27 de julio de 2024
27 de julio de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
Presentación del fiscal Juan Zoni, conjuntamente con la Procelac y Protex
Solicitaron la declaración indagatoria de un funcionario de la Cancillería por irregularidades en la concesión de visas a extranjeros
El funcionario habría utilizado el alto cargo que desempeñaba en la sede diplomática en Marruecos para aprobar, mediante datos falsos y sin los recaudos mínimos exigidos por la ley migratoria, el ingreso de ciudadanos senegaleses a Argentina, maniobras por las cuales habría percibido unos U$S 305.000 entre 2011 y 2012.

A partir de una denuncia realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, el titular de la Fiscalía Nacional en los Criminal y Correccional Federal N° 8, Juan Pedro Zoni, conjuntamente con el Fiscal General a cargo de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC), Carlos Gonella, el Coordinador del Área Operativa de Delitos contra la Administración Pública de dicha Procuraduría, Milton Khaski, y el titular de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), Marcelo Colombo, solicitaron al titular del Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 5, a cargo de Norberto Oyarbide, que se cite a prestar declaración indagatoria a un Consejero de Embajada y Cónsul General –quien se encuentra suspendido por las autoridades de la Cancillería- por los delitos de concusión agravada en concurso real con el delito de facilitación del tráfico ilegal de personas agravado por su habitualidad y por la intervención en el hecho de un funcionario público en concurso ideal con el delito de falsedad ideológica de instrumentos públicos (conf. arts. 45, 54, 55, 267 en función del 266 y 293 todos ellos del Código Penal; y arts. 116 y 120 inc. “a” y “b” de la ley 25.871)

Para los representantes del Ministerio Público Fiscal, el cúmulo de pruebas reunidas en la causa y las irregularidades acaecidas entre los años 2011 y 2012 en la Sección Consular de la Embajada Argentina en el Reino de Marruecos habilitan a sospechar -con los alcances que estipula el artículo 294 del Código Procesal Penal de la Nación- que el funcionario, mientras estuvo a cargo de la citada Sección Consular, abusando de las facultades inherentes al honorable cargo público que ostentaba y aprovechándose del estado de vulnerabilidad, les exigió a centenares de ciudadanos extranjeros, principalmente, senegaleses que anhelaban ingresar al país una suma de dinero que habría rondado los U$S 2.500 dólares estadounidenses por la “venta” de cada visa argentina.

El funcionario público, a cambio de aprobarles a los ciudadanos senegaleses los visados correspondientes para su ingreso a la República Argentina –mediante la inserción de datos falsos en la documentación respectiva y sin verificar el cumplimiento de los recaudos mínimos exigidos por el régimen legal de migraciones (Ley n° 25.871 y Decreto Reglamentario nº 616/2010)- habría obtenido a través de dicha maniobra un beneficio espurio global cercano a los trescientos cinco mil dólares (U$S 305.000).

En el caso, de toda la prueba agregada hasta el presente se infiere que durante los años 2011 y 2012, en la Sección Consular de la Embajada Argentina situada en el Reino de Marruecos se otorgaron al menos unas, unas 110 visas en el año 2011, y otros 12 permisos de ingreso al país en el año 2012 –hasta el 16 de febrero- a ciudadanos extranjeros en el período sin ningún tipo de trámite administrativo de control.

Aquella maniobra habría facilitado el tráfico ilegal de más de un centenar de personas con destino a la República Argentina con el fin de obtener directa o indirectamente un beneficio personal, haciendo de ello una actividad habitual, lo que vulneró de modo evidente la función migratoria del Estado argentino.

A su vez, los representantes del Ministerio Público Fiscal afirmaron que no debe soslayarse que en los delitos migratorios la afectación principal se produce en el ámbito del control migratorio que las leyes le facultan al Estado, derivado de la soberanía nacional.