30 de abril de 2024
30 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervino el Área de Asistencia ante la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional del MPF
Confirmaron la prisión perpetua de un gendarme que mató a un policía durante un asalto
Fue por decisión de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional. En el juicio, realizado en 2017, se estableció que el imputado asesinó para “procurarse impunidad”.

La Sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional confirmó, por mayoría, la condena a prisión perpetua a un gendarme que protagonizó una serie de robos y mató a un agente de la Seccional 13° de la Policía Federal. En la audiencia intervino el fiscal Leonardo Gabriel Filippini, cotitular del Área de Asistencia ante ese tribunal.

Leandro Szynwelski fue condenado en julio de 2017 por ser coautor penalmente responsable del delito de “homicidio agravado por criminis causae; robo con armas; robo con arma en grado de tentativa; robo en grado de tentativa y hurto en grado de tentativa”, en concurso real. En el debate oral y público había intervenido el fiscal general Aldo de la Fuente. Actualmente, Szynwelski está detenido.

Los hechos
De acuerdo al fallo dictado por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº28, el 17 de mayo de 2013, entre las 20.30 y las 21.05 Szynwelski realizó una serie de conductas delictivas. Cerca de las 20.30, el condenado abordó a una mujer que estaba dentro de su auto, en el límite entre los barrios de Villa Crespo y Caballito y la amenazó con golpes de puño sobre el vehículo, ordenándole que abriera y le entregara las llaves. Como no hizo caso, el ahora ex gendarme le exhibió su pistola Glock 9 mm e intentó abrir las puertas sin éxito, luego se puso junto a la puerta del acompañante y la amenazó de muerte, y realizó dos disparos hacia el interior del auto. Automáticamente, la mujer abrió la puerta y huyó.

Al escuchar los disparos y al ver a Szynwelski, el marido de la mujer tomó una pistola de su propiedad, de la que tenía carnet de legítimo usuario, y se produjo un tiroteo entre ambos. El entonces gendarme resultó herido en un hombro, y escapó a pie en la misma dirección en que lo había hecho la mujer.
En ese momento, un hombre estaba estacionando su auto junto a su esposa cuando oyeron los disparos. Segundos después, vieron al ahora condenado caminar rápido hacia ellos. Instantes después, Szynwelski intentó abrir la puerta del conductor pero al estar trabada no pudo, situación que el damnificado aprovechó para acelerar el vehículo y huir.

A dos cuadras de distancia, intentó nuevamente ingresar a un auto pero no lo logró. Posteriormente, a pocos metros se cruzó con un hombre que estaba por subirse a su auto. “Dame las llaves”, lo increpó. El damnificado comenzó a caminar hacia atrás, de espaldas, mientras pedía auxilio y después de unos segundos, le arrojó las llaves, que cayeron cerca del cordón de la vereda.

Fue en ese momento en que al escuchar los gritos, el agente de la Policía Federal Héctor Alejandro Domínguez Fernández, de 26 años, que estaba prestando funciones, salió corriendo por la puerta de servicio del restaurante en el que se encontraba y se dirigió a Szynwelski, que estaba parándose luego de tomar las llaves del auto. Al verlo, el condenado le disparó a la cara desgarrándole la ceja derecha. Ya de pie, de frente y a menos de 50 centímetros, volvió a dispararle. Esta vez, el tiro fue hacia el hombro derecho y le generó una hemorragia interna que le provocó la muerte.

Szynwelski salió corrió y al cruzarse con otro hombre, le apuntó con la pistola y le ordenó: “dame las llaves del auto o te quemo”. Ese vehículo apareció abandonado cerca de las 22 horas en Hurlingham, en la provincia de Buenos Aires. Tres horas después, el ex gendarme se acercó a un hombre en una estación de servicio de la Ruta 12, a la altura del kilómetro 85, y le pidió que lo lleven al hospital.

En ese instante, se desmayó. Fue trasladado a un hospital de la zona de Zárate por efectivos de la Policía Bonaerense y de Gendarmería Nacional, a quienes les dijo que habían intentado robarle su auto. Cuando fueron a la estación de servicio, encontraron el auto de Szynwelski, donde secuestraron una media blanca con sangre; una mochila con dos pistolas 9 mm, tres cargadores, 183 municiones calibre 9 mm. Debajo del asiento del conductor hallaron una pistola 9 mm con 16 proyectiles.

Cuestionamiento de la defensa y resolución de la Cámara
El defensor oficial cuestionó el fallo del Tribunal y ante la Casación sostuvo que los disparos contra el policía fueron “ocasionales” y “producto de una reacción imprevista e irreflexiva” al encontrarse frente a la víctima. Discutió el homicidio criminis causae y manifestó que la intervención de la víctima desvió los hechos y convirtió “lo que era un hecho de robo, en una tragedia imprevista y no deseada de antemano”. Además, dijo que no buscaba la impunidad en la situación ya que las balas utilizadas en el homicidio eran del arma registrada a nombre del imputado y que no persiguió al dueño del auto, quien podía reconocerlo. A esto le sumó un cuestionamiento sobre la constitucionalidad de la prisión perpetua.

Como no cuestionó la secuencia de los hechos, los magistrados se limitaron a responder los planteos. Repasaron primero lo que el Tribunal sostuvo en la sentencia sobre el accionar de Szynwelski: que mató a la víctima para poder escaparse y lograr su impunidad. Allí también se recalcó que, para lograr esa impunidad, se valió el ex gendarme de su aptitud “indiscutible” para disparar. A eso se le agregó que disparar en la zona de la cabeza y en donde no tenía protección del chaleco antibalas el policía acredita el dolo homicida.

Los jueces Jorge Luis Rimondi y Gustavo Bruzzone votaron por confirmar la sentencia. En su voto, el primero consideró: “matar para procurar la impunidad implica una alteración sustancial de la escala de valores sociales, evidenciada por los bienes jurídicos en pugna. En otras palabras, el autor está sacrificando un bien jurídico ajeno más valioso (la vida humana, el más valioso del ordenamiento positivo) por salvar otro menor (en el caso, la libertad)”. Sostuvo, además, que el imputado pudo haberse sorprendido con la aparición del policía pero que esa circunstancia “no vicia la conexión ideológica final que hubo en este caso, pues la pre-ordenación homicida no es un requisito que la figura legal de homicidio ‘criminis causae’ requiera”.

Además, Rimondi rechazó el agravio vinculado a la inconstitucionalidad de la prisión perpetua. Explicó que el condenado tiene diversos institutos liberatorios dentro de la legislación nacional y que la pena privativa no sería “realmente perpetua”.

Por su parte, el juez Bruzzone coincidió en lo planteado por su colega pero se diferenció en que debería habérsele aplicado la doble agravante: no sólo por criminis causae sino por tratarse la víctima de un miembro de una fuerza de seguridad en ejercicio de sus funciones.

La jueza Patricia Llerena sostuvo que la agravante del artículo 80 inciso 7 del Código Penal es inconstitucional ya que prevé una perpetua únicamente porque el autor procuró lograr su impunidad y que es violatorio del artículo 19 de la Constitución Nacional. No obstante, no se pronunció sobre qué pena debía recibir pues  en su postura quedó en minoría.