes contaminantes al ecosistema del Río Salado y le trabó un embargo por 20 millones de pesos. La resolución se dictó en línea con lo requerido por el titular de la Sede Fiscal Descentralizada de Azul, el fiscal Santiago Eyherabide, y los auxiliares fiscales María José Buglione y Lucas Moyano.

El procesamiento se dictó al considerar que el directivo violó el artículo 55 de la Ley 24.051 de Residuos Peligrosos, que castiga con una pena de entre 3 y 10 años de prisión, a quien “utilizando los residuos a que se refiere la presente ley, envenenare, adulterare o contaminare de un modo peligroso para la salud, el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general”. Esta misma normativa, en su artículo 57, prevé la aplicación de la pena a sus directores, cuando los hechos se hubiesen producido por decisión de una persona jurídica.

La causa se inició por una denuncia de la Unidad Fiscal de Investigaciones en Materia Ambiental (UFIMA), que conduce Ramiro González. Allí se abrió una investigación preliminar que permitió trazar una primera hipótesis sobre dos frigoríficos que habrían vertido efluentes al Río Salado. En diciembre de 2025, el magistrado había procesado al directivo de la otra empresa involucrada por contaminación.

El caso

Con la investigación a su cargo, la Sede Fiscal Descentralizada dispuso una serie de medidas probatorias para determinar el posible vertido de los efluentes contaminantes proveniente del frigorífico, ubicado en la localidad de Roque Pérez y a dos kilómetros del cauce del Río Salado.

Una de las inspecciones realizadas y que constan en el expediente. Foto: Sede Fiscal Descentralizada Azul

“En todos los casos, las muestras evidenciaron la presencia de efluentes contaminantes o en concentraciones prohibidas por la normativa ambiental vigente, y las autoridades constataron infracciones de la normativa para la actividad y tratamiento de efluentes, configurando así un vertido contaminante en cuerpos receptores de agua superficial”, sostuvo el Ministerio Público Fiscal en su acusación e indicó que la conducta se habría desplegado en una serie indeterminada de ocasiones como parte del proceso industrial, al menos entre enero de 2023 y febrero de 2025, verificada en cuatro instancias concretas en el marco de las inspecciones realizadas por las autoridades competentes.

Al momento de dictar el procesamiento y de acuerdo con lo expuesto por el MPF, el magistrado federal indicó que en el ámbito de la provincia de Buenos Aires opera la Autoridad del Agua como autoridad administrativa que establece los parámetros que deben ser observados en lo relativo al aprovechamiento de los recursos hídricos. “Dicho organismo determinó que el accionar de la firma Absolon S.A. ponía en peligro bienes jurídicamente tutelados, debiendo adoptar diferentes medidas administrativas para paliar sus efectos adversos; así dispuso clausuras preventivas, aplicó multas y ordenó adecuaciones estructurales en el establecimiento para el adecuado tratamiento de los efluentes, entre otros”, advirtió el juzgado.

En esa misma línea, marcó que, de los resultados de laboratorio de las muestras colectadas, se extrajó que las mismas compartían las características de peligrosidad previstas en el Anexo II de la ley 24.051, que tutela la salud y el medio ambiente. “La valoración de estas probanzas permite afirmar, con la provisoriedad propia de esta etapa, que el efluente contenía residuo calificado como peligroso por la normativa vigente”, indicó Di Giulio.

En esta línea, sumó que personal del Departamento de Delitos Ambientales de la PFA verificó que el destino final de los efluentes producidos en el proceso industrial por la firma investigada era el cauce del Río Salado, lo que comprometía "el agua, la vida y el ambiente en general". Además, mencionó que el río atraviesa numerosas localidades bonaerenses y reviste importancia para las actividades ganaderas y agrícolas, además de la relevancia que tiene para el ecosistema en general e incluso para la recreación de la ciudadanía.

“No basta que se afirme la ausencia de intención cuando a pesar de las reiteradas observaciones y medidas preventivas, la conducta fue continuada verificándose el volcado de efluentes sin debido tratamiento”, indicó el magistrado federal ante uno de los cuestionamientos que hizo la defensa del directivo.

Por último, marcó que si bien las actuaciones administrativas llevaron a la firma a proponer la implementación de obras, en su resolución que se constató que resultarían “insuficientes para el correcto tratamiento del volumen proveniente del sector de proceso” y que la modificación anunciada “se encontraba detenida desde hace aproximadamente dos años" y que faltaba "principalmente la conexión con las tres lagunas existentes, las cuales se encontraban sin funcionamiento y con agua de lluvia”.