El Tribunal Oral en lo Penal Económico N°1 corrió traslado al representante del MPF para que emita opinión respecto de la salida realizada por el empresario condenado sin autorización del tribunal, que se conoció a través de redes sociales. “Samid, a mi juicio, ha quebrantado injustificadamente su obligación de permanecer en su domicilio particular, dado que no cumplió las condiciones impuestas por el tribunal al concederle autorización para egresar de su domicilio por motivos de índole laboral”, señaló el fiscal. Dictamen completo.