Ante diversas modalidades defraudatorias detectadas en el último tiempo, el Área Operativa de Fraude Financiero y Mercado de Capitales de la Procuraduría de Criminalidad Económica y lavado de Activos (PROCELAC) advierte al público inversor sobre los riesgos de las actividades o inversiones financieras con valores negociables y/o activos virtuales.
La procuraduría especializada, a cargo del fiscal general Diego Velasco, puntualiza que ningún emprendimiento de inversión legítimo debería garantizar la obtención de ganancias preestablecidas, fijas y seguras, sin riesgos.
Al respecto, señala que tampoco correspondería que se ofrezcan recompensas a partir del reclutamiento de nuevos inversores y/o el empleo de un sistema de referidos o de categorías por niveles, a través de los que se prometan mayores tasas de interés o comisiones a los participantes que ingresen más personas al esquema. En tal sentido, apunta que la implementación de esta clase de incentivos es característico de las estafas piramidales.
En efecto, de acuerdo a la oficina especializada del Ministerio Público Fiscal la persona con deseos de invertir debe tener en cuenta que en ese tipo de ofrecimientos es muy común que no se realicen verdaderas inversiones, pues suele carecerse de un producto o servicio de valor real vinculado a los emprendimientos que las fomentan, y las ganancias son solventadas únicamente con el dinero que aportan los mismos o nuevos inversores.
La procuraduría describe que, de esa forma, mientras el flujo de participantes es constante, se pueden percibir los retornos prometidos o parte de ellos. Y, sin embargo, cuando el número de inversores disminuye o se detiene, en la mayoría de los casos el esquema colapsa y los participantes pierden su inversión.
La importancia de conocer al intermediario
La PROCELAC recomienda averiguar sobre el emprendimiento o plataforma digital que las ofrece antes de tomar la decisión de efectuar cualquier actividad o inversión financiera con valores negociables y/o activos virtuales. En tal sentido, señala:
La obligación de registro en Argentina rige tanto para el ofrecimiento de valores negociables (acciones, bonos, fondos o fideicomisos de inversión, etcétera), como también para el de actividades u operaciones que comprendan activos virtuales, del tipo de las criptomonedas, tokens y otras similares.
Mediante la sanción de la Ley 27.739 se designó a la Comisión Nacional de Valores como regulador de los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) con el objetivo de garantizar la transparencia, estabilidad y protección de los usuarios en el ecosistema cripto, imponiendo obligaciones en materia de registro, ciberseguridad, custodia de activos, prevención de lavado de dinero y divulgación de riesgos.
Además, se creó un registro público de los PSAV que están autorizados a operar, que puede consultarse a través del siguiente enlace: https://www.cnv.gov.ar/SitioWeb/ProveedoresServiciosActivosVirtuales/RegistrosPSAV
Recomendaciones
Para evitar estafas y defraudaciones o, al menos, conocer los riesgos inherentes a las operatorias, previo a iniciar actividades de inversión y transferir dinero o activos virtuales a alguna contraparte, la PROCELAC sugiere: