18 de abril de 2024
18 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En el marco del concurso preventivo que se inició en 2001 y finalizó en 2011
Apelan sobreseimientos a presuntos responsables del concurso fraudulento de Aerolíneas Argentinas SA
La fiscal Cristina Caamaño consideró que era prematura y sin fundamentos la medida del juez que sobreseyó a cinco participantes del concurso preventivo de la empresa -entonces en manos privadas- que habrían colaborado en la defraudación al resto de los acreedores y en la reducción de las acciones del Estado Nacional.

La fiscal Cristina Caamaño Iglesias Paiz, en carácter de coadyuvante en la Fiscalía de Instrucción de Distrito de los Barrios de Saavedra y Núñez, apeló el sobreseimiento dictado por el juez Alberto Baños a cinco representantes de empresas que participaron del concurso preventivo de Aerolíneas Argentinas iniciado a mediados del 2001, cuando la empresa de aviación estaba administrada por privados. La medida del titular del Juzgado Criminal de Instrucción N°. 27 benefició a Ruben Segal, María Cristina Tapia Sasot, Héctor Gustavo Alonso, Diego Pablo Fargosi y de Carlos Mateu.

Para la fiscal, la sentencia de Baños resultó prematura, ya que, a su criterio, aún “subsisten […] serias dudas acerca de la participación delictiva de los nombrados en las maniobras defraudatorias investigadas”. Asimismo, agregó que “no existe aún el estado de certeza negativa que se requiere para el dictado de un [sobreseimiento] ni tampoco se ha agotado la investigación a su respecto”.

Más adelante, Caamaño agregó que la causa se desarrollaba mediante “una investigación sumamente enmarañada, en la que nos encontramos frente a una multiplicidad de sujetos imputados, varias empresas involucradas, a una enorme cantidad de prueba producida y ante la materialización de un complejo entramado de negocios jurídicos llevados adelante en forma subrepticia con fines claramente delictivos, cuales fueron reducir o licuar la participación accionaria del Estado Nacional en Aerolíneas Argentinas S.A y defraudar a los acreedores del concurso preventivo al que se presentó ésta última”.

Todo eso, destacó la representante del MPF, se llevó a cabo en “un contexto histórico que no puede ser obviado, dominado por el caos social, político y económico [… y con] una dirigencia política a nivel nacional sin rumbo, descontrolada y sin posibilidad de frenar una inminente debacle, y evidentemente, con un nulo interés en ocuparse del curso de sus participaciones societarias o de las pocas empresas en las que podía ejercer algún tipo de control”. En este sentido, “este marco histórico ha sido aprovechado por muchos para llevar adelante maniobras ilícitas como las investigadas en esta causa”, agregó la fiscal.

Asimismo, Caamaño destacó que la medida, en todo caso, debió haber sido tomada por el juez federal a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 8, Martínez De Giorgi, que será quien, en definitiva, tendrá a su cargo la investigación, a raíz de la declaración de incompetencia que dictó el propio Baños en la sentencia con la que sobreseyó a los imputados.

Los beneficiados por el juez

La fiscal también remarcó que hasta el momento no había ningún elemento que hiciera suponer que los imputados sobreseídos hubieran sido ajenos a las conductas ilícitas investigadas. Sobre este punto, señaló que Héctor Gustavo Alonso (por la Comisión Fiscalizadora) y Diego Pablo Fargosi (Director) estuvieron presentes en la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de Aerolíneas Argentinas SA, celebrada el 18 de octubre de 2002, en la que se aprobó algunos puntos sustanciales que incluían la aprobación de maniobras solicitadas por Interinvest SA (sociedad que detentaba la mayoría accionaria de Aerolíneas), entre otras cosas.

Vale recordar que los directivos de Interinvest, Gerardo Díaz Ferrán y Antonio Mata, fueron condenados en España a dos años y dos meses de prisión por defraudar al Estado ibérico en la compra de la línea aérea por parte de Viajes Marsans y Air Comet. Asimismo, la justicia de ese país también comprobó que Interinvest fue usada por Díaz Ferrán y Mata como "pantalla" porque no tributaba en España. Por esto, además los condenó a devolver la suma de 99 millones de euros en impuestos no pagados al fisco producto de la evasión.

De esta manera, para Caamaño, tanto sobre Alonso como sobre Fargosi “difícilmente pueda sostenerse que desconocían lo ocurrido en la empresa”. Lo mismo, agregó la fiscal, “cabe decir de María Cristina Tapia Sasot, respecto de quien tampoco podría afirmarse con convicción que haya sido ajena a los acontecimientos”. En aquel momento, Tapia Sasot era miembro de la Comisión Fiscalizadora de Interinvest SA y síndico de Aerolíneas Argentinas SA. Es decir, “estaba vinculada -al mismo tiempo- a ambas firmas y debía llevar adelante el control interno de la administración de las mismas”, señaló la representante del MPF.

Por otra parte, también puso énfasis en la premura del dictado del sobreseimiento decretado por Baños respecto de Carlos Mateu y Rubén Segal, “ya que no existe elemento alguno que nos permita afirmar con certeza que no han tenido participación en los hechos imputados”. Sobre este aspecto, Caamaño dijo que “si bien no queda claro del todo cuál fue el tipo de colaboración prestada en las maniobras imputadas (el primero en su rol de Director y el segundo al haberse subrogado en los derechos del acreedor Rizzi) lo cierto es que no contamos [con] elementos fidedignos que nos permitan descartar algún tipo aporte criminal de aquellos en los mismos”.

La fiscal destacó que, en todos los casos, “la cuestión pasa por comprender que el análisis de los distintos elementos de prueba reunidos durante todos estos años de proceso, y su relación con el actuar [de todos los imputados] corresponde al juez de la justicia” federal. Será éste el que, en definitiva, “deberá profundizar la investigación a los efectos de establecer si éstos han tenido algún tipo de participación delictiva en connivencia con los funcionarios federales investigados en sede federal”, remarcó Caamaño.