Intervención del fiscal subrogante Cristian Rachid

San Luis: condenaron a cinco integrantes del Ejército por la muerte de un aspirante a soldado durante una práctica de tiro

El tribunal atribuyó el resultado a la manipulación imprudente del arma por parte de otro aspirante a soldado voluntario y al incumplimiento de las medidas de seguridad y supervisión durante la jornada de instrucción por parte de sus superiores.

El Tribunal Oral Federal de San Luis condenó a cuatro integrantes del Ejército Argentino y a un aspirante a soldado voluntario por su responsabilidad en la muerte de otro aspirante, ocurrida en septiembre de 2019 durante una práctica de tiro desarrollada en un polígono de la localidad de Salinas del Bebedero. Todos fueron señalados como responsables del delito de homicidio culposo de José Javier Bechis (19) con distintos grados de intervención. En el caso, el Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el fiscal federal subrogante Cristian Rachid.

El 16 de septiembre pasado, el sargento Carlos Lebron y el cabo primero Sergio Winter Moran fueron condenados a un año de prisión por las juezas María Carolina Pereira y María Paula Marisi y el juez Daniel Alejandro Doffo por haberse manejado con negligencia e inobservancia de los reglamentos y deberes a su cargo. La lectura de los fundamentos del veredicto se conocerá dentro de los veinte días hábiles.

Previamente, el aspirante a soldado voluntario Elías Luciano Muñoz (18) había sido condenado por la jueza Gretel Diamante (que integró el tribunal de forma unipersonal) a tres años de prisión en suspenso en el marco de un juicio abreviado. Además, se le había fijado una inhabilitación especial de cinco años por haber efectuado el disparo mortal contra la víctima debido a la manipulación “imprudente e imperita” del fusil que tenía asignado, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 84 del Código Penal

En ese mismo proceso, el teniente y director de tiro Alejandro Agustín Díaz Garro, máxima autoridad de la sesión de tiro, fue condenado a la misma pena de prisión pero con una inhabilitación especial de seis años, por negligencia e inobservancia de los reglamentos y deberes a su cargo, a partir de las omisiones atribuidas por su función.

Por último, el cabo Enrique Zarate fue también responsabilizado por negligencia e inobservancia de sus deberes y se le fijó una pena de dos años y diez meses de prisión en suspenso e inhabilitación especial por seis años. Esa pena había sido pactada previamente con este imputado, en el marco de un acuerdo de juicio abreviado; sin embargo, el tribunal decidió resolver su situación al momento de dictar sentencia en el juicio.

En particular y según la acusación formulada por la fiscalía, se consideró que Zarate no supervisó adecuadamente el procedimiento de descarga en la línea de tiro; que Lebron no controló las condiciones de seguridad del arma en el puesto de reglaje; y que Winter Moran no verificó el faltante de munición ni el estado del fusil en el puesto entrega de municiones, antes de permitir que Muñoz continuara su recorrido. De acuerdo con lo establecido en el juicio, esas omisiones permitieron que el aspirante llegara al sector de mantenimiento con el fusil todavía cargado, donde finalmente se produjo el disparo que provocó la muerte de Bechis.

El hecho

Según precisó la fiscalía en sus alegatos, se tuvo por probado que el 2 de septiembre de 2019, 50 aspirantes a soldados voluntarios participaban de una jornada de instrucción y prácticas de tiro con fusiles FAL en un polígono habilitado por el Ejército Argentino en Salinas del Bebedero.

Durante la mañana, Muñoz recibió seis municiones de guerra para realizar una condición de tiro diagnóstico con un fusil que le había sido asignado. Luego, se dirigió a la línea de tiro junto con otros diez aspirantes y efectuó dos series de disparos.

Se tuvo por acreditado que, como consecuencia de una manipulación defectuosa del arma, Muñoz no pudo efectuar el sexto disparo y tampoco realizó correctamente el procedimiento de comprobación de descarga del fusil.

En ese momento, el cabo Zárate, quien tenía asignada la función de suboficial próximo al tirador y debía supervisar al aspirante, tampoco verificó que el procedimiento se realizara correctamente. Al advertir que el blanco presentaba cinco impactos, se limitó a consultar a Muñoz sobre la cantidad de disparos efectuados. De ese modo, el aspirante abandonó la línea de tiro con un blanco con cinco impactos, cinco vainas y una munición en la recámara del fusil.

El aspirante a soldado voluntario Muñoz (18) había sido condenado a tres años de prisión en suspenso en el marco de un juicio abreviado por haber efectuado el disparo mortal contra la víctima debido a la manipulación “imprudente e imperita” del fusil que tenía asignado.

Luego de la práctica, Muñoz se dirigió al puesto de reglaje, a cargo del sargento Lebron, mecánico armero. Allí exhibió su blanco, pero el responsable del puesto no verificó que el arma se encontrara descargada y permitió que el aspirante continuara su recorrido por el lugar con el fusil cargado.

Posteriormente, Muñoz llegó al puesto de entrega de municiones, a cargo del cabo primero Winter Moran y devolvió su blanco, que registraba cinco impactos, y las cinco vainas que había recuperado. Ante la ausencia de una sexta vaina, Winter Moran le indicó que revisara sus bolsillos y luego que regresara a la línea de tiro para buscarla.

Al regresar sin encontrarla, el responsable del puesto registró el faltante de una vaina, pero no verificó el blanco ni controló si Muñoz había completado correctamente el procedimiento de descarga del arma. De esa forma, permitió que continuara hacia el puesto de mantenimiento de fusiles y línea de espera con el arma cargada.

La organización del polígono

En el puesto de mantenimiento se encontraban más de 20 aspirantes, entre los que se encontraba Bechis. El lugar había sido unificado ese día con el sector destinado a la línea de espera, por decisión de las autoridades del polígono, debido a las condiciones climáticas. De acuerdo con lo acreditado en el juicio, en esa misma carpa, que debía albergar a no más de diez aspirantes, se reunieron en definitiva más veinte aspirantes, tanto los que debían manipular sus fusiles para tareas de mantenimiento cuanto los que aguardaban su turno para realizar las prácticas de tiro. Además, la supervisión de todos ellos fue confiada a un único suboficial.

El tribunal atribuyó al teniente Díaz Garro, director de tiro, la responsabilidad por la organización defectuosa de la jornada. Según se estableció, omitió adoptar las medidas generales de seguridad necesarias para el desarrollo de la actividad y tampoco supervisó adecuadamente al personal subordinado encargado del control de los distintos puestos.

El disparo mortal

Cuando Muñoz llegó al sector unificado de mantenimiento y línea de espera, el cabo primero a cargo le indicó que limpiara su fusil junto con otros aspirantes. El grupo se ubicó dentro de la carpa, donde también se encontraba la víctima Bechis.

Según la acusación formulada por la fiscalía, se consideró que Zarate no supervisó adecuadamente el procedimiento de descarga en la línea de tiro; que Lebron no controló las condiciones de seguridad del arma en el puesto de reglaje; y que Winter Moran no verificó el faltante de munición ni el estado del fusil en el puesto entrega de municiones, antes de permitir que Muñoz continuara su recorrido.

Muñoz comenzó a manipular el FAL, que aún tenía una munición en la recámara. Durante la maniobra de limpieza, con el arma orientada hacia su derecha, se produjo el disparo. El proyectil impactó en Bechis, quien falleció cuando era trasladado en ambulancia para recibir atención médica.

Para el tribunal, el resultado mortal estuvo directamente relacionado con la manipulación “imprudente e imperita” del arma por parte de Muñoz y con el incumplimiento, por parte de los responsables de los distintos puestos, de las medidas de control y seguridad destinadas a impedir que un fusil cargado circulara por el polígono.