09 de septiembre de 2024
09 de septiembre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En el caso, interviene la Procelac
La Fiscalía en lo Penal Económico interpuso un recurso en una causa de adquisición de dólares a través del “contado con liqui”
Ramiro Rodríguez Bosch solicitó ante Casación la revisión de una sentencia que había dejado sin efecto la imputación al BBVA Banco Francés y 34 de sus clientes por la compra de divisas a través de una supuesta compra y venta de títulos públicos.

El fiscal general ante la justicia nacional en lo Penal Económico, Ramiro Rodríguez Bosch, interpuso un recurso de casación contra una resolución de la Sala B de ese fuero en la causa “BBVA Banco Francés; DEANE, Tomás Luis; ESTRADA, Juan Alberto; CAMPO, Carlos Alberto y otros s/ infracción ley 24.144” que involucra tanto al banco como a 34 clientes que, a través de ella, gestionaron la adquisición de divisas en el extranjero a través de la compra y venta de títulos públicos, una operación conocida como “contado con liqui”. En primera instancia, el juzgado había decidido absolver a los imputados al sostener que la situación no vulneraba normas reglamentarias, ya que las disposiciones del Banco Central no mencionan la regulación de operaciones con títulos valores, sino la compra y venta de divisa extranjera.

La causa pasó luego a la Sala B del fuero Penal Económico que buscó determinar que las conductas observadas no eludieron ningún control regulatorio ya que, según su fallo, para que se configure una infracción a la normativa es necesario que se trate de una operación de cambio “en su acepción técnica”, en la que debe existir el intercambio o permuta de una moneda por otra. Según la sentencia, si bien hubo operaciones de forma simultánea o con escaso tiempo de diferencia entre el banco y sus clientes que liquidaron pesos en el país y dólares en el exterior, realizadas en mercados financieros distintos y que no registran operaciones de canje de divisas en sí, sino el intercambio por títulos valores.

La justicia había imputado a la entidad y a los clientes por una serie de operaciones realizadas entre julio de 2005 y enero de 2006 que habrían permitido el ingreso y egreso de moneda sin respetar los requisitos impuestos por el Banco Central. En un caso, BBVA vendía títulos públicos que eran pagados vía transferencia desde una cuenta radicada en el exterior. De forma simultánea, el banco recompraba los papeles y liquidaba la operación con crédito a la cuenta corriente en pesos de cada cliente. En otro hecho, la entidad vendía títulos a sus clientes y debitaba el pago de las cuentas corriente; simultáneamente, compraba esos mismos títulos y liquidaba la operación mediante transferencias en el extranjero.

Para Rodríguez Bosch, esta serie de intercambios tuvo la finalidad de disimular numerosas operaciones de cambio bajo la apariencia de compraventa de títulos públicos, lo que facilitó la repatriación o transferencia al extranjero de divisas sin intervención del Mercado Único y Libre de Cambios, encargado de regular e intervenir en estas cuestiones, según lo establece el decreto 260/2002.

En su descargo, Rodríguez Bosch sostiene que lo que aconteció no fue el intercambio de divisas o pesos por títulos, sino el canje de divisas por moneda nacional –o vicecersa-, con “la intermediación falaz de una negociación de títulos aparente, injustificada y del todo extraña al verdadero negocio jurídico”. Según el fiscal, por más que sean diferenciables desde un aspecto formal, no son independientes entre sí ya que siempre la primera de las operaciones se efectuó teniendo en miras la segunda, lo que queda probado por la simultaneidad o escaso tiempo de diferencia entre ellas.

Respecto a la inclusión del comunicado del Banco Central en el fallo, la fiscalía destacó que el Ministerio Público se expidió en su momento, mediante fundamentos sobre los que la Sala B no hizo referencia. Si bien esa comunicación permitía y regulaba operaciones con valores similares a los investigados en autos, las conductas imputadas no configuran el legítimo ejercicio de un derecho, ya que se realizaron negocios jurídicos bajo una forma impropia para el logro de los fines buscados. Con estos antecedentes, el fiscal solicitó la casación del fallo de la sala, como también la elevación de las actuaciones a la Corte Suprema de Justicia de la Nación a través de un recurso extraordinario, para que deje sin efecto la resolución recurrida.