10 de noviembre de 2024
10 de noviembre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Fue presentada en la justicia federal por su titular, Sergio Rodríguez, tras una investigación preliminar
La PIA hizo una denuncia por posible defraudación a la administración pública en el marco de cinco contrataciones llevadas adelante por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación
De acuerdo a lo expuesto en la denuncia, se habría dado una concentración de compras a tres compañías oferentes por un monto total de 543.408.400 pesos y con sobreprecios en los productos a ser adquiridos. La imputación incluye también la figura de abuso de autoridad.

La Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), a cargo del fiscal Sergio Rodriguez, realizó una denuncia penal en la justicia federal para que se investiguen cinco contrataciones llevadas adelante por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación en el marco de la emergencia sanitaria. De acuerdo a la presentación, se habría dado una concentración de compras a tres oferentes por un monto total de 543.408.400 pesos y con sobreprecios en los productos a ser adquiridos.

La denuncia es por los delitos de defraudación a la administración pública y abuso de autoridad, previstos en los artículos 174 inciso 5 y artículo 248 del Código Penal. También se menciona la posibilidad de que se haya cometido el delito de negociaciones incompatibles con la función pública.

De acuerdo a lo estudiado en la investigación preliminar (IP) realizada por la PIA -que llevó adelante distintas medidas de prueba, además del análisis de expedientes administrativos-, se determinó que se habría establecido un esquema de concurrencia simulado en la invitación de distintas empresas que en realidad pertenecerían a los mismos grupos económicos, por lo que concentrarían de esta forma las adjudicaciones efectuadas.

En el documento, el fiscal Rodríguez solicitó que se habilite la feria extraordinaria por “la gravedad institucional de los hechos denunciados, su impacto social, la necesidad de realizar medidas de pruebas de carácter urgente y la posibilidad que los mismos puedan seguir causando efectos más allá de la suspensión” de la ejecución del procedimiento contractual, dispuesta por el titular de la cartera del Poder Ejecutivo Nacional en cuestión. También, le solicitó al juez una serie de medidas para profundizar la investigación y le comunicó que la PIA se constituyó como parte acusadora en el sumario administrativo iniciado por el Ministro de Desarrollo Social por lo que, de producirse avances de interés para la investigación penal, podría comunicarlos.

La denuncia realizada por la PIA se inició tras una presentación de la abogada Silvina Martínez, que indicó que en la mayoría de las contrataciones directas por emergencia efectuadas por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación era posible advertir sobreprecios en los productos adquiridos, sin justificación alguna.

Los hechos
La PIA reseñó que entre el 31 de marzo y el 2 de abril de 2020, el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación emitió una serie de actos administrativos donde autorizó a efectuar distintas contrataciones directas por emergencia, en el marco de la pandemia de COVID-19. Allí se aprobaron los correspondientes Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y se estableció que el monto total comprometido era de 543.408.400 pesos.

En la denuncia, se explicó que esas contrataciones fueron adjudicadas a distintas firmas que, en general, cotizaron por encima del precio testigo proporcionado por la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) y dejaron de lado los precios máximos de venta establecidos por el propio Estado Nacional. Esto habría generado un eventual perjuicio patrimonial. Además, se detectó que las empresas adjudicatarias formarían parte de sendos grupos económicos, encontrándose vinculados los integrantes de cada una de ellas.

Por ejemplo, en el caso de la contratación para adquirir aceite mezcla en envases de 1,5 litros, el precio testigo suministrado por la SIGEN fue de 131,02 pesos (iva incluido). No obstante, se le adjudicó a la firma TEYLEM S.A. 340 mil unidades de aceite por un precio unitario de 166,58 pesos; a la firma SOL GANADERA S.A la misma cantidad de productos por 157,80; y a la firma COPACABANA S.A por 158,67 pesos.

En síntesis, los productores venden a los intermediarios el aceite marca Ideal a $ 83,40, marca Casaliva a $ 82.28 y marca Indigo entre $ 95 y $96 -precios finales con impuestos incluidos-. Sin embargo, el Estado adjudicó esas mismas marcas en las sumas de $ 157,80, $ 158,67 y $ 166,58, en las mismas condiciones de cantidades, plazo de pago y lugares de entrega. La diferencia llega al 100% en alguno de los casos.

Con respecto a la adquisición de paquetes de 1 kilo de azúcar común tipo A, el precio testigo era de 58,49 pesos. Se adjudicaron 340 mil kilos a COPACABANA S.A por un precio de 74,97; y a ALIMENTOS GENERALES S.A. por 75,20 pesos. Así es que el productor de la marca de azúcar La Muñeca, vende a los intermediarios el paquete de 1 Kg a $46.58, mientras que el Estado adjudicó esa misma marca a $ 74,97 y a $ 75,20 en las mismas condiciones de cantidades y plazo de pago.

Para los fideos, el precio testigo era de 84,39 pesos. Se le adjudicó a SOL GANADERA S.R.L. por 85,76 pesos; a COPACABANA S.A. por 84,77 pesos; y a FORAIN S.A. por 84 pesos.

El precio testigo suministrado para las lentejas era de 157,60 pesos. Se le adjudicó a COPACABANA S.A por 166,74 pesos; a FORAIN S.A por 168,80 pesos; y M.H. ACCURSO SRL, por 170 pesos. Finalmente, en el caso del arroz, el precio testigo era de 61,59 pesos. Se le adjudicó a TEYLEM SA por 68 pesos; a ALIMENTOS GENERALES por 68,20 pesos; y a COPACABANA SA, por el precio unitario de 68,77 pesos.

"Se vulneró la finalidad perseguida por las contrataciones, esto es, la obtención de la oferta más conveniente para el organismo contratante”, consideró el fiscal Rodríguez.

Empresas y funcionarios involucrados

“En todos los procedimientos descriptos se culminó contratando desconociendo los propios precios máximos dispuestos por el Estado Nacional”, marcó el fiscal Rodríguez en la denuncia. Explicó, además, que las normas que regularon el procedimiento de contrataciones de bienes y servicios en el marco de la emergencia tenían habilitado un procedimiento de “excepción” para concretar “el interés público perseguido”. Por eso es que se dispuso, por ejemplo, que los casos donde la contratación hubiera fracasado, el titular de la jurisdicción, entidad u organismo podría seleccionar de forma directa al proveedor o proveedores de listado correspondiente elaborado por el Estado Nacional.

“A fin de poder cumplir con la finalidad buscada mediante estas contrataciones, para la satisfacción del interés público pretendido, hubiera correspondido decretar fracasado los procedimientos, por resultar antieconómicos, procediendo en los términos del art. 4 de la Decisión Administrativa No 409/2020 y punto 4 del Anexo de la Disposición de la ONC Nº 48/2020, esto es, seleccionando en forma directa a proveedores a fin de la adquisición de los bienes en cuestión”, resaltó. “No caben dudas que se vulneró la finalidad perseguida por las contrataciones, esto es, la obtención de la oferta más conveniente para el organismo contratante”, agregó.

Para el titular de la PIA quedó evidenciado que los procedimientos de contratación no fueron llevados a cabo en forma legal por los funcionarios del Ministerio de Desarrollo Social, que con sus infracciones permitieron “distintas irregularidades que conllevaron a la afectación del proceso de compras desviando la finalidad del mismo”. Resaltó que la selectividad en la invitaciones realizadas por el Ministerio permitió que las cinco grandes compras -con plazos especiales de entrega y pago- recayeran prácticamente en manos de dos o tres grupos de oferentes.

“En las compras por emergencia bajo estudio se aparenta haber invitado a una gran cantidad de empresas, de hecho primero se sugieren once firmas pero en definitiva, cuando se traspasa el velo de los nombres societarios se advierte que en realidad se estaba invitando a tres o cuatro manos por decirlo de algún modo”, explicó. Por un lado, estaban TEYLEM – FORAIN- EQUIS QUINCE- BLUE CATERING- Conformación del GRUPO L; por el otro SOL GANADERA SRL – ALIMENTOS GENERALES S.A; y por último COPACABANA SA – NOMEROBO SA.

En la presentación se contempló tanto la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, aprobada por Ley N° 26.09, como la Ley N° 25.188 de Ética Pública. Para la procuraduría especializada, lo expuesto implicó no sólo denunciar los hechos sino continuar la investigación para determinar una eventual connivencia entre los funcionarios involucrados y los particulares, “que para este estadio incipiente parece vislumbrarse”.

“En el escaso tiempo que llevó la investigación preliminar se tomó conocimiento que desde distintos sectores se intentó justificar las diferencias de precios en dos factores, uno fue la logística y el restante en el costo financiero de operar con el Estado” remarcó el fiscal, y explicó que la SIGEN estableció un costo para los productos a entregarse tanto en la Provincia de Buenos como en Tucumán. Por otro parte, se manifestó que no se verificaría el costo financiero, en la especulación de que el Estado “es un mal pagador”.

Para la PIA, con la concreción de la maniobra "se habría configurado una ganancia superlativa al aplicarse al caso del aceite comestible y el azúcar un sobreprecio que supera prácticamente el 62%”

“Si ello fuera así, tanto las lentejas, el arroz y los fideos también debieran haber reflejado semejante diferencia entre los precios establecidos por SIGEN y los precios máximos, pero de momento no fue acreditado. Claramente no puede interpretarse que los oferentes conocían que unas compras serían pagadas en tiempo y forma conforme el pliego de bases y condiciones particulares, es decir a los 15 días, pero que en el caso del aceite y el azúcar sí conllevarían una demora en el pago que imponía el aumento de sus costos con fines de mantener la ecuación económica financiera de la oferta”, se explicó.

Delitos
La denuncia fue formulada bajo la imputación de defraudación a la administración pública y abuso de autoridad.

La supuesta simulación en la invitación de distintas empresas se trataría en realidad de compañías que pertenecían a los mismos grupos económicos, concentrando de esta forma las adjudicaciones. “Ello no solo afecta a los principios legales de las contrataciones del Estado como fuera indicado, sino que claramente atenta contra la posibilidad de obtener un precio justo por los bienes que se pretendían adquirir, en este caso motivados en la emergencia sanitaria provocada por la pandemia del virus COVID -19”, se afirmó.

“Las adjudicaciones cuestionadas no solo generaron un beneficio a las empresas adjudicadas, sino a su vez se habría identificado una ganancia superlativa al aplicarse al caso del aceite comestible y el azúcar un sobreprecio que supera prácticamente el 62%”, recalcó el fiscal Rodriguez. “La maquinación consistió en simular un procedimiento de compras legal por parte del Ministerio de Desarrollo Social, cuando en realidad no lo fue y permitió favorecer a determinados intermediarios, adjudicándose productos a precios inflados, con el consecuente perjuicio al erario público”, sintetizó.