19 de abril de 2024
19 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En sintonía con el pedido del fiscal general Daniel Adler
Anularon la excarcelación de un acusado de lavar activos por U$S 82 millones
La Sala IV de la Cámara de Casación revocó por unanimidad el beneficio concedido a Francisco Pagano, sobre quien pesa un pedido de extradición de la justicia estadounidense, que lo investiga por transferencias ilegales de divisas. Había sido detenido en Mar del Plata en abril de este año, tras un trabajo conjunto de la Procelac y la fiscalía general n°2 de esa ciudad.

La Sala IV de la Cámara de Casación  Federal –integrada por los jueces Mariano Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Gustavo Hornos- anuló por unanimidad la excarcelación concedida a Francisco Pagano, quien había sido detenido en Mar del Plata en abril pasado por pedido de la justicia de Estados Unidos, que lo investiga por transferencias ilegales, ocultamiento de activos y evasión por un total de 82 millones de dólares. El Tribunal consideró que el fallo de la Cámara que otorgó el beneficio había omitido tratar diversas circunstancias planteadas por el fiscal general ante la Cámara Daniel Adler, como por ejemplo las complejas maniobras procesales llevadas a cabo por el acusado con el fin de evitar la extradición y la aplicación del Tratado de Extradición suscripto con Estados Unidos.

Los hechos

Pagano fue detenido el 13 de abril pasado en la ciudad de Mar del Plata como consecuencia de una circular roja de Interpol, que transmitió su captura internacional en virtud de lo dispuesto por la Corte Federal del Distrito de Montana, Estados Unidos. En concreto, para la justicia estadounidense Pagano y otros dos socios realizaron entre 2009 y 2011 “un negocio de transmisión monetaria sin licencia que afectó el comercio interestatal y extranjero, sin adecuada licencia para transmitir dinero”. A pedido de la defensa, el juez de primera instancia dispuso la excarcelación bajo caución real de 10 millones de pesos, su prohibición de salir del país y la entrega de sus dos pasaportes. La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó esa decisión –por mayoría- el 18 de junio pasado. En sus fundamentos, sostuvo la inexistencia de indicios de que Pagano fuera a eludir la acción de la justicia, que el hecho imputado tiene una pena máxima de cinco años y la inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.767 (Cooperación Internacional en Materia Penal).

Recurso de casación

Para el fiscal general Daniel Adler, el otorgamiento de la excarcelación implicaba riesgo procesal ya que el imputado tiene una importante solvencia económica que facilitaría la posibilidad de evadir la justicia. “Esto se evidencia no sólo en el irregular tráfico de 82 millones de dólares que se reclaman en EE.UU. conforme el texto de la extradición, sino también en la obtención efectiva de la excarcelación depositando cinco millones de pesos en efectivo y caucionando un departamento que el mismo imputado valuó en doce millones de pesos”, consignó.

Asimismo, el fiscal general fundamentó el recurso de casación en la gravedad del delito. “Se trató de una maniobra compleja con rasgos de criminalidad económica organizada transnacional. En este sentido, se apreció un flujo  de dinero millonario, manejado a través de ‘sociedades fantasmas’ creadas a ese sólo efecto y que pretendieron funcionar sin la autorización de las autoridades extranjeras”, indicó. También mencionó los compromisos asumidos por el Estado argentino en materia de lucha contra el lavado de activos y la estrategia procesal llevada a cabo por el imputado, quien se auto-denunció ante un juzgado de Capital Federal con el fin de evitar la extradición, lo que da cuenta de una “sofisticada ingeniería jurídico procesal orientada a complejizar aún más una investigación que por las maniobras desarrolladas ya resulta dificultosa”. En síntesis, para el representante del MPF la Cámara omitió realizar una “visión de conjunto”, al valorar la prueba de manera aislada y no armónica, tal como lo exige la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Anulación de la excarcelación

Al hacer lugar al pedido de la fiscalía general, la Sala IV de la Cámara de Casación advirtió que el tribunal inferior omitió tratar algunas de las circunstancias valoradas por el MPF. En su fallo, el juez Mariano Borinsky sostuvo que existió una omisión de valorar la norma aplicable al caso, es decir, el Tratado de Extradición  suscripto entre Argentina y Estados Unidos. “Este régimen establece el procedimiento a seguir en el marco de las extradiciones entre ambos países. (…) Ninguno de los votos concurrentes de la mayoría (de la Cámara de Apelaciones) dan razones al apartamiento de lo dispuesto por el inciso 4 del art.11 de aquella ley, en cuanto establece como única causal para que recupere la libertad la persona detenida preventivamente en el marco de la ley 25.126 (Extradición con EE.UU.), es que en el término de sesenta días no se hubiera recibido la solicitud de extradición, circunstancia esta última que no se presenta en autos”.  Así las cosas, el magistrado concluyó que las omisiones detectadas en el fallo que concedió la excarcelación “constituyen un supuesto de arbitrariedad que la descalifica como acto judicial válido”.

Por su parte, el juez Gustavo Hornos coincidió en que la resolución que otorgó la excarcelación a Pagano ignoró cuestiones  específicamente esgrimidas por la Fiscalía “en sustento de la situación de riesgo procesal, concretamente, la capacidad económica del imputado, las complejas maniobras llevadas a cabo por éste para evitar la extradición, la gravedad del delito, que nuestro país está obligado a la lucha contra el lavado de dinero, y finalmente, las circulares rojas publicadas por Interpol”.

En abril de este año, la sección Interpol de la Policía Federal Argentina detuvo en la ciudad balnearia a Pagano, uno de los dueños de la casa de cambio La Moneta. El operativo se desprendió de un trabajo conjunto entre la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac), a cargo del fiscal general Carlos Gonella, y la Fiscalía General N°2 de aquella localidad, por un caso de intermediación financiera ilegal y otros delitos contra el orden económico-financiero. Procelac había tomado conocimiento de la existencia de un proceso penal en Estados Unidos y, al recabar información, supo que pesaba sobre él una orden de captura por parte de la justicia norteamericana.

La casa de cambio se fundó en 1971 y en la actualidad es propiedad de Pagano y Daniel Fumaroni. Ambos dueños y otro socio, identificado como Germán Coppola, están en la mira de la justicia estadounidense desde noviembre de 2013, cuando trascendió que estaban siendo investigados por supuesto lavado de dinero a través de una cuenta en la sucursal de Manhattan del Banco Nación. Según la fiscal del estado de Montana, Victoria Francis, Coppola trabaja para La Moneta y transfirió alrededor de 60 millones de dólares a través de una red de empresas, de las cuales al menos dos están vinculadas con Pagano.